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Seguridad Jurídica en Ecuador

Hace pocos días leía un artículo de un colega amigo, Eduardo Carmigniani Valencia, quien comentaba sobre la promulgación de ciertas normas que buscaban conducir hacia un estado de confianza con respecto a la posibilidad de invertir en Ecuador. Confianza que al final del día, según lo destaca el jurista citado, termina siendo un “cuento”, debido a que las situaciones normadas en caso de conflictos quedan en manos de los jueces, entiéndase por estos, jueces ecuatorianos. Debo comprender, por tanto, que quizá la solución definitiva para que ingresen al país, recursos privados extranjeros, es la necesidad de posibilitar, en las distintas relaciones que se generen, someter cualquier pleito que se derive de éstas a otros jueces distintos a los ecuatorianos. Por su parte, una importante autoridad local en reiteradas ocasiones ha manifestado que cuando hay confianza no hacen falta las leyes, pero que cuando no la hay, de nada sirven las leyes, pues dichas inversiones no vendrán.

Luego continúo leyendo otras noticias y análisis realizados, principalmente dentro del ámbito empresarial y comercial, de las cuales resulta muy frecuente la calificación categórica de que en Ecuador no existe seguridad jurídica y en ello radica, de forma muy resumida, la desconfianza empresarial y comercial, no sólo extranjera sino también nacional. Esto se manifiesta de forma tan común, que la seguridad jurídica ha rebasado la esfera de lo jurídico y su falta ha pasado a ser prácticamente la causa de males económicos, comerciales, laborales, etc.

Y si bien es un concepto de moda, sin embargo por ningún lado he leído un buen análisis de qué debe ocurrir entonces, para tener en el país seguridad jurídica, es decir, al parecer como parece ser más sencillo decir, que esto o aquello carece de seguridad jurídica, que por ejemplo indicar que alguna situación es injusta; úsese por tanto sin tener que justificar o argumentar mayormente este calificativo y simplemente establézcanse sus “consecuencias”, esto es, por ejemplo, riesgo país, falta de inversión, decrecimiento económico, etc. Ante esta pobre justificación o argumentación referente a la seguridad jurídica, a pesar de su continuado uso, quiero aportar para la discusión, un breve análisis al respecto, de tal forma que si nos encontramos ante un mal, sepamos encontrar una verdadera cura.

Miguel Hernández Terán, jurista ecuatoriano, hace más de una década, tuvo una similar preocupación respecto del tema seguridad jurídica, lo cual lo llevó inclusive a escribir una obra que nos permite tener una excelente aproximación en la comprensión de dichos términos, sin embargo debemos recordar que dicha obra se escribió en una época en la que estaba vigente otra Constitución en el Ecuador y su problemática era distinta a la actual. Este autor señala como concepto de la seguridad jurídica, que “en términos amplios, es la certeza que tiene todo sujeto de Derecho sobre la aplicación efectiva del ordenamiento jurídico del Estado, o reconocido por éste con eficacia jurídica, y la garantía de que en caso de violación de dicho ordenamiento, la institucionalidad del país impulsa la materialización de la responsabilidad correspondiente.” (Hernández Terán, Miguel, 2004: 93)[1]. A manera de introducción también el autor afirma que “en el concepto de seguridad jurídica está incorporado, intrínsecamente, el concepto de justicia.”[2] (Hernández Terán, Miguel, 2004: 17).

La certeza que se necesita para que haya seguridad jurídica, siguiendo también a Carlos Mouchet y Ricardo Zorraquín Becú, implica que “permite prever lo que ha de ocurrir en las transacciones y anticipar el resultado de los actos humanos; porque al tener la certeza de que la norma ha de ser aplicada, la conducta de cada uno se adapta a lo que esa norma le sugiere.” (Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo, 1967: 67). Estos autores agregan que “el cambio constante e innecesario de las leyes constituye uno de los errores más notables, sobre todo en las épocas modernas, contra la seguridad jurídica, porque impide a las personas adoptar medidas de previsión y perturba la estabilidad de las situaciones jurídicas.” (Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo, 1967: 68). Por lo tanto, se debe saber el momento oportuno para un cambio normativo, tratando de no alterar el orden social y de no desconocer los derechos adquiridos. Es por eso que Miguel Hernández Terán también expresa que “la atribución de potestades normativas a diestra y siniestra es también uno de los factores más graves para la seguridad jurídica. Es, en definitiva, la semilla del caos.” (Hernández Terán, Miguel, 2004: 44)[3].

Esta certeza y estabilidad jurídica como finalidad del derecho, de acuerdo a Carlos Mouchet y Ricardo Zorraquín Becú, fueron proclamadas sobre todo por las doctrinas individualistas, que veían en ella una garantía fundamental de los derechos y libertades de la personalidad principalmente frente al Estado, lo cual a su vez puede encontrar su fundamento en Kant, quien sostuvo siempre la existencia de un derecho ideal, superior al positivo y anterior al Estado, propio de la naturaleza humana y demostrado por la razón. (Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo, 1967: 68 y 550) En la obra citada de Miguel Hernández Terán, el jurista ecuatoriano, Juan Larrea Holguín, también nos dice que: “Siempre he sostenido y esta obra me confirma en tal convicción, que si no se fundamenta todo el sistema jurídico en un acatamiento del Derecho Natural, de los grandes principios de equidad y justicia, todo el edificio jurídico resulta endeble.” (Hernández Téran, Miguel, 2004: 10).

Que el derecho natural requiera del positivismo para hacer prevalecer la seguridad jurídica como uno de los valores fundamentales del Derecho, suena contradictorio pero es real, por cuanto para que el derecho sea seguro requiere de positividad, es decir, dichos principios ideales que están antes que el propio Estado, se plasman en una norma positiva, de tal forma que dentro de un ordenamiento jurídico operan, esto es, son practicables; y, deben ser invariables, pues “no debe estar permitido cambiar el derecho de forma fácil. Una legislación de oportunidad no garantiza un manejo uniforme, confiable. Paz jurídica puede existir tan sólo cuando el derecho se puede predecir, cuando es calculable.” (Kaufmann, Arthur, 1999: 349 – 351). Por lo tanto, a priori, parecería que si en el país confluyen demasiados cambios normativos inoportunos, se estaría rompiendo con toda certeza, con toda previsión y por ende no habría seguridad jurídica, lo cual traería consigo injusticia.

Sin embargo el análisis no termina ahí. Justamente el último de los autores citados, Arthur Kaufmann, nos dice que “seguridad jurídica no significa, necesariamente, la aplicación cierta del derecho justo, sino la ejecución segura del frecuentemente defectuoso derecho positivo. ¿Es esta la última palabra: lo injusto puede preceder al derecho, en razón de la paz jurídica? El positivismo jurídico responde afirmativamente; desea otorgarle a la seguridad jurídica la más alta posición, aun cuando signifique una injusticia legal.” (Kaufmann, Arthur, 1999: 351 y 352). Luego el citado autor nos comenta sobre el límite que debe tener esta afirmación cuando nos encontramos ante extremos de injusticia legal, de tal modo que el legislador deberá en su momento decidir entre seguridad jurídica y justicia material. De otro lado, nos encontramos también con la tesis de la discrecionalidad del juez expuesta por Hart, convirtiéndolo a éste eventualmente en creador de derecho y ante esto simplemente recordemos la opinión de Carmigniani Valencia anotada al inicio de este artículo.

Entonces no resultó ser tan sencillo, es decir, por más que se pretenda justificar en un derecho innato al ser humano, en principios superiores que están por encima del propio Estado, etc., que estos se fijen en normas positivas que a su vez nos concedan seguridad jurídica y que por lo tanto no deba el legislador realizar cambios inoportunos que puedan derivar en injusticia; vemos cómo dicho positivismo puede ser en extremo injusto que necesariamente deba ser modificado. Me es curioso notar como Arthur Kaufmann cita a Goethe para recalcar que “es mejor que sufras una injusticia a que el mundo se quede sin leyes. Sométanse todos, por tanto, a la ley.” (Kaufmann, Arthur, 1999: 352) Pero por otra parte me topo con otra cita de Rudolf von Ihering que reza: “…porque el derecho será eternamente el mudar; así, lo que existe debe ceder pronto su puesto al nuevo cambio, porque como advierte el célebre autor del Fausto: ‘…Todo lo que nace debe volver a la nada’.” (Von Ihering, Rudolf, 2000: 34) Y en este punto la pregunta sería, ¿quién determina o podría determinar el cómo y cuándo dichas modificaciones?

Y esta pregunta es clave, puesto que según a quien le toque defender uno de los dos lados, propondrá sus argumentos válidos para justificar en un caso que no haya cambios y del otro que dichos cambios son necesarios. Para el caso ecuatoriano, por un lado quienes se sienten injustamente afectados ante tanto cambio normativo que lo señalan como falta de seguridad jurídica; y, por el otro, el gobierno de turno que busca corregir injusticias con los cambios que propone. Y si queremos ahondar incluso más filosóficamente, podríamos incluso señalar que a la postura del no cambio, le falta poco por remarcar sus argumentos en base a un derecho natural que no debe ser tocado por el Estado y por tanto aquello que está ya así positivado no debe ser tocado; mientras que la necesidad de los cambios por parte del Estado[4], se la justifica en atención a la búsqueda de una mayor justicia aprovechando el mandato conferido para aquello. Me atrevería a decir que ambos tienen razón, pero el problema es que no se encuentran.

Y creo que no se encuentran porque se comete el error de considerar que sólo hay un tipo de justicia, cuando lo cierto es que desde la filosofía aristotélica tomista ya se explica que hay varios tipos, la general, la particular, la conmutativa y la distributiva. Así por ende, tendremos al Estado buscando una justicia general o más aún distributiva, siempre considerando que la sociedad está obligada a repartir los bienes comunes conforme a las necesidades, la importancia o los méritos de cada uno y que luego de la Encíclica Quadragessimo Anno de Pío XI se la ha llamado justicia social que tiende a favorecer a las clases más necesitadas, y ordena una distribución más equitativa de las riquezas a fin de asegurarles mejores condiciones de vida. En Ecuador, de hecho se lo ha remarcado utilizando el término “redistributiva”. Y los particulares, una justicia particular o conmutativa, que tienda, directamente al bien de los particulares, sin perjuicio de lograr también por su intermedio el beneficio colectivo. “El bien común se consigue, en esta forma, de manera mediata e indirecta.” (Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo, 1967: 55 – 57).

El artículo 82 de la Constitución ecuatoriana indica que: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.” Creo que no ayuda mucho para la discusión, pues no califica por ejemplo a la existencia de normas jurídicas oportunas o con algún término similar, simplemente se las califica de previas, lo cual hace relación más bien con el principio de irretroactividad. Y por otro lado, que sean claras, públicas y aplicadas, tampoco le veo mayor problema. Volviendo a lo comentado por Carmigniani Valencia, la Constitución ecuatoriana en el tercer inciso del artículo 172, expresa que “las juezas y jueces serán responsables por el perjuicio que se cause a las partes por retardo, negligencia, denegación de justicia o quebrantamiento de la ley.” Y antes en la misma Carta Magna, el segundo inciso del artículo 11: “El Estado, sus delegatarios, concesionarios y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública, estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarias y funcionarios, y empleadas y empleados públicos en el desempeño de sus cargos.” ¿Será esto suficiente?

Finalmente como conclusión y más allá de lo expresado en cuanto a que hace falta un encuentro entre las dos posturas referentes a la oportunidad en los cambios normativos, para lo cual deben reflexionar más profundamente en relación a la justicia que se busca y pretende, mediante un diálogo razonado y debidamente fundamentado sin que esto necesariamente implique dejar a un lado las correspondientes posturas ideológicas. Considero que sí es factible llegar a un marco común que permita por un lado satisfacer los ideales del Estado y por otro evitar el agotamiento de los particulares y para ello por ejemplo se puede inclusive regresar los ojos a la Constitución ecuatoriana y aplicar mecanismos que ya fueron ahí previstos, tales como el principio que consta en el número 8 del artículo 11: “El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: 8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas.” Esta progresividad de las normas que no está siendo observada, quizá por el afán de llegar de forma rápida y revolucionaria a un objetivo determinado, pero que provoca un sentimiento de que las cosas se están haciendo a diestra y siniestra como decía Hernández Terán. Creo que si se atiende a la progresividad normativa, no habría problema inclusive de remitir iniciativas legislativas con el carácter de urgentes y que se aprueben de forma rápida, puesto que al menos quedará claro que no llegará todo de golpe y porrazo sino paulatinamente; aunque se pretenda decir que las cosas son como para ayer, cuidado y nos quedamos sin mañana.

 

 

Bibliografía.-

– Constitución de la República del Ecuador (2008). Registro Oficial No 449 del 20 de octubre del 2008.

– Hernández Terán, Miguel (2004). Seguridad Jurídica: Análisis, Doctrina y Jurisprudencia. Guayaquil, Ecuador: Edino.

– Kaufmann, Arthur (1999). Filosofía del derecho. Bogotá, Colombia: Universidad Externado de Colombia.

– Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo (1967). Introducción al Derecho. Buenos Aires, Argentina, Editorial Perrot, Sexta edición.

– Von Ihering, Rudolf (2000). Grandes Clásicos del Derecho, tercera serie: Estudios Jurídicos, Volumen 6. México DF: Oxford University Press.

 

[1] En la misma obra, Miguel Hernández cita una motivación de sentencia publicada en el Registro Oficial No. 47 del 25 de marzo de 2003, en el caso No. 817-2002-RA, la Primera Sala del Tribunal Constitucional: “Que el acto impugnado viola la seguridad jurídica, principio que se traduce en la seguridad que proviene del conocimiento de las normas jurídicas, de manera que los ciudadanos sepan con certeza las consecuencias de sus acciones. Dicha seguridad además implica que las autoridades públicas apliquen las normas jurídicas de forma correcta, esto es, que se aplique a cada situación particular la norma que regula dicha situación y no otra, por cuanto otro presupuesto de la seguridad jurídica es que los gobernantes actúen respetando los límites que les imponen las normas jurídicas, con la finalidad de evitar la arbitrariedad en sus actuaciones.” (Hernández Terán, Miguel, 2004: 93 y 94).

[2] Similar conclusión a la Carlos Mouchet y Ricardo Zorraquín Becú: “Por donde se advierte que la seguridad coincide también con la justicia.” (Mouchet, Carlos y Zorraquín Becú, Ricardo, 1967: 68).

[3] “La intensidad de las reformas de las Leyes en un país debe ser la necesaria consecuencia de una necesidad sentida por el pueblo, directamente o por medio de sus legítimos representantes. En este último caso, esto es cuando la necesidad se plantea por iniciativa directa de representantes, siempre queda la viva posibilidad de que ese sentir no sea compartido por el pueblo, y por consiguiente que no sea auténtico, en cuyo caso estaremos en un problema de legitimidad. Es la realidad de cada país la que debe guiar la realización o no de reformas legales. Por ello no es posible racionalmente preestablecer el tiempo mínimo que una Ley debe durar sin reformarse para establecer si hay o no seguridad jurídica. La reforma puede ser incluso una necesidad inmediata si la Ley nació con defectos que impiden lograr su propósito.” (Hernández Terán, Miguel, 2004: 31).

[4] Y esto se puede volver un poco más complejo si consideramos que el Estado, básicamente la Función Ejecutiva, necesariamente es la responsable de la mayor cantidad de normativa vigente dentro del país y así lo expresa la doctrina también: “La Función Ejecutiva por su extensión hace sentir su presencia, por regla general, en mayor proporción que otras, a los administrados.” (Hernández Téran, Miguel, 2004: 27).

69 Respuestas

  1. Bruno Gonzaga

    cuando en el 2008 se llamo al pleno para la votación de la nueva constitución esta había sido modificada horas antes por Alexis mera, entonces, ya que había mas de una constitución en el aire al momento de la votación, los asambleístas no sabían que iban a votar, sin embargo el proceso de la votación continuo y gano el si, este fraude ideológico fue denunciado a la fiscalía general pero fue ignorado. Por lo tanto para mi la seguridad jurídica en el ecuador no existe ya que no tiene una constitución legitima.

    1. Estimado Bruno Gonzaga, ¿el hecho de que el país haya aprobado la Constitución de Montecristi en las urnas, no le otorga la suficiente legitimidad, indistintamente de cualquier cosa que haya ocurrido durante la Asamblea Constituyente? ¿Cuál es tu opinión?

  2. Nicole Ubilla

    Buenas noches según mi criterio la seguridad jurídica en este país no la hay por que si nos ponemos a indagar en el tema nos podemos dar cuenta que lo que digamos o hagamos encontra de sus ideales seremos perseguidos y acusados además que, la razón será dada para el presidente, tal es el caso del periódico el Universo que por expresar sus ideales de manera clara y, frontal le costo mucho ya que el gobierno no está a favor de muchas publicaciones hechos en aquel periódico. De manera que fue enjuciado por sus publicaciones en dicho periódico y, fué demandado con una fuerte suma de dinero. Estos casos de los medios de conunicación suelen pasar a menudo pero, no hay una seguridad jurídica que indage el caso y, vea tanto la parte y, la contraparte si no que; depende lo que dicte el presidente habrá que acatar. Y es por ello que para mí no hay una seguridad jurídica

    1. Estimada Nicole Ubilla, ¿el hecho de que existan las suficientes garantías procesales establecidas por la Constitución, que por ejemplo trae consigo la acción extraordinaria de protección, no ayuda para solucionar cualquier fallo puntual no adecuado y por ende contar en el país con seguridad jurídica? ¿Cuál es tu opinión?

  3. Referente a la Seguridad Jurídica en el país, No me parece que haya tantos cambios inoportunos en la leyes, por que comparto con el pensar que dice » Tantos cambios en las leyes pueden provocar injusticias» así a los distintos juristas tendrá bastante controversias al rato de defender estos casos.
    Por lo tanto me pareciera que antes de realizar un cambio en la «LEY» de que es «Justo» o «Injusto» debe haber un estudio y análisis profundizado en el tema que se elija para el cambio, No puede existir que La Seguridad Jurídica también implique «Injusticia» al rato de proceder a la sentencia.
    Por otra parte «Faltar a las leyes» se estaría burlando de las leyes puestas ante el Pueblo Ecuatoriano, Ademas los juristas y las persona que los complementan deberían poner algún acuerdo entre todos o buscar una mejoría para que los cambios que se hagan sean «Justos» las sentencias a las que se procedan.
    Para finalizar Seguridad Jurídica si fue creada para que haya buenas acciones y personas mas no que «Sin leyes las personas serian igual» cave recalcar que no todo tenemos la misma moral ante la sociedad pero, si podemos cambiar eso mediante una mejoría de leyes y que se cumpla con » Cavalidad» así tendremos un mejor accionar de las personas.
    Para mi criterio deberían tomar las sentencias y cumplirla a un 100%.
    Con la seguridad Jurídica podremos conseguir buenos actos y sentencias siempre y cuando haya un buen analizas al cambio de leyes.

    1. Estimado Bolívar Landázuri, ¿qué consideras que es preferible si conoces de alguna injusticia, que quede en manos de un juez para que lo resuelva en cada caso particular o que se cambie la norma jurídica correspondiente de forma general? ¿Según tu opinión que daría más seguridad jurídica?

      1. Bolivar Josue Landazuri Vanegas

        Buenas tardes Abogado Moran.
        A criterio propio que deberian cambiar la norma juridica y que se cumpla con lo establecido , que se respete lo que esta aprobado para hacer cumplir una ley que este bien planteada, bien estudiada.
        Ya no se deberan violar las leyes, si una ley es aprobada tiene que regir con lo mandado.

  4. ANDREA GEANELLA PAEZ CARRION

    Dada la situación actual del país es muy risgoso el invertir si no existe la confianza debida, y , aun mas, cuando las leyes tampoco brindan seguridad ya que están elaboradas de una manera muy particular que se puede dar el caso que no amparen al inversionista o que no se cumplan. El tratar de inversionista no solo se trata del aporte exterior sino que los mismos ecuatorianos no consideran haya una ley precisa y concisa que los amparen por lo que prefieren invertir en otros países donde las leyes y procedimientos están acorde a lo que promulgan; debido a ello como no hay invension la economía va decreciendo cada día ya que un país se exigen nuevos impuestos. No hay seguridad jurídica.
    Pero ante esta exposición de inseguridad y critica no se ha expuesto ningún procedimiento procedimiento a seguir por lo que los políticos y miembros de las instituciones que tienen que ver con las actividades jurídicas y comerciales deberían presentar un plan a seguir, pero allí hay otro interrogantes , el gobierno se dignara escuchar?
    Para ir parando esta debacle financiera que tiene en crisis al país es hora que seriamente se forme una comisión que de soluciones porque con lamentarnos a criticar no vamos a llegar a nada.
    El crear leyes sin un estudio de la realidad que se vive también puede ser un motivo de desequilibrio e injusticia, esto no quiere decir que no se emitan leyes, pero ellas deben ser para darnos seguridad y en determinados casos hay leyes que si deben irse revisando de acuerdo a la época y necesidades vigentes.
    Cada opinión que se presenta con respecto a cambios debe ser bien analizada sin pasiones partidistas ya que el único fin debería ser la seguridad de los que conformamos Ecuador.

    1. Estimada Andrea Páez, me gustaría conocer tu opinión respecto de si es mejor dejar las leyes tal como están y tratar de mejorar la situación con lo que tenemos; o, si definitivamente debemos buscar la forma de crear una nueva normativa que ampare y proteja mejor por ejemplo al inversionista local o extranjero.

      1. ANDREA PAEZ

        Buenas tardes segun mi opinion Considero que debemos dar paso a los inversionistas extranjeros y nacionales subir mucho los aranceles para que se dinamice la economía del país .
        En cuanto a las leyes si debe existir una reforma que sea mas específica y que le de seguridad al inversionista para que se sienta respaldado y confiado de su inversión

      2. ANDREA GIANELLA PAEZ CARRION

        Buenas noches según mi punto de vista deberíamos no subir mucho los aranceles para dar oportunidad a los inversionistas extranjeros y nacionales inviertan en nuestro país y lograr a tener una mejor reserva económica.
        En cuanto a las leyes deberían ser mas concisas y claras para que no sean mal interpretadas por los oportunistas o personas que las mal interpreten.

  5. Ivan Gonzalez Soriano

    Considero que el fallo en seguridad juridica de este pais pasa por el frecuente cambio de constituciones que lo unico que hace es alterar el orden legislativo de la sociedad y del estado , que a su vez nunca se tomo la paciencia de indagar en el tema que es vital para que se cumpla la ley de manera justa y correcta.
    Se debe consolidar el derecho positivo con un gobierno que exija a servidores publicos , legisladores y asambleistas ser capaces y aptos para ejercer sus funciones(Minimo Masterados en derecho); esto creara seguridad juridica que nos llevara a una inversion para luego generar empleo que a su vez generaria el circulante que reduciria gradualmente la inflacion y aumentaria la oferta y demanda lo cual ocasionaria un buen desempeño economico en el pais ,superavit ,obras sin deudas, rendicion y progreso

    1. Muy interesante opinión. No quiero apresurarme, pero esto de reforzar la institucionalidad, entre ellas la legislativa y la judicial, me parece una posición con la que más me acerco y no tanto pensar en que la solución es tener más o «mejores» normas. Es válido además para el debate la formación de quienes deben estar al frente de las instituciones, por ejemplo, lo que propones en el caso de la función legislativa provocaría un cambio en la propia Constitución (no sólo se debió haber reducido la edad, sino también aumentar los requisitos académicos, de hecho hoy por hoy el actual gobierno es bastante exigente en ese sentido en las propias universidades, así como promueve mucho la alta formación en maestrías y phd, pero no aplica esto para acceder al órgano legislativo). Pero de todas formas esto necesita mayor discusión, pues por ejemplo, te hago la siguiente pregunta, ¿puede acceder a la Función Ejecutiva (la cual forma parte siempre de la creación de leyes), una persona que no tenga título universitario? Por cierto, la pregunta definitivamente tiene índole política, pero tratemos de ubicar nuestras respuestas dentro del ámbito del Derecho.

      1. Ivan Gonzalez

        No puede ,profe
        Para ese tipo de cargos se necesita ser profesional, solo tendremos un mejor pais si contamos con los mejores, hay que seguir preparandonos que como pais podemos llegar lejos, hay que dejar la mediocridad ,corrupcion ,conformismo y demagogia a un lado.

  6. Alan Andrés Carrillo

    En mi opinión la Constitución es legal por cuanto fue aprobada según los protocolos establecidos para el efecto, sin embargo la legitimidad es decir el espíritu de su contenido no es del todo legítimo por cuanto, si como se indica en el blog, fue redactada según intereses ideológicos y particulares de quienes ostentan el poder, entonces quiere decir que sus contenidos no han surgido de un debate en el que se hayan considerado las opiniones de los representantes que eligió la población sino que se utilizó la mayoría de alianza país para someter un texto ilegítimo que convenía a sus intereses políticos y no al bien común de la nación.

    1. Estimado Alán Carrillo, de acuerdo a su comentario una aprobación en referéndum, no le daría la completa legitimidad a una norma, así como tampoco lo daría si quienes resuelven dichas normas gozan de representatividad al haber sido designados en elecciones populares. Es bastante complicada la situación. Me podrías indicar por tanto cuándo podemos hablar de que una norma goza de completa legitimidad, ¿será acaso aquella norma que es cumplida normalmente sin necesidad de estar de forma positiva? Esta inquietud me suena a la posición de los naturalistas de épocas pasadas, inclusive podemos llegar hasta los sofistas griegos que hablaban que no debían existir las leyes porque estas eran una aberración del las leyes naturales provenientes de la propia naturaleza y que eran suficientes. Quizá es un poco exagerada mi posición, pero la planteo así para leer tu mejor opinión al respecto.

  7. José Paúl Mendoza

    El tema es, en definitiva, complejo por la subjetividad que conlleva al momento de analizarlo. Desde el ojo del positivismo se puede decir que existe seguridad jurídica por todo el cúmulo de leyes promulgadas que buscan afianzar el ideal del «Buen Vivir» alegando en la Constitución que las personas somos sujetos de derechos, siendo uno de ellos la misma seguridad jurídica. No obstante, me remito a un refrán popular que reza: «Del dicho al hecho, hay mucho trecho». Tomando de nuevo el tema de la inversión extranjera, ¿por qué no invierten los grandes inversionistas aquí? La respuesta está en lo que me gustaría llamarle una «infusión de inseguridad económica» que tiene por ingredientes el miedo a la pérdida y la desconfianza en la economía ecuatoriana por las famosas reformas laborales que no necesariamente son bien vistas por empleadores, al igual que la no todavía aprobada Ley de Herencias y Plusvalía que, inclusive vino con una campaña de oposición denominada #MiTrabajoEsParaMisHijos. Para invertir, la gente piensa no una ni dos veces, sino miles de veces porque existe esta especulación en el medio de si mañana nos levantamos con un nueva ley revolucionaria por parte de nuestros neoconstitucionalistas autodenominados «mentes lúcidas y corazones ardientes» que sin lugar a dudas, no han de pasar pericias en casa porque sus bolsillos y economía estén ardiendo como en la mayoría de hogares ecuatorianos. De todas formas, tengo esperanza de que este país pueda llegar a ser un foco de inversión extranjera para la región donde sus leyes se remitan a la generación de empleo y capital con la finalidad de reactivar la economía que por ideologías ha caído en recesión. «No hay mal que dure cien años ni cuerpo que lo resista», diría mi padre; sin embargo, me atrevo a decir que nosotros no tenemos que esperar cien años sino hasta febrero del año que viene para acabar con nuestros males. Saludos.

    1. Estimado José Mendoza, su comentario es más político que jurídico, pero de todas formas muy válido para el debate. Me surge una inquietud, de la lectura de su comentario, al parecer la respuesta que debe dar el Derecho para resolver estos «problemas» es la de reformar las leyes actualmente vigentes, con lo cual podríamos caer justamente en la posición que pretendemos criticar, es decir, considerar válido e incluso justo, la necesidad de reformas que hoy por hoy se promulgan (incluyendo el proyecto para las herencias y plusvalía). Quizá no será mejor tratar de impulsar una mejor institucionalidad con lo que ya está, por ejemplo, elevar la jerarquía de los jueces al tiempo que gocen de total independencia y de excelente formación. Me podrías dar tu opinión al respecto.

      1. José Paúl Mendoza

        Quisiera que mi comentario sea analizado desde el aspecto geopolítico, económico y del Derecho Internacional. Creo que para exista seguridad jurídica, tenemos que cambiar ciertas normativas actuales. ¿Por qué? Si bien es cierto que la seguridad jurídica se fundamenta en la inviolabilidad y manejo arbitrario de la ley, me mantengo en la idea que existen ordenamientos jurídicos que se camuflan como cuerpos de seguridad jurídica, que impiden el libre desarrollo de ciertos sectores del país, y por ende deben ser reformados con la finalidad de afianzar la verdadera seguridad jurídica. Uno de los sectores a los que me refiero es el del ámbito periodístico y la comunicación que cuenta con muchas trabas que, nuevamente, se disfrazan de revolucionarias y protectoras pero que en el fondo no le dan seguridad y confianza a los periodistas, ¿o vamos a decir que en los casos de Bonil, Diario El Universo, Emilio Palacio, Fernando Villavicencio y Kleber Jiménez se vio la seguridad jurídica de expresión? Otro sector encubierto de esta manera para mí es el empresarial, nuestras leyes, por ideologías socialistas, no son afines al libre comercio ni a la producción de capital; ejemplos de esto son la indiferencia del Estado para cerrar tratados de libre comercio con EEUU por miedo a caer en manos del «Imperio», como le gustaría llamar a nuestro amigo venezolano que habla con pajaritos. En otras palabras, lo referente a las salvaguardias, la restricción económica del ingreso de importaciones y divisas, entre otras, que según los rojitos vestidos de verde flex aseguran el impulso de la economía nacional…bueno, creo que no es necesario explayarme en decir que eso es un completo chiste ya que no es así. Si queremos que nuestra economía prospere, debemos darle las garantías y seguridad jurídica necesaria a los inversionistas que quieran traer sus capitales al país para la generación de empleo y actividad económica, abriendo nuestras puertas al mundo para el libre comercio. Para finalizar, tomando el tema del impulso de la institucionalidad y exigencia académica en nuestros poderes del Estado, concuerdo totalmente. O sea, si una bachiller llegó a ser Presidenta de la Asamblea, un falso economista presidió el Banco Central por ser primito, y un futbolista que no sabía nada de leyes alcanzó un curul en la Asamblea…¡caramba!, ¿para qué se nos exige tanta rigurosidad académica en las universidades si eso no es aplicado en la vida política? La independencia total del Sistema Judicial del Ejecutivo también es complementario para afianzar la seguridad jurídica en un país, así que creo que estos órganos deberían también cambiar su proceso de selección para que quienes sean gobernantes o funcionarios públicos, sean dignos del cargo y libres de dependencias por conveniencia, evitando así situaciones que afecten a quienes hacemos este país, y claro, ¿cómo no? a su seguridad jurídica.

        1. Estimado José Mendoza, me queda bastante claro el análisis y aprovechando que indicas que está desde un punto de vista geopolítico, económico y de derecho internacional, me gustaría conocer tu opinión respecto del nivel de desarrollo que ha alcanzado México gracias al tratado de libre comercio que tiene con Estados Unidos, ¿ha salido favorecido dicho país? Finalmente y aunque no quería meter el tema en el ámbito político, pero veo que necesariamente se inclina hacia allá, ¿cuál es tu opinión a que exista un aspirante a la Presidencia de la República y que no posea un título universitario? ¿debe ser eso un impedimento? Para estas últimas inquietudes, quisiera que recordaras que hay un caso ecuatoriano en ese sentido y que tiene un discurso muy cercano a tus comentarios (libre comercio, eliminación de normativa en contra de libertad de expresión, independencia de poderes, entre otros).

          1. José Paúl Mendoza

            Con respecto a la economía de México, la cual está muy afectada (no son los únicos), no creo que se deba meramente al TLC que tiene con Estados Unidos. ¿Por qué no se ha favorecido México? Simple, las malas administraciones de este país hicieron caso omiso al refrán popular que dice «el que abarca mucho, poco aprieta». México es el país con mayor número de acuerdos comerciales del mundo. 51 para ser exactos. Y sí, cualquiera diría que con ese número de mercados metas podría ser un país con gran nivel de exportaciones; pero no, sus representantes de los últimos 25 años no supieron aprovechar sus ventajas competitivas como ser vecino de EEUU y tener acceso preferencial a este mercado para abrir un mercado de cambio devaluado. Al contrario, los gobernantes de México no supieron administrar todo esto con planes de desarrollo nacional y debido a la falta de este tipo de proyectos y programas creció la falta de competitividad, lo que dio paso a la necesidad de que México empiece a importar de todos sus países aliados productos de materia prima e industriales…¿para qué? para nada más y nada menos que exportárselos a EEUU. Es decir, lo que sucedió fue que el valor agregado de México en el proceso de exportación se redujo. Mientras tanto, en el gobierno de Peña Nieto en 2014 la presidencia gastó 3.476 millones de pesos, es decir un 58% más del monto avalado por el poder legislativo y un 14% más que en 2013 para doblar el gasto corriente del Estado en transporte aéreo, opinión pública y propaganda social. No sé por qué, pero a mi se me hace muy conocido este tipo de despilfarro, ¿a ustedes no?. De todos modos, siguiendo con el tema, yo opino que los tratados de libre comercio no son el problema, siempre y cuando se sepan ser usados para beneficio mutuo y con aspiraciones comerciales proyectadas en número reales a través de análisis profundos por académicos en el tema, y no por pseudodiplomáticos que solo quieran ir haciendo por el mundo amigos por simple política. Con esto quisiera enganchar mi siguiente opinión referente al caso de quien creo usted trata de describir, el Sr. Lasso (quien por cierto cuenta con un diplomado en Administración de Empresas por el IDE Business School y un Doctorado Honoris Causa por parte de la Universidad de las Américas) no debería tener preferencia para ser candidato presidencial sin poseer título universitario, a mi parecer. Esta es la cuestión: a pesar de tener amplia experiencia en el ámbito empresarial y que, creo yo, para que haya levantado todo lo que ha levantado, el tipo no es un inexperto en economía ni se lo puede tildar de alguien que no sabe armas estrategias. Sin embargo, creo que hay que ser coherentes en cuanto a lo que el Estado exige a los jóvenes. O sea, mostrar a través del ejemplo a quienes estamos iniciando nuestro camino en la Academia que el esfuerzo es válido para llegar a la cosa pública. Para finalizar, quisiera aclarar que no soy ferviente seguidor del Sr. Lasso ni creo que él es el Mesías para nuestra tragedia económica, porque creo que hay mucha tela que cortar para sus propuestas. Lo que si defiendo es la idea del libre comercio, pero no el mal proyectado como el de México, sino el que tenga fondo y forma asentando estructuras que fortalezcan el mercado interno elevando la competitividad para fortalecer la economía y salir de la recesión que atravesamos, sin rimbombantes y estrepitosos desfiles de pasiones basadas en ideologías ni tendencias, sino con sencillez y planificación, sin alardear ni hacer bulla, sino simplemente pensando para y por nuestra gente. Saludos cordiales.

  8. Adriana Navas G.

    En relación a la seguridad jurídica esta se encuentra elevada a norma constitucional específicamente en el artículo 82 de la constitución de la república aprobada en Montecristi en el año 2008 esta disposición constitucional se refiere a la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes. Al respecto debo indicar que en el país esta disposición es simplemente declarativa teniendo en consideración que desde la diferentes resoluciones judiciales muchas de estas no se enmarcan en disposiciones legales y más bien se resuelven al acomodo del mandante de turno lo que conlleva a que en el país no exista una verdadera seguridad jurídica con políticas claras y precisas que permitan a todos los actores sociales realizar actividades sean estas de inversión y esto ha conllevado a que por ejemplo la inversión extranjera se aleje del país desembocando con esto la poca o ninguna inversión en el país.

  9. Arturo Litardo Bajaña

    Estimado profesor al culminar la lectura de este interesante artículo y siendo un tema de una importancia tracedental me permito a dar un criterio de la manera más objetiva.
    Si bien es cierto la seguridad Jurídica se encuentra estipulada en nuestra Constitución y además reflejada en todo nuestro ordenamiento Jurídico pero la seguridad Jurídica obliga a todo nuestro andiamiaje Jurídico a darle vida y no ser sólo letra muerta : Si la seguridad Jurídica no es aplicada de una forma correcta es evidente que afecta directamente dos ejes principales de la estabilidad de un Estado constitucional tales como su economía y su comercio por la sencilla razón de que el emprendedor o inversionista ya sea nacional o extranjero por lógica necesita para asegurar su inversión o emprendimiento reglas claras del juego;Lo que a mi criterio en estos ultimos 3 años el Ecuador a cambiado sus reglas tributarias,procesales y administrativas lo que evidentemente lesiona y afecta el interés de cualquier emprendedor o inversionista ya sea nacional o extranjero lo que tiene como efecto un freno al desarrollo integral del país y al equilibrio de lo público y privado.

  10. que en mi opinion es correcto que se deberia anticipar de estos actos humanos para que se adpten a su propia norma tambien esta mal muchos cambios porque no permite a las personas tener una estabilidad de situacion jurididca por eso que conveniente saber ese cambio anticipadamente . que me parece bien que el derecho natural participe y sea parte de estas norma positiva para que operen dentro de un ordenamiento juridico para que cuando pongan normas estas no se cambien muy facilmente de lo que son en verdad para es muy importante que exista el derecho que sea calculable para que de garantia a una legislacion de opurtunidad sea de manejo confiable ect , tambien no me parece bien cuando hayan normas inoportunos en un pais porque no habria situacion juridica .no me parece correcto a los cambios normativos y esta bien que el derecho natural no sea tocado por el estado pero para la lectura no encuentran aun el problema .para mi la ley tiene muchos problemas por eso es importante que la ley dure por eso debe haber leyes que perduren en el pueblo. hay muchas cosas y problemas por eso para mi no hay situacion juridica

  11. Dayli Liseth Tapia A.

    Mi opinión respecto al tema sobre la seguridad jurídica, como esta establecida en la constitución de la república del ecuador hay que respetar las normas que se encuentran establecidas en toda la normativa jurídica, pero antes que todo hay que respetar la constitución que es la norma suprema, y luego esta la normas jurídicas estas dichas normas sean aplicadas en un determinado tiempo y también el proceso de modificación de tales leyes que se enmarcadas a los principios que están establecidos en la misma constitución entonces esta seguridad jurídica naturalmente debe ser pelada, cuidada, por todos los que involucran la administración publica así como los jueces que administran justicia inmediatamente llegamos a la conclusión que en nuestro país en efecto existe la seguridad jurídica señalando que lo primero es cumplir y hacer cumplir las leyes pero que sin embargo solo esta plasmada en teoría por no se la pone en practica, difícilmente podríamos hablar de seguridad jurídica cuando nosotros como ciudadanos nos sometemos a ciertos principios o contratos sobre ciertas bases las cuales posteriormente son modificadas, en cuanto a esta seguridad jurídica a mi parecer es algo que esta plasmada en la constitución pero que en realidad no existe, actualmente sinos ponemos a verificar en los últimos años han ávido varias reformas tributarias. Un ejemplo claro que tenemos en actualidad estamos con tarifa 0 y un 14% de IVA, lo que nota de mas resaltar que no existe dicha seguridad jurídica por cuanto los procesos de reforma de las normas legales no cumplen con los principios que están en la misma y cada día la ciudadanía esta sometida a cambios constante, con lo que ratifico que no hay esa seguridad jurídica que anhelamos.

  12. Sharon Yudy Reyes V.

    Lo que yo opino del siguiente tema, es que se debería cambiar de gobernante, ya que él presidente que tenemos ahora no es capas ni apto para ejercer esta función, la constitución que tenemos no es mala, él problema es que no se la acata a su totalidad. El problema de seguridad jurídica empieza de ellos como gobernantes. La solución sería,como ya lo dije en él inicio, que venga un nuevo gobernante totalmente apto que pueda ejercer bien y que pueda ayudar a todo él pueblo ecuatoriano, para que así se pueda tener un país mejor y para eso se necesita a los mejores.

    1. Estimada señorita Reyes, la Constitución ecuatoriana también contiene la posibilidad de que la ciudadanía presente una iniciativa legal, de tal forma que no todo queda en manos de los gobernantes, además que dónde queda el papel de los legisladores. En todo caso, ¿cree usted que se puede hacer algo desde la iniciativa ciudadana, qué se podría hacer? Me refiero más allá de a quién decidimos elegir, desde el punto de vista jurídico y de activación social, en ese sentido le realizo la pregunta.

  13. Lilián Suárez

    Como dice Carmigniani, aquel ‘estado de confianza’ que se pretende lograr ante inversionistas extranjeros termina como un ‘cuento’, como una utopía.
    El Ecuador desde que empezó como República ha tenido demasiadas variaciones e inestabilidades en su constitución, a lo largo de su vida republicana ya existieron 20, actualmente se encuentra vigente la Constitución del 2008, como ya sabemos. Y esto se debe más que nada a los gobiernos que vienen con sus nuevas reformas y crean enmiendas que son favorecedoras para cierto grupo. Estos cambios han sido sobretodo, dados en el sector tributario, cambiando la estructura jurídica del país y por ende su economía. Dichos cambios son los que generan la mayor inseguridad jurídica, ya que la confianza que se quiere entablar se destruye.
    Los inversionistas extranjeros ven esto con malos ojos, ya que al ser Ecuador un país inestable constitucionalmente ellos prefieren no arriesgarse en un terreno nuevo que podría volver a sufrir variaciones desventajosas para ellos, lo cual es muy probable que se dé a partir de Febrero porque lo más seguro, es que surjan nuevas enmiendas.
    Es fundamental como mencionó uno de mis compañeros el derecho positivo, y sobre todo su correcta aplicación, mejorar el sistema legislativo y la institucionalidad del estado es imperativo para que esta situación de inseguridad jurídica que vivimos hace ya muchos años mejore, lentos pero seguros.

    1. Estimada Lilián Suárez, en caso de que usted sea legisladora y se encuentre con que el país requiere mayor inversión extranjera, pero es necesaria una reforma o enmienda constitucional, ¿estaría de acuerdo con aquello o preferiría que la Constitución no se toque para que haya más «estabilidad constitucional»?

      1. Lilián Suárez

        Es evidente que la Constitución actual no es del todo correcta y aceptada por toda la sociedad ecuatoriana. Se necesita un estudio a fondo y un análisis correcto para la elaboración de una buena Constitución, el país ha cerrado muchas puertas a inversiones extranjeras y para que estas puertas sean nuevamente abiertas los cambios constitucionales serán necesarios.
        Como legisladora, sometería a estudio toda la Constitución, y si en serio es necesaria una reforma o enmienda para dicha inversión, que por cierto, debe ser 100% segura, pues lo haría, porque primaría el bienestar de la ciudadanía y sobretodo su seguridad económica y si la enmienda representa estos beneficios pues bienvenida sea.

  14. Jaime eduardo román

    Yo opino que la falta de seguridad jurídica se debe mucho a la falta de importancia de los asambleístas que necesitamos mejorar ese sentido saber escoger mejores personas que saquen al país adelante en el comercio interno así como en el comercio exterior yo pienso que deberíamos basarnos en el derecho natural que en el derecho positivo ya que es mejor las normas impuestas por las personas para una mejor seguridad jurídica

  15. joel moran

    buenas noches con todos , en base a lo leído eh llegado a una conclusión en base a mis conocimientos el gobierno garantiza la seguridad jurídica de ciudadano ecuatoriano por nacimiento , respaldando siempre los derechos de los nacionalizados y extranjeros que llevan una vida dentro del pais con sus respectivas familias , hay muchas formas de emprender hoy en dia , en base a mi experiencia en negocios de net workmarketing estas empresas son extranjeras ya que muchas de ellas son fabricados sus productos por una mejor tecnología , la conclusión es que estas empresas pasan por muchas pruebas hacia el gobierno dando declaraciones estrictas para poder facultar su labor como empresa con patentes y demostrar que es negocio por derecha sin trucos ni prejuicios para nadie , el gobierno es muy estricto en ese sentido para asi poder estar legales en el pais conozco un caso propio que me voy a guardar el derecho al silencio , resulta que después de 3 a;os la empresa pudo tener todos los papeles en regla ya que habia que presionar mucho al gobierno para poder establecernos dentro del pais al final del dia todo resulto de la mejor manera , respecto a la constitución ecuador lamentable mente se mantiene dentro del top 10 siendo unos de los paises que tiene muchas reformas

  16. Marina Exdelica Gallardo

    Buenas Tardes Bogado Ciro Moran.
    Mi pensamiento acerca de la seguridad Juridica es que antes de aprobar una ley esta por ende esta estudiada e indagada por lo jueces ´para que este vigente y se pueda cumplir con cabalidad aquella ley y que no se viole por ninguna estancia lo que se aprueba.
    Deberian hacer prueba , hacer seguimientos a jueces que no esten cumpliendo con lo establecido por que las leyes se establecen para que sean respetada y en caso de no cumplirla le caiga la sancion.

  17. Adriana Briones Pinargote

    La situación por la que está pasando el Ecuador es muy difícil, la economía en este país no es la mejor. Es claro que en el Ecuador no hay seguridad jurídica porque hay demasiados cambios en el ordenamiento jurídico lo cual genera inestabilidad en varios ámbitos. En ocasiones se envían reformas tributarias a cada momento que desestabiliza a las compañías que generan trabajo.
    Para una empresa que tiene pensado venir a invertir acá en el Ecuador, tiene que ver en qué juego se va a meter y que las reglas del juego no cambien de un momento a otro, con esto me refiero a que las leyes sean claras y que hayan personas que impartan verdadera justicia.
    Cada vez y cuando surgen nuevas demandas de políticos que están en contra del gobierno estos realizan denuncias de corrupción y mal manejo de fondos públicos y lo curioso de todo esto es que en muchas ocasiones la parte demandante termina indemnizando por daños y perjuicios. Algo insólito en un país donde se predica igualdad y justicia.
    Es difícil traer nuevamente los inversionistas extranjeros ya que incluso la salida de capital tiene impuestos. Esta situación afecta no solo a los inversionistas ni a las grandes empresas sean nacionales o extranjeras sino también a la sociedad en general, la imposición de las salvaguardias está causando un impacto perjudicial en el bienestar de la sociedad ecuatoriana. Una imposición de aranceles en las importaciones repercute en una baja significativa de la demanda, las importadoras se verán perjudicadas y ante una baja demanda las empresas verán aminorados los ingresos por lo que se desharán de la mano de obra excedente que existe en las empresas. Con todo esto llegamos a que es inevitable el aumento del desempleo en el país, esto afecta a los sectores rurales y urbano-marginales. Todo impuesto es trasladado al consumidor final.
    Para concluir creo que lo que necesita este país es un gobierno que no tenga problemas con la gente que tiene como salir adelante sin necesidad de pedir bonos al estado para poder solventar gastos, sino que apoye a las personas que están dispuestas a poner un negocio, personas que tengan una gran empresa privada con la que puedan dar trabajo a las personas que lo necesitan. No le encuentro problema el invertir en otros países ni tener empresas de estructura familiar, esto más bien da seguridad económica a familia y si en algún momento llega a faltar la persona principal en la empresa sea el padre o la madre los hijos no tendrán que pedir bonos como quiere el estado, pero creo que esto ya es un poco metido en la política a lo que quiero llegar es que creo que lo que realmente necesitamos es apoyo a la inversión y a la economía, no a alguien que crea que la igualdad y bienestar para un país donde aproximadamente el 80% de la población es pobre, es hacer pobre al 20% restante.

  18. Jaime Castro Molina

    Primero debemos empezar por entender el significado de seguridad juridica el cual es un principio del derecho reconocido universalmente que tiene su pilar fundamental en la certeza del derecho en la aplicacion del mismo y en el conocimiento de la seguridad que nos brinda el saber que se conoce lo que esta prohibido y lo que esta permitido por la constitucion y leyes que rigen nuestro pais .
    este articulo que estamos analaizando se basa fundamentalmente en lo que ha pasado en los ultimos 10 anos en el pais ya que el gobierno actual dice que brinda todas las condiciones juridicas para las inversiones tanto de empresas nacionales y extranjeras pero en la practica vemos que es lo contrario ya que a diario vemos a los representantes de las camaras de comercio de industrias y de mas entes economicos que se viven quejando de los cambios que en materia juridica y laboral sufre nuestro pais tan a menudo como le da la gana a los mandatarios de turno.
    esto se refleja en la poca inversion extranjera que tiene nuestro pais ya que la mayoria de las empresas prefieren invertir en paises vecinos como colombia y peru porque las leyes no varian tanto como en nuetro pais lo cual les permite saber a que leyes y condiciones laborales y de toda indole atenerse en las inversiones millonarias que realizan en estos paises ya que nadie pone una empresa para cerrarla en un ano de lo contrario lo hace para permanecer el mayor tiempo posible produciendo ganancias para las mismas y devolviendole a estos paises empleando a su gente y pagando impuestos que en su mayoria son inferiores a los que se cobran en el ecuador. no nos debemos olvidar que la seguridad juridica es en el fondo en la garantia dada por el estado a las personas teniendo en cuenta que sus derechos y bienes no seran violentados de manera injusta y si tienen algun problema con la justicia esta deberia ser imparcial sin importar con quien se litigue . podemos poner como ejemplo los juicios sonados del presidente de la republica contra diario el universo contra el banco del pichincha y contra personas naturales lo cuales fueron ganados en su totalidad la pregunta que nos hacemos es si el senor presidente hubiera sido una persona comun hubiera ganado todos estos casos ? .
    esto demuestra que en nuestro pais no existe la independencia entre los poderes del estado y no existe una justicia independiente del poder central la cual ha sido botin politico no solo del gobierno de turno sino de algunos gobiernos anteriores que han usado la justicia para perseguir a sus opositores y enemigos politicos.
    queda claro que en este articulo se hace ver la importancia de la seguridad juridica para el crecimieno y fortalecimiento de la democracia en el pais el regreso de la inversion extranjera y credibilidad de los ciudadanos en las instituciones encargadas de impartir justicia la cual se ha convertido en un clamor por parte de los habitantes de este pais ya que ha casos que pueden ser resueltos en cuatro minutos y hay otros con personas comunes que estan en el sueno eterno en conclusion analizando este articulo debemos buscar la seguridad juridica la cual en este momento no tenemos ya que sera lo unico que nos permitira seguir viviendo en armonia en nuestra sociedad.

    1. Estimado señor Castro, de la lectura de su opinión, me gustaría saber si usted conoce la situación legislativa en Perú y en Colombia, es decir, si en efecto es muy diferente a la nuestra como para que ocurra una preferencia a dichos países. En este sentido, me gustaría que haga un análisis de si el problema es de las leyes, las cuales tenemos muchas y quizá hasta muy buenas, o de percepción de los gobiernos de turno.

  19. Alejandra Torres

    Pienso que es muy importante que exista seguridad y transparencia Jurídica en nuestro país con la finalidad de que ingrese a esta inversión extranjera, pero los inversionistas extranjeros no ven claras las reglas del juego por lo tanto no saben a qué atenerse con una justicia lamentablemente politizada y que en muchas ocasiones no demuestra equidad y transparencia, por lo que sería saludable que con consentimiento mutuo de las partes, que los conflictos que se generan en producto de estas relaciones comerciales, de nacionales con inversionistas extranjeros sean sometidos tribunales de arbitraje internacional.

    Esto como referencia a la inseguridad que manifiestan tener los industriales nacionales ya que el Gobierno ha implantado un sin número de políticas económicas de carácter tributario sin ser sociabilizadas con las cámaras adoptando una discrecionalidad que para ciertos empresarios no genera equidad y aumentando las percepción del riesgo país.

    A mi criterio considero acertado, claro y conciso la definición de Seguridad Jurídica de los juristas ecuatorianos Hernández Terán y Juan Larrea Olguín dicen, “Siempre he sostenido y esta obra me confirma en tal convicción, que si no se fundamenta todo el sistema jurídico en un acatamiento del Derecho Natural, de los grandes principios de equidad y justicia, todo el edificio jurídico resulta endeble.”

    Dicho sea de paso los derechos de las personas están por encima del poder del Estado, cuando este quiera influenciar para su conveniencia es decir se debe determinar con claridad y equidad quien de las partes es la que tiene la razón. En nuestro país a criterio del socialismo del Siglo XXI, el Estado pretende aplicar la justicia Social que es dar más a los más necesitados pero muchas veces afectando los interés de la clase media, así mismo para mi criterio consideró que el Art. 82 de la Constitución que hace referencia a la Seguridad Jurídica es claro y conciso el problema es la intromisión del Estado en influir con discrecionalidad en la decisión de los juzgadores que luego con el pasar del tiempo general perjuicios que al mismo Estado le toca reparar y lo peor de todo esto no se ha seguido el efecto de repetición de tal suerte que el que termina como eterno perdedor es el mismo Estado. Por lo tanto aquí no cabe las ideologías sino más bien un marco común, con reglas claras y de presentarse cambios estos sean paulatinos y no drásticos a fin de que satisfaga los intereses del Estado y no afecte a los inversionistas o particulares aquí cito un viejo y conocido refrán “pan para hoy hambre para mañana”.

    1. Estimada señorita Torres, de la lectura de su opinión, me surge un cuestionamiento: ¿puede el Estado ecuatoriano someter sus conflictos a un tribunal de arbitraje internacional? Por otro lado, me gustaría nos aclare un poco más respecto a qué caso usted conoce, donde la aplicación de una justicia social, afecte a la clase media.

  20. Isaias Intriago

    Es fundamental para la seguridad jurídica, para la paz social, que es el objetivo que tiene el juez al dictar sentencia, de acuerdo al nuevo ordenamiento jurídico del país, según dispone el Art. 21 del Código Orgánico de la Función Judicial, que quienes administran justicia no violen consciente o inconscientemente la voluntad efectiva de la ley, porque si lo hacen estarían actuando ilegalmente, habría un abuso del poder y estarían quebrantando la seguridad jurídica que dispone el Art. 82 de la Constitución de la República.

    Pero hablando a título personal, el país carece de seguridad jurídica aunque en la Constitución se nos garanticen tantos derechos y privilegios, esto se debe a (tomando parte política) un abuso de poder único, en donde se nos da “seguridad jurídica” y gozamos de libertades y derechos que respaldan esas libertades, pero al manifestar algo en contra de un agente del Estado se nos condena injustamente y sin forma de defenderse ante tales cosas.

    Aun así, la seguridad jurídica en nuestro país es algo muy violentado por todo tipo de personas y la falta de esta en nuestra sociedad se debe a nosotros, por no impulsar su cumplimiento de manera justa, aun así se encasilla como un deber fundamental del Estado, que por el mismo suele ser violentado; hablando desde un punto mas político.

      1. Isaias Intriago

        Buenas tardes profesor, a mi parecer la libertad es muy dependiente del estado de la persona, van ligados en el sentido que el tener limitadas las libertades genera inseguridad respecto a que hacer o no y sus repercusiones, se limita la forma de proceder de la persona y de como actuar, entonces si, para ser claro con su pregunta menos libertad equivale a mas inseguridad personal.

  21. MARIA AUXILIADORA VACA FIGUEROA

    Mi opinion acerca de la seguridad juridica se ha convertido en un lugar común. Lo enuncian los legisladores, los gobernantes, los abogados, los periodistas. Todos hablan de ella.Sin embargo no hay comprension cabal de la noción y tampoco existe efectiva seguridad juridica, de modo que ella resulta la gran ausente cuya puerta tocan todos, con ninguna o con escaza respuesta. Asi pues,¿ en que consiste la seguridad juridica tan reclamada e incomprensible?
    ¿Que dice la Constitucion?
    *La Constitucion de 1998, incluyo la seguridad juridica entre los derechos civiles enunciados en el art.23 que contenía en realidad los derechos fundamentales de la persona
    *La constitucion del 2008 extrajo extrañamente el concepto de articulo correspondiente a los derechos de garantia (66) y lo coloca en un texto suelto en el art.82 que dice:» El derecho a la seguridad juridica se fundamenta en el respeto a la constitución y en la existencia de normas juridicas, previas claras y publicas y aplicada por autoridad competente.
    La falta de seguridad juridica en el país es un tema que desde hace mucho tiempo se viene discutiendo especialmente respecto de la justicia y el sistema judicial ecuatoriano, lamentablemente, la inseguridad juridica en lugar de dar indicios de radicación, se propaga cada dia mas, al punto de afectar los contratos privados que cualquier persona en distintas circunstancias puede llegar a suscribir. Un pais como el nuestro, particulares e instituciones privadas y publicas en constante busqueda de nueva inversion nacional o extranjera no se puede dar el lujo de llevar la inseguridad juridica a los contratos, irrespetandolos y quebrantándolo arbitrariamente.
    Podemos llegar a que basicamente la seguridad juridica en el ecuador se basa en la ley segun el estado que lo rige y mediante los principios de legalidad dan seguridad a los bienes para mayor tranquilidad del pueblo y mas confianza en el estado que se esta rigiendo.

  22. Hillary Vinueza

    Buenas tardes Abogado.

    En referencia a todo lo expresado en su artículo, me ha quedado claro (en un punto de vista personal) que nuestro país sufre una falta total de seguridad jurídica y esto se debe a tantos factores, entre ellos la economía y el desenvolvimiento de la sociedad, a la vez de los gobiernos de turno (centrándonos en un punto político) que han llenado de dudas e incertidumbre a la sociedad debido a todos los cambio que se hace en “mejora” del país, pero obvio esto es desde el punto de vista de cada candidato. Cada gobierno de turno cambia las leyes, esto por no decir que prácticamente en Ecuador se ha permitido que cada Gobierno haga su propia Constitución para que puedan desarrollar su mandato tal como lo han propuesto…; pero ¿Cuál ha sido la consecuencia de todo esto? Una sociedad cambiante y deambularte, a quienes un día les protegen ciertas cosas y al siguiente existe sanciones por hacerlas, tomando como ejemplo algo que venga enfocado en la economía, que, reconozcámoslo es el mayor motivo de decir y manifestar INSEGURIDAD JURÍDICA.

    Yo pensaría que todos en general nos podemos llegar a sentir con tanta inseguridad jurídica por los cambios que se hace en cada momento en nuestra legislatura, claro la promulgación oficial que se da para esto es que es en beneficio nuestro, lo cual acarrea todo tipo de situaciones conflictivas, como que en esta sociedad no todos nos encontramos en la misma posibilidad y lo que para uno es bueno, para la otra persona puede conllevar en actos negativos para su beneficio; tiempo después las normativas vuelven a cambiar otra vez y todo se da en viceversa.

    Considero yo que la seguridad viene de por si enmarcada en un derecho natural, lo cual se ha positivado, llamándolo así seguridad jurídica, pero ¿Qué sucede cuando esta seguridad es violentada por los mismos Organismos que están encargados de hacerla cumplir? (siento este el Estado.)

    Todo lo expresado en su artículo, me aclara dudas y me ilustra en varios ámbitos, pero la pregunta para mi sigue siendo la misma, ya es claro que nuestra seguridad jurídica se ve muy fácilmente violentada, que en nuestra Constitución actual se nos garantizan varios derechos pero también se violentan algunos más, el Estado como un solo organismo, no es sus funciones separadas o en sus representantes de cada área, sino el Estado como conjunto, son los supuestos encargados en proteger y proveer de esta seguridad a todos los involucrados, ¿Qué se hace cuando es esta misma entidad quienes violentan nuestra seguridad jurídica?

    1. Estimada señorita Vinueza, me gustaría conocer si a usted se le ocurre alguna forma de cómo blindar tanto cambio en la legislación e inclusive de la Constitución, le sugiero revisar por ejemplo lo que se refiere a candados constitucionales, ¿podría hacerse algo parecido con respecto a las leyes o alguna otra fórmula?.

      1. Hillary Vinueza

        Buenas tardes Abogado.

        El candado constitucional, se da como una forma parar preservar la estabilidad y obliga en si a que los temas constitucionales se traten con seriedad, lo ideal sería evitar el rompimiento de este candado para así no satisfacer la necesidad coyuntural que se presenta en algunos partidos políticos y en si en quien sea el partido político que gane y domine, los ecuatorianos en este tema ya más constitucionalista que de garantista de seguridad, deberíamos dejar de ser tan inocentes y aceptar de la ruptura del candado constitucional equivale a convertir a la Constitución en una súper ley orgánica por llamarla así.
        La pregunta entonces que debemos hacernos es ¿cómo debemos reformar la Constitución para que las reformas tengan sentido?

        Es mi opinión que el candado es una garantía para los ciudadanos que creemos que las leyes deben ser respetadas y que la Constitución establece normas de comportamiento fundamentales para preservar la estabilidad. Los partidos políticos pueden presentar reformas a la Constitución y el debate de estas reformas no debe estar sujeto a las conveniencias electorales de estos partidos sino a la conveniencia y sensatez de las reformas.

        Reformemos la Constitución respetando el proceso establecido, no solo porque el procedimiento es parte de la misma, sino porque el sentido común nos llama a reflexionar y debatir cambios fundamentales.

        Saludos cordiales.

        1. Estimada señorita Vinueza, para comprender mejor su opinión, ¿me podría aclarar si usted está de acuerdo con una reforma o modificación, siempre que siga el procedimiento establecido? ¿Y para su criterio, el procedimiento establecido es lo suficientemente efectivo para defender la estabilidad de la Constitución?

          1. Hillary Vinueza

            Estoy de acuerdo con cualquiera de las dos formas, tanto reformas o modificación siempre y cuando no se altere ninguna otra norma o se cambie todo totalmente, todo debe seguir el procedimiento debido para así no perder la veracidad de todo.

            Actualmente en el país no hay ningún procedimiento que cumpla a con un sistema efectivo que defienda esta estabilidad, es más, la constitución puede ser fácilmente derogada, cambiada y sustituida y eso a mi parecer es lo que se debería evitar, para que no se convierta en un instrumento político.

  23. JOSELYN TROYA TERRANOVA

    Bueno con todo lo expresado en este artículo podría decir que la seguridad jurídica radica en si del derecho natural como a su vez del derecho positivo ya que estos temas son conflictivos yo consideraría que el derecho natural debe de estar normado para que exista una respectiva regulación, orden en el país y a su vez el derecho positivo necesita del natural ya que dentro de las fuentes del derecho se encuentran la costumbre que se la relaciona con la moral de ser humano, considero que los cambios son buenos ya que el país va rompiendo con paradigmas, no siempre será lo mismo y de esta misma manera recalco que el orden social sería más factible de manejar de una manera uniforme. Si en nuestro país existe seguridad jurídica la relacionaría con la filosofía del estado que es el BUEN VIVIR O SUMAK KAWSAY que se cumple no es su totatiladad pero es algo que se debe ir modificando y también de esta manera resalto que un País es más fácil de normalizar si su sociedad sería más culta.

    1. Estimada señorita Troya, de la lectura de su opinión, me llama la atención la relación que hace respecto de la expedición de normas (normalizar) con lo culto que sea la sociedad. Me gustaría saber si usted conoce de casos en otras partes del mundo, donde lo culto de la sociedad, haya provocado un mejor o mayor desarrollo, y también me gustaría que lo contraponga con aquellos casos como en China o en Singapur, donde quizá dicha cultura fue impuesta de una forma extrema.

  24. Martina Hidalgo

    Yo creo que más alla de una inestabilidad juridica lo que no invita a las personas a invertir seria una inestabilidad politico ya que a simple vista se puede observar como las leyes son utilizadas como instrumento politico y no para sus verdaderas funciones que seria regular el comportamiento del estado y sus inviduos pero como el estado en estos ultimos años no ha sido gorbernado de manera estable, seria como compararlo con una empresa en la cual constatemente se cambia al gerente, tiene deudas y no presenta una buena imagen nadie en su sano juicio invertiria de la misma manera sucede con nuestro país mas alla de las normas actuales es la historia de las constantes inestabilidades politicas.

    1. Estimada señorita Hidalgo, ¿usted considera de inestabilidad política nuestra situación actual en el país, aún considerando que hemos tenido al mismo presidente durante cerca de diez años? ¿quizá nos puede ayudar con ejemplos específicos en los que consten estos cambios frecuentes que usted indica?

  25. Jorge A. Roderiguez Orellana

    A criterio personal expreso que en el día a día de nuestro país, con respecto a que no existe seguridad jurídica en nuestras leyes promulgadas. Puedo deducir y atribuir la culpa al pueblo ecuatoriano, quizás esa falta de preocupación o interés por el futuro administrativo de nuestro país, que es la que nos tiene en esta posición, y conlleva a esta problemática. Creo también que los errores que hoy nos asechan y nos limitan de muchas maneras por medio de nuestras leyes, debieron haber sido previstos con extensa cautela antes de ser promulgadas. Puedo suponer también, que la falta de objetividad, compromiso y profesionalismo de parte de anteriores legisladores, también nos condujo a nuestra situación actual.
    Tenemos mucho de que aprender, ya que existen en varios ámbitos inseguridad jurídica, y parece que tenemos la oportunidad de enmendar aquellos errores, por medio del próximo evento político.
    Con respecto a la falta de inversión extranjera en nuestro país, es una de las consecuencias de la inseguridad que se refleja en nuestra economía.

  26. Álvaro Andrés Echeverría S.

    En época de campaña electoral que al momento vivimos, vuelve a la palestra el tema siendo este una prioridad de conversación, puesto que el ecuador no vive una seguridad jurídica plena, puesto que la creación de leyes, normativas y demás situaciones que produce un gran temor para los empresarios o personas naturales que desean invertir en nuestro país.

    Adicional a este tema podemos agregar las reformas en la leyes laborales, comerciales que desencadenan un gran problema para el empresario, para el ciudadano común, para el desarrollo de la sociedad, logrando un decrecimiento económico, aumentando el desempleo que se ve reflejado en el día a día, sin que los entendidos de la materia logren establecer una cura aplicada a nuestra realidad.

    A lo largo de este artículo se citan varios juristas, en lo que algunos de ellos coinciden que cambiar las leyes constantemente crea los errores más notables sobre todo en la actualidad porque no se sabe que leyes nos pueden amparar, que leyes nos pueden sancionar o que leyes no están establecidas y pueden caer en un vacío legal; básicamente crearían un candado jurídico a conveniencia de muchos, desde mi punto de vista.

    De manera que para establecer un cambio en las leyes y normas del país debe ser en un momento clave, buscando un equilibrio entre el tema social y en los derechos de los ciudadanos; que sirva para sacar adelante al país y buscar el progreso en el ámbito económico y productivo para la sociedad, pero el país no se ha visto efectivo este ejemplo agravando al sistema jurídico.

    Pero, ¿realmente estamos considerando lo establecido en la constitución? Siendo el art. 82 de la Constitución de la República el que nos indica: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y a la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes”; pero esto no se cumple en nuestro país puesto que la constitución ha sido tomada como un instrumento político más no para lo que fue creada.

    Otro concepto que se da, según el artículo 25 del Código Orgánico de la Función Judicial señala: “Las juezas y jueces tienen la obligación de velar por la constante, uniforme y fiel aplicación de la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado y las leyes y demás normas jurídicas”, situación que hoy por hoy no se cumple y las leyes son usadas a conveniencia de las partes que mayor poder tienen.

    De tal forma, que la seguridad jurídica desde mi punto de vista, es un tema muy clave de cara a las nuevas elecciones en el Ecuador, puesto que se debe dar realmente un significado claro para el tema ya que es el punto claro para salir de la crisis general que se encuentra el país y así atraer inversionistas, reactivar la economía, crear una nueva imagen internacional de que somos un país que garantiza los intereses generales en beneficio del desarrollo y evolución de nuestro sociedad.

  27. Kevin Joel Arreaga Martillo

    en mi opinión la seguridad jurídica en nuestro país viene de muchos años atrás , esto se debe a los cambios constantes de la constitución , podría decir que esta es la determinante causal de nuestra inseguridad jurídica , pero esto a que se de debe, como es de saber de todos estos cambios son aceptado por nuestro pueblo ecuatoriano , ¿por que el pueblo lo acepta ? las propuestas de nuestros políticos según su ideología política proponen un cambio, este cambio se es basado en el constitucional basado esto ya sea en su ido-logia socialista o capitalista , nuestro país a lo la largo de la historia ha sufrido sin numero des-estabilizaciones políticas , recordando una de ellas el feriado bancario que destruyo muchas familia de nuestros país , esto provocando la masiva salida de nuestro hermanos ecuatoriano a países con mejor posición económica buscando una mejor vida , también los derrocamientos a de presidentes que siendo elegidos democraticamente no han podido terminar tus tiempo de gobierno establecido, todos estos pases históricos de la política nefasta de nuestro país obviamente genera una inseguridad jurídica,esto a inducido a pueblo ecuatoriano a pedir un cambio radical , donde la propuesta de un candidato tiene que ser radical para así poder llegar al mandato de esta manera la forma mas «EFICAZ» , es el cambio de nuestra constitucion , pero sera que solamente esta es la única respuesta a esta problemática, pues creo que una de las causales de esto también se debe a los cambios continuos de la leyes en nuestro país , pero sin entrar en detalles hay muchas razones de esta inseguridad , leyendo este articulo coincido en muchas cosas , y es obvio que las empresas extranjeras no quieran invertir en nuestro país.

  28. Daniel Solano Rivas

    La seguridad jurídica existe en nuestro país; sin embargo, se han dado casos, donde no se ha brindado la total seguridad que se dice ofrecer .
    En el ámbito económico. En nuestro país, existe una inseguridad jurídica hacia las empresas nacionales y extranjeras, lo cual no permite que entre la inversión. Gracias a la inestabilidad política y las diferentes ideologías que se manejan. Esta inseguridad, crea un desbalance económico a corto plazo. Que para su reparación se necesitarán varios años, con la ayuda del cambio de mentalidad por parte del pueblo ecuatoriano.

  29. Ruth Briggitte Bonilla

    LA seguridad jurídica quiere decir entonces que el Estado tiene que velar porque el orden normativo se cumpla en su totalidad en todos los aspectos de la vida nacional. Hoy en día es la base misma del orden de los países modernos, porque no hay nación desarrollada donde no se asuma como obligatorio el cumplimiento de las normas nacionales. Por que la ley no es un mero capricho moderno, su legitimidad se basa en la razón. La forma más civilizada de sustituir la fuerza y el capricho, como criterio de gobierno y convivencia, es a través de la idea de ley democrática. O sea que el orden que las normas establecen deviene de una decisión razonada y debatida. Ésa y no otra es la condición básica del orden moderno, que la voluntad que las normas transmiten tiene un carácter racional y de acuerdo político

  30. emilio cantos medina

    en mi opinion en este pais en parte existe la seguridad juridica y en parte no la hay ya que la seguridad juridica solo se la estaria utilizando como herramienta estrategica en la politica ya sea para alguna campaña para cumplir una meta, hay politicos que si la cumplen pero hay otros que no
    en realidad como podremos ver por lo general no hay una seguridad juridica absoluta sino relativa, lamentablemente en nuestro pais Ecuador han habido muchas reformas constitucionales es decir muchos cambios y ese es un punto visto como la inseguridad o inseguridad juridica ya que no tenemos en si una constitucion que prevalezca siempre sino que tenemos que estar cambiando o derogando algunas leyes y normas y ese es un punto en contra y no podria haber algo seguro ademas con la economia que no es la mejor que tenemos actualmente, es claro que en el Ecuador no hay mucha seguridad jurídica porque hay muchos cambios y reformas en el ordenamiento juridico ese no nos beneficiaria nos traeria problemas en varios ambitos y alteran un orden legislativo como en el economico y social.
    en general algunas veces los legisladores son conformistas y no miden las causas que nos puede traer adaptarnos a otra constitucion
    el pais necesita gente capaz de ejercer las funciones como asambleistas, legisladores concentrarse en lo que estan haciendo no escojer a cualquier persona ni gente corrupta ni gente que se vende para llenar sus bolsillos de los pobres aumentando impuestos ivas etc. tener etica y moral basarnos en el derecho natural aunque tambien positivisarla.
    asi el ecuatoriano o extranjero tenga plena seguridad juridica de invertir en un pais donde las leyes sean claras y precisas invertir y dar empleos y mejorar la economia quitar los impuestos al salir y asi mejoraremos

  31. Estefanía Rosales Jácome

    En mi opinión es muy importante que halla seguridad jurídica en todo el mundo pero lamentablemente pocos lo tienen, ya que al tener seguridad jurídica es muy beneficioso para la sociedad; si bien es cierto la seguridad jurídica se encuentra estipulada en nuestra constitución. Y también recordemos que está reflejada en todo nuestro ordenamiento jurídico.
    Ejemplo: Es la protección que el estado da para proteger nuestros derechos en los artículos 14 y 16 de la constitución nos habla.

  32. Estefanía Rosales Jácome

    Buenas tardes Ab. Ciro Moran
    En mi opinión la seguridad jurídica en ecuador está protegida a nivel constitucional ya que la podemos encontrar en el capítulo octavo en los derechos de protección de nuestra Carta Magna y en su artículo 75 nos menciona la tutela judicial efectiva en donde se nos permite el acceso a una justicia imparcial, gratuita entre otros aspectos q nos dan seguridad jurídica y en el artículo 76 tenemos garantías al debido proceso y así mismo tenemos accciones o garantías jurisdiccionales y constitucionales que protegen y blindan a la seguridad jurídica en caso de que se intente o se viole completamente estos preceptos constitucionales

    En la norma podemos indicar que existe seguridad jurídica como tal pero en la práctica es muy complejo llevarla a cabo por los actos d corrupcion de los funcionarios públicos así como de los particulares, nuestra constitución es completamente nueva y que funcione a la perfección llevará un buen tiempo

  33. Valeria Alcivar

    La seguridad jurídica se refiere a la certeza de que toda la soberanía debería tener es decir, la población, de que su persona, su familia, y sus pertenecías y derechos estén protegidos por las diferentes leyes y sus autoridades, y en caso de que se tenga que llevar a cabo un procedimiento legal, éste sea realizado según lo establecido en el marco jurídico.
    Pero esta no es una realidad que se de no solo en el Ecuador sino que en toda Latinoamerica.
    La dudoda procedencia de como algunos sujetos obtienen sus cargos públicos, la injusticia y corrupcion que se da y deja a los ciudadanos con la carga de sacar adelante a su país. Pues como se dan los casos de corrupcion y que muchos políticos se llevan el dinero del país, lo único que causa es el incremento de impuestos, quitar el subsidio de algunas cosas y a la final esto lo único que causa es la desconfianza del pueblo con su gobierno, pues no hay una seguridad jurídica.
    El cambio de ordenamientos y reglamentos hace que el pais entre en un estado de confucion por que es lo que se logra? Desestabilizar el pais.

  34. La Constituci n de la Rep blica del Ecuador del 2008, en el Art. 82 proclama el derecho a la seguridad jur dica, y expresa que se fundamenta en el respeto a la constituci n y en la existencia de normas jur dicas previas, aplicadas por los jueces competentes, vale decir es la vigencia aut ntica de la ley.

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