¿LEX IULIA ET PAPIA POPPAEA HECHA EN ECUADOR?
Hace pocos días revisaba una importante propuesta de ley remitida por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional, con el objeto de reactivar la economía en el Ecuador. Inmediatamente luego de presentada empezaron las reacciones a favor y en contra y si bien se han comentado sobre muchos cambios sobre la misma, no se sabe realmente cómo al final saldrá aprobada, más aún si consideramos que eventualmente el Presidente de la República puede ejercer su derecho de veto consagrado en la Constitución si es que no está de acuerdo con lo que se termine aprobando.
Más allá de las discusiones, alguna de ellas subidas de tono, que le compete a los legisladores y organismos competentes y correspondientes; me pareció interesante escribir sobre un aspecto que suelo conversar con mis estudiantes en la materia de Derecho Romano cuando he sido invitado a impartirla en aulas universitarias.
Corrían en la antigua Roma, sus últimos años como República y se aproximaba el inicio de una larga y esplendorosa época imperial, llena de tantas historias de hombres y mujeres en múltiples campos, como la milicia, el arte, la ingeniería, la economía, entre otros, inclusive el religioso pues recordemos que también coincide con el inicio de la era cristiana. Historias que, incluso hoy, continúan inspirando mentes privilegiadas en la narrativa como la de la abogada Berónica Pozo de Miranda, quien ha publicado su novela histórica Detrás del águila dorada, por intermedio del grupo editorial español Áltera-Ediciones Lacre, dentro de la colección “Maestros de la Novela Histórica”; obra que recomiendo leer. El emperador Cayo Julio César Octavio Augusto, en el año 27 a.C., empezó a preocuparse por lo que ocurría en el interior de Roma, es decir, casa adentro, puesto que hacia el exterior se había establecido lo que se denomina Pax Romana. En dicho interior, en cambio, se estaba perdiendo la mos maiorum y la sociedad debía ser mejor encaminada, por lo que César Augusto decide, en lo que considero un proceso revolucionario, “sanear la base misma de la sociedad: el matrimonio”. (Maldonado de Lizalde, Eugenia, 2002: 540).
Decide César Augusto, por tanto, legislar en un tema que era de índole personal, familiar y que en ese sentido las leyes no regían. El matrimonio por ejemplo, carecía de formalidad y sobre dicha institución, más capacidad regulatoria poseía el pater familiae que el propio Estado. Se expide la ley Lex Iulia de Maritandis Ordinibus el 18 a.C., que unida a la Lex Iulia de Adulteriis Coercendis (18 a.C.) y a la Lex Papia Poppaea (9 d.C.), formarán el corpus legislativo de las reformas augustas familiares. (Maldonado de Lizalde, Eugenia, 2002: 540 y 541).
La Lex Iulia de Maritandis Ordinibus ofrece incentivos para contraer matrimonio. Augusto estima que rehacer la pureza del matrimonio implica su fertilidad, por tanto promueve evitar los matrimonios sin descendencia, favorece a los casados con hijos y restringe los derechos hereditarios de los célibes o casados sin descendencia (orbi), quienes no podrían recibir la totalidad de los bienes que le hubiesen sido deferidos por herencia o legado, mortis causa, ni por donación. La Lex Iulia de Adulteriis Coercendis era una ley para reprimir el adulterio y el estupro, además de dificultar el divorcio. Y la Lex Papia Poppaea introduce modificaciones que no sólo complementan, sino que también mitigan, cambian o anulan el marco normativo de la Lex Iulia de Maritandis Ordinibus, por lo que luego para referirse al conjunto completo de estas normas se denominan como Lex Iulia et Papia Poppaea.
“Quien no contrajese nupcias en los tiempos y modos augustos, se encontraba en la incómoda posición del caelebs, con las restricciones testamentarias (no poder heredar más que parcial y condicionalmente), gubernamentales (no poder acceder a puestos de poder), sociales (falta de reconocimiento entre sus pares por su dudosa situación conyugal) y políticas (‘ostracismo’ en el ámbito de la corte) que ello implicaba.” (Maldonado de Lizalde, Eugenia, 2002: 547). Situación similar se daba para el orbi. A manera de ejemplo, para comprender la jerarquía de la normativa expedida por Augusto, podemos citar por ejemplo una norma similar a la que aún hoy está vigente en nuestro Código Civil y es aquella que declara como pro non scripta, la disposición del pater familiae que en el testamento indique que un hijo deba permanecer célibe.
Por otro lado, Augusto con esta legislación concede también beneficios para los casados y más aún si son casados con descendencia. Beneficios para ser capaces de heredar mayores porciones, de asumir cargos, en la milicia, entre otros. Definitivamente los premios más se concedían por una cuestión de fecundidad que del propio matrimonio, así por ejemplo se contemplaba el ius liberorum que concedía a la mujer la capacidad de liberarse de la tutela a la que estaba sometida siempre que tenía tres o más hijos y así poder disponer libremente de sus bienes mediante testamento. La cantidad de tres hijos es anotada reiteradamente en las normas augustas, de tal forma que podemos concluir que se trata de un número óptimo de hijos para acceder a los premios que la ley concedía, inclusive para liberar una hija del cargo de vestal si había sido electa para aquel o el que la mujer pueda utilizar una vestimenta honrosa, la stola instita.
En nuestro país, en la actualidad, de la revisión de la propuesta que mencioné al inicio de este escrito, podemos ubicar una norma de carácter tributario que muy bien podríamos decir que se deriva la Lex Iulia et Papia Poppaea, quizá no se tengan las mismas intenciones que Augusto, pero el principio de premiar o beneficiar por más cantidad de descendencia, es similar al que hemos analizado. Dice la propuesta o decía, según si ya fue eliminado o no en el avance de su trámite, que la deducción concedida en la norma tributaria con respecto al pago del impuesto a la renta, solamente se podrá aplicar en un 100% si es que la persona tiene al menos 3 hijos, mientras que si tiene dos un porcentaje menor y si es que no se tiene hijos (orbi) sólo podrá acceder al 50% de la deducción. Es decir, quizá de forma indirecta, se está incentivando a una mayor fecundidad en Ecuador.
Finalmente, indistintamente de cómo resulta la propuesta presentada y analizada en este ensayo, creo que sí es importante no perder de vista la posibilidad de que de forma directa o indirecta, la legislación sea local o internacional, eventualmente pueda hacer referencia a situaciones personales o familiares que se estiman como de exclusiva decisión de dichas personas o dichas familias, como por ejemplo, la procreación. En el Imperio Romano la crítica fue severa, a César Augusto le costó muchos años implementar las leyes antes comentadas, por otro lado, sin querer beneficiaba también al reciente cristianismo que traía consigo instituciones que pudieron adecuarse más fácilmente. En Ecuador, la crítica tampoco se hizo esperar, algunas veces de forma jocosa pero contundente; no siempre lo económico o estatal conjuga con lo social o familiar y más si puede repercutir en desigualdad combatida por la Constitución, he ahí la importancia de recordar lo que nos cuenta la historia al respecto.
Ab. Ciro Camilo Morán Maridueña
Telfs.: (593) 043884818 y 0996600083
Bibliografía.-
- Constitución de la República del Ecuador (2008). Registro Oficial No 449 del 20 de octubre del 2008.
- Código Civil ecuatoriano (2015). Quito, Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones.
- Maldonado de Lizalde, Eugenia (2002). Lex Iulia de Maritandis Ordinibus, Leyes de Familia del Emperador César Augusto. Visita realizada el día 22 de noviembre del 2017 en la página web: https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/anuario-mexicano-historia-der/article/view/29642.
Estimado Dr. Ciro Moran
buenas noches.
Un punto importante se dio en la historia del concubinato desde el imperio romano; luego se da la abolición por el periodo de Justiniano, la relación extra matrimonial había tomado otro rumbo ante el evidente deseo del cristianismo por abolirla, por lo que fue necesaria la intervención del Emperador que dando un giro radical, dejó sin efecto las regulaciones de Augusto.
El concubinato como situación familiar, no fue penado por la ley además de tampoco ser reprobado social mente ; elevándolo a una categoría jurídica bajo el cumplimiento de una serie de condiciones:
1.No podían unirse en concubinato los que se hallaban en matrimonio
2 Debía existir el libre consentimiento de ambas partes
3 No se podía tener más de una concubina
4 La concubina podía ser de cualquier edad,
5 En cuanto a la filiación, se marcó a los nacidos de esta unión como hijos naturales,
Augusto Cesar Bellucio:
Es la unión de hecho y la procreación fuera del matrimonio que dan lugar a la existencia de vínculos que determinan también la existencia de una familia ilegítima o extramatrimonial, vínculos cuya relación jurídica también es necesaria sea cual fuere el criterio que se adopte para organizar su ordenamiento frente a la legítima.
GRACIAS.
Estimado señor Castro, en la actualidad, ¿el concubinato es permitido o existe alguna situación similar? Saludos.
Buenas tardes Abg
en mi punto de vista, con esta nueva reforma de ley nuestro pais va a perjudicar aun mas su economia, segun la ultima tasa de fertilidad realizada en el año 2015 ecuador tiene una tasa de 2,51 hijos por mujer, encabezando la lista siendo mas alta que la de peru con 2.43 hijos por mujer y que la de comolobia con 1.88 hijos por mujer.
Me parece una excelnte politica, la aplicada en china, conocida como la del hijo unico. a finales de los 70, el crecimiento poblacional no estaba aún acompasado por el crecimiento económico. Había menos recursos que personas. Se necesitaba poner freno a los nacimientos. la tasa de natalidad del país ha decrecido de forma paulatina y constante durante las tres últimas décadas. El gobierno chino logró controlar el crecimiento de su población, pero el despegue económico de la década de los noventa y del nuevo siglo revertió el problema: se pasó de tener mucha población y muy joven a no tanta población, en términos posibles, y más envejecida. Sólo hace falta mirar cualquier curva demográfica china, o cualquier pirámide poblacional: en un breve lapso de tiempo, China ha pasado a contar con un régimen demográfico desarrollado.
En con conclusion en nuestro no veo conveniente fomentar la fertilidad en las parejas, por que la mayoria de personas no se encuentran preparados ni intelectualmente, ni el cuenta con los recursos.
Me parece un excelnte articulo el cual deberia ser compartido por todos. Buenas tardes Abg.
Saludos
Sin duda alguna es un tema muy difícil de debatir. Con la propuesta de esta ley el poder ejecutivo quiere estabilizar la economía Ecuatoriana lo cual es bueno ya que se ve un accionar positivo sin embargo lo hace favoreciendo a la multitud (por así decirlo). Esta ley (en caso de que sea aprobada) me parece un poco contradictoria dado que el gobierno es quien se termina perjudicando ya que Ecuador es uno de los países de américa latina que posee un alto porcentaje en su tasa de natalidad, esto se sustenta en la teoría de que los «actores con mayores ingresos y que tradicionalmente mantienen mecanismos para enfrentar las adversidades económicas tienen la capacidad para contribuir más» lo cual sumamente injusto pues la ley debe ser general y no para determinado grupo de personas, si es así esta no cumple su objetivo. En lo personal este proyecto debe de ser mejor analizado por especialistas en la rama mas no por «legisladores» de turno.
Estimada señorita Riofrío, conoce usted algún tipo de control de natalidad que exista en el Ecuador y de ser así, sería constitucional? Saludos.
Estimado profesor, en lo personal no se a ciencia cierta de algún control de natalidad oficial que ofrezca el gobierno sin embargo se de muchos opciones que se les da a la población para prevenir un disparo en la tasa de natalidad e indirectamente una sobrecarga para el gobierno. Si llegase a existir un control se iría por 2 vertientes, protección del patrimonio del gobierno frente a la libre desicion que tome o deje de tomar cada familia Ecuatoriana.
Buenos días, veo pros a favor y en contra de dicha propuesta del ejecutivo, si bien lo que busca es recaudar mas fondos para el presupuesto del estado ecuatoriano, considero no debería condicionarse la deducción del impuesto a la renta ya sea por cuantos números de hijos tenga cada persona ya que en cierto sentido podría hasta ser discriminatorio para las personas infertiles ya que ellas no pueden concebir hijos y se les estaría cobrando mas con relación a los que ya tienen, pienso que debería existir otro método para ver que personas estarían exoneradas en algún porcentaje de la deducción, podría ser por cierta cantidad de ingresos anuales como una tabla o algo así, ya que algunas personas van a incentivar su fecundidad y eso no es favorable, ya que en la mayoría de familias ecuatorianas existen un alto indice de hijos y muchas veces no alcanza para mantener a la familia por lo que la propuesta indirectamente causaría mayor tasas de parto en el Ecuador, y a su vez los indices de pobreza aumentarían.
Pienso que esta propuesta debería ser revisada y modificada consensuando un punto medio que favorezca a los ciudadanos y reactive la economía del estado.
Saludos
Estimado señor Lascano, qué otra desigualdad considera usted que puede provocar la normativa analizada, además de la que menciona respecto de personas que no pueden tener hijos. Saludos.
Estimado Dr, para mi existe desigualdad en el patrimonio que las personas podemos obtener a través de años de esfuerzo y trabajo, por lo que a mi parecer es discriminatorio que por que mis ingresos son un poco mas elevados del promedio me tocaría tributar y pagar mas impuestos, pienso que debería concienciarse y hacer una tabla justa para ver a las personas y empresas que si ingresan grandes cantidades de dinero y establecer un control con ellas para así poder lograr un equilibrio y no afectar a la clase media del pueblo ecuatoriano.
Saludos
Con respecto a la propuesta de ley economica planteada para el mejoramiento del sistema tributario considero acertada la opcion de la deduccion de gastos para el pago del impuesto a la renta segun el numero de cargas familiares, ya que este factor incide en la economia familiar la cual es el nucleo de la sociedad de donde proviene los recursos para el estado. Sin embargo, considero que en nuestro pais se debe incentivar a la poblacion sobre todo de clase media baja, a llevar un control de natalidad sugiriendo un maximo de 2 hijos por familia debido a la capacidad economica promedio y con lo cual se podria garantizar un nivel de vida digno.
CPA. DANNY SUAREZ
Estimado señor Suárez, en el ámbito de derecho de Familia, usted conoce de alguna norma que promueva un control de natalidad y de ser así, dicha norma sería constitucional?
Estimado Abogado.
No existe ninguna ley que promueva el control de natalidad. Sin embargo considero que se podria analizar la posibilidad de incluirla como medida a la crisis economica que atraviesa el pais, sin duda va hacer un tema controversial por los distintos escenarios qur se presentan en las familias Ecuatorianas, no obstante tomando como referencia las estadisticas los ultimos censo realizado la familia de clase baja consta de mas de 3 hijos reduciendo asi, los recursos que se asignan para cubrir las necesidades de cada uno de ellos.
Estimado Dr. Ciro Morán
Como se ha sabido Roma fue uno de los pilares para la creación de las leyes y ciertas costumbres como las llevamos conociendo en la actualidad, aunque en su principio fueron «perfectas» con el pasar del tiempo se tuvieron que ir modificando de manera tal que vaya muy bien de la mano con la evolución de las sociedades.
De acuerdo a la propuesta de ley que se ha planteado, es un tema considerado debatible de manera que no encontraremos un total de personas tanto a favor como en contra de ella, es seguro que se encuentren grupos de «ambos bandos». Entonces, como opinión personal veo que dicha propuesta de ley la llego a ver algo avanzada en un sentido que, como es considerablemente notorio la población del país considerada en el grupo de «clase media baja» y «clase baja» son los que por lo general entre su grupo familiar no cuentan con un sólo hijo, es muy sabido que (no puedo decirlo estadísticamente) pero muchos de estos grupos llegan a concebir más de 3 hijos, y aún conociendo su situación de vida como económica lo siguen haciendo, entonces como sabemos, no sería posible crear una ley para decirle a las personas «chevere, puedes tener hasta este número de hijos» pero sería favorable comenzar con algún tipo masivo de capacitaciones no solo para ellos, sino para todos sobre aquellas consecuencias que podrían darse al tener tanto número de hijos si le es o no favorable para sus situaciones actuales; para posteriormente comenzar con ese tipo de propuestas, porque dependiendo como lo vean ellos favorables tendrán tantos hijos y así; como lo analizo veo que el «conflicto» debe empezarse por lo social para luego llegar a realizar una propuesta de ley como la que se es planteada.
Saludos cordiales,
Pedro Molina Galarza
Estimado señor Molina, de su comentario creo comprender que el Estado se debe preocupar cuando se tienen demasiados hijos y no se cuente con las posibilidades de mantenerlos, si estoy analizando correctamente su opinión, le consulto, ¿no debe más bien el Estado preocuparse en que indistintamente de cuántos hijos tenga una familia de cualquier clase social, dicha familia pueda contar con todo lo necesario, es decir, una familia debe verse limitada en su planificación de hijos producto de la falta de oportunidades? Saludos.
Buenas tardes Abg
en mi punto de vista, con esta nueva reforma de ley nuestro pais va a perjudicar aun mas su economia, segun la ultima tasa de fertilidad realizada en el año 2015 ecuador tiene una tasa de 2,51 hijos por mujer, encabezando la lista siendo mas alta que la de peru con 2.43 hijos por mujer y que la de comolobia con 1.88 hijos por mujer.
Me parece una excelnte politica, la aplicada en china, conocida como la del hijo unico. a finales de los 70, el crecimiento poblacional no estaba aún acompasado por el crecimiento económico. Había menos recursos que personas. Se necesitaba poner freno a los nacimientos. la tasa de natalidad del país ha decrecido de forma paulatina y constante durante las tres últimas décadas. El gobierno chino logró controlar el crecimiento de su población, pero el despegue económico de la década de los noventa y del nuevo siglo revertió el problema: se pasó de tener mucha población y muy joven a no tanta población, en términos posibles, y más envejecida. Sólo hace falta mirar cualquier curva demográfica china, o cualquier pirámide poblacional: en un breve lapso de tiempo, China ha pasado a contar con un régimen demográfico desarrollado.
En con conclusion en nuestro no veo conveniente fomentar la fertilidad en las parejas, por que la mayoria de personas no se encuentran preparados ni intelectualmente, ni el cuenta con los recursos.
Me parece un excelnte articulo el cual deberia ser compartido por todos. Buenas tardes Abg.
Saludos
Estimado,
Respecto a la propuesta de ley economica para el mejoramiento del sistema tributario no veo acertada la opcion de la deduccion de gastos para el pago del impuesto a la renta segun el numero de cargas familiares, ya que el estado no me puede decir cuantos hijos debo tener pero también viene el pro ya que personas de escasos recursos se llena d hijos y después no sabe como mantenerlo con un nivel de vida digno.
Estimada señorita Camacho, ¿no cree usted que es el Estado quien debe ver la forma de atender a las familias indistintamente del número de hijos que tengan y de la clase social; y, mas no que las familias deban ser reguladas por el Estado por su falta de atención y oportunidades? Saludos.
Buenas tardes Abogado,
Es un tanto complicado debatir acerca de este tema por que si bien es cierto hay unos que están a favor como hay otros que no , pero desde mi perspectiva pienso que el objetivo del Presidente con esta propuesta de ley es con la única y mera intención de reactivar la economía que desde cualquier punto de vista es una necesidad para todas las familias ecuatorianas que son quienes con el paso del tiempo han resultado ser afectadas puesto que hay falta de empleos y de este modo no existen los ingresos necesarios para sus hogares. Pero que si esta propuesta de ley es aprobada que no solo sea para beneficiar o afectar a unos cuantos que sea de igual jerarquía analizando la situación en la que se encuentra el Pais.
Estimada señorita Andrade, desde el punto de vista económico que usted señala con respecto a la propuesta de ley analizada, considera usted que un país tendrá mejor economía con familias numerosas o con familias que tengan pocos hijos. Saludos.
Buenas tardes Dr,
Con respecto a la propuesta de ley es un tanto complicado debatir ya que es un tema que de cierto modo unos están de acuerdo como hay otros que no, desde mi perspectiva pienso que el objetivo del Presidente con esta propuesta es con la única y mera intención de reactivar la economía de nuestro Estado la cual se ha ido vulnerando con el transcurso del tiempo siendo esta la necesidad para las familias ecuatorianas porque sin empleo y mas no existen los ingresos respectivos para el hogar, los organismos competentes, legisladores son quienes deben profundizar mas del tema, deberán tener en cuenta que al ser aprobada esta propuesta de ley económica se deberá realizar de manera jerárquica sin beneficiar o perjudicar a unos cuantos.
Dr Ciro, referente a su artículo y a los comentarios vertidos pues para mi lo pertinente es que sea el estado quien vea por un control de natalidad. Vivimos en un país en el cual la mayoría de la población es de escasos recursos y por ende de educación limitada y de recursos limitados. Padres de familia que deben salir los 2 progenitores a buscar el pan diario, dejando a esas criaturas solos sin cuidado apropiado. Mi opinión es que se debe presentar un plan de natalidad efectivo. En la época romana eran muy estrictos y debemos tener muy en cuenta que los seres humanos (la mayoría) aprenden con castigos o con incentivos. De qué el estado también deba velar por los recursos de cada familia, tamvien estoy de acuerdo. Con trabajo con oportunidades de emprendimiento, no estoy de acuerdo de bonos ni nada de eso que se de de forma gratuita, porque a mi parecer incentiva a la vagancia. Que ese tipo de bonos se de como incentivo, si!
Estimada señorita Báez, a propósito de la situación económica de un país, considerando el derecho civil de sucesiones, ¿cómo ve usted que existan mayores impuestos a la herencia, como una forma de distribuir mejor la riqueza en un país?
Distinguido Dr! No lo veo así ya que que lastimosamente no tenemos un órgano en el cual podamos confiar y saber que será bien distribuido. Para hacer eso hay que cambiar casi todas las leyes. Bien sabido es que la persona mientras más gana más gasta. Y a eso también se le atribuye los impuestos. En todo caso es un tema que hay que buscar soluciones inmediatas,
1 desde la eppoca antigua hasta la actualidad , las leyes en cuanto a herencia y leyes de tributacion no han tenido mayor cambio
2 en cuanto lo tributario con respecto a nuestro pais y su implementacion de la propuesta seria bueno por un lado que se aplicara copiando el modelo de cesar augusto ya que vendria a beneficiar a las personas de escasos recursos economicos que por su ignorancia o tabooes no asisten a una planificacion familiar; y dicho esto aumentan sus gastos economicos, y con el esquema antiguo ese beneficio tributario los beneficiaria enormemente en cuanto a sus impuestos
Estimada señoría Valarezo, de acuerdo a lo que se lee en su opinión, usted está de acuerdo con la implementación de incentivos como estrategia para lograr un objetivo de Estado, sin embargo en el caso analizado, más parece que se implementa un castigo tributario a quien no tiene hijos, por lo tanto, ¿usted estaría de acuerdo en implementar también una fórmula de castigo como la analizada en la ley romana o no?
Estimado Abogado:
Considero que esta propuesta de ley es discriminatoria ante las familias ecuatorianas puesto a que el “molde” de madre, padre y tres hijos pertenece, como menciona este artículo, a una era pasada. En efecto esta norma pudo haber sido satisfactoria para las familias romanas, pero no creo que se aplique de la misma manera en los ecuatorianos. Empezando por que las tasas de natalidad en ecuador ya son altas, sumando las tasas de desempleo y el índice de pobreza que todavía existe en nuestro país; no considero prudente crear una ley que incentive el nacimiento de más niños. Muy aparte de que clasifica a los hijos como “un simple modo” de reducir impuestos puede también afectarlos psicológicamente puesto a que para formar una familia se debe cumplir con más criterios que los deseos de reducir impuestos. Los niños merecen nacer en una familia que tenga estabilidad económica y emocional, entre otras cosas; lastimosamente no siempre se cumplen esos requisitos en el Ecuador sin mencionar que también existen familias totalmente diferentes, por ejemplo;
• Familias que recurren a la adopción
• Familias que no pueden tener hijos
• Familias que no desean tener hijos
• Familias más grandes porque cuidan a adultos mayores
• Familias que cuidan a alguien interdicto
La carga económica que lleva cada familia, es diferente y si el Estado presenta nuevos métodos para reducir impuestos debería mostrar propuestas que se ajusten a todos los ecuatorianos y no solo a un estereotipo de familia.
Estimada señorita Estefano, al final su comentario me deja una duda, en el sentido de si usted estaría de acuerdo o no con que el Estado deba intervenir en temas de Familia como el caso de la natalidad. ¿Puede aclararlo mejor?
No me parece que el Estado intervenga de tal manera dentro de las familias ecuatorianas, sin embargo si ya hay un proyecto de ley considero que este debería ser más inclusivo ante los distintos tipos de familias ecuatorianas.
Estimado Dr. Román,
La normativa supraconstitucional con referencia a los derechos de reproducción del hombre, citada por primera vez en la conferencia de la ONU llevada a cabo en el año 1968, en la capital iraní de Tehererán, y del cual el Ecuador es suscrito, hace hincapié en los derechos de los padres a decidir libre y responsablemente el número e intervalo de sus hijos y el derecho a una adecuada instrucción e información en este ámbito.
De igual manera, se puede colegir que nuestra Carta Magna se refiere en el mismo sentido a los derechos reproductivos en su artículo 66, numeral 10, en el que prescribe el derecho de toda persona a «tomar decisiones libres responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva y a decidir cuántas y cuántos hijas e hijos quiere tener».
En esta línea, concluimos que el proyecto de ley mencionado al inicio del ensayo, no busca menoscabar el derecho que tenemos a elegir libremente la cantidad de hijos que deseamos tener, pues de lo contrario, no solo que dicha limitación reproductiva acarrearía inconstitucionalidad absoluta, sino que además atentaría a derechos humanos fundamentales que sirven para el desarrollo y vitalidad de nuestra sociedad.
Considero plenamente que el proyecto de ley, si bien apunta a beneficiar a un sector de la sociedad, no discrimina en lo absoluto a otro, pues a ningún sector se le está coartando sus derechos reproductivos. Las cargas tributarias no es algo nuevo en nuestra legislación, y han funcionado en sociedades anglosajonas como en las de tercer mundo, pero como en todo proyecto de ley habido y por haber, tendrá pros y contras y será objeto de controversia, que por supuesto no tardan en cobrar su tinte político.
En todo caso, el proyecto de ley estaría sujeto a un análisis ponderativo en el que valdría invocar la balanza del profesor Robert Alexy, a efectos de someter y sopesar los principios y derechos que colisionan en este caso concreto, debiendo concluir que «cuanto mayor sea el grado de no satisfacción o restricción de un principio, tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del otro».
PRL 12/12/2017
Buenos tardes Dr.
Creo que esta propuesta de ley enviada por el ejecutivo para mejorar el sistema tributario en el país tiene mas contra que cosas a favor si bien se entiende que dicha propuesta es para recaudar mas fondos para el presupuesto del estado y así estabilizar la economía en el país , considero no adecuado condicionar el pago de impuestos por la cantidad de hijos que tenga un ser humano ya que atenta contra la voluntad de la persona de decidir cuando y cuantos hijos tener este proyecto de ley afecta mucho a las personas de clase media y baja ya que con esto estarían incentivando a que se procreen mas hijos y crezcan las familias ecuatorianas por lo cual produciría alto indice de crecimiento de la población y a la vez elevaría o aumentarían los indices de pobreza ya en estos tiempos se carece de trabajo , también con este proyecto se estaría discriminando a las personas infertiles , pienso que debería existir otro mecanismo que sea parcial en la cual todos los ciudadanos declaremos de acuerdo a nuestros ingresos o crear una tabla tributaria donde las empresas o personas que generan grandes cantidades de dinero pueda existir un control sobre ellas para así poder lograr un equilibrio y no afectar a la clase media del ecuador.
Dr. Ciro
Referente al articulo leído he recordado que en la época romana las personas recibían ciertos incentivos por trabajos y sobre esfuerzos elaborados por los esclavos en esa época; sin embarco algunos de ellos era recompensados por el buen trabajo que realizaban; sin embargo en la actualidad se busca crear nuevos impuestos (por ejemplo: IMP. HERENCIA) con la finalidad que el estado posea mas recursos y de aquellos recursos poder ayudar a las personas que posean pocas facilidades de ingresos monetarios. A mi parecer eso incentiva a las personas no buscar mejorar nuevas oportunidades de empleo, mejorar su circulo social sabiendo que tarde o temprano va a recibir ayuda del Estados sin hacer nada. En algunos casos si existen personas que buscan vacantes de empleos para mejorar su estilo de vida y sin embargo a ese tipo de personas son las menos ayudadas por parte del estado. Creo yo que si el estado busca ayudar a la gente a mejorar su estilo de vida, debería comenzar enseñándole el verdadero sentido del sacrificio ofreciendoles nuevas plazas de empleos y no ganarse la plata a vaca gracias al sacrificios de otros.
saludos,
Nelson Rosado
Estimado Dr.
Referente al articulo leído pienso que debería de haber un control sobre la tasa de natalidad no de parte del estado sino de la mismas familias ya que existe familias de escasos recursos que no tienen como solventar a 4-5 hijos y se acostumbran que el estado los ayude con bonos o incentivos y ellos no se esfuerzan en mejorar su circulo social y modo de vivir; mas bien el estado debería ayudarlo a encontrar nuevas plazas de trabajos para que ellos tengan un mejor modo de vivir mas no implementando nuevos impuestos, como el impuesto a la herencia, para que lo recaudado vaya a manos de personas que realmente no se esfuerzan.
Dr. Ciro Morán
Su análisis frente al intento de propuesta de reactivación económica de cobrar más impuesto a los célibes, es muy válido y didáctico, ya que deja en evidencia, la influencia que tener hijos acarrea en una sociedad, obtener derechos y obligación, no solo con ellos, sino que producto de estos, uno puede llegar adquirir más derechos o como se intento con este proyecto de ley, que los que no tenían hijos tenían un impuesto a diferente a los demas. Y los que tenían hijos tenían que pagar menos.
Un ejemplo ya plasmado, que tiene relación, es en las utilidades, por tener cargas como conyugue o hijos recibes un 5% más que el que no tiene.
En si tomar en consideración, los hijos que uno tenga para adquirir beneficios, no es absurdo, ya que como usted lo deja establecido, en la antigüedad tener hijos, era decisivo,en los derecho que podías adquirir y ya está plasmado en nuestra codificación Es claro que el derecho evoluciona, pero siempre es bueno darle una vistazo al pasado. Ya que de ello aprendemos.
Estimado Dr. Ciro Moran.
Considero que el proyecto de ley para la reactivación de la economía, emitido por el ejecutivo. Trata de muchos temas concernientes a los pagos y exoneraciones que pueden tener cierto tipo de personas. Los cambios son varios por ejemplo la Cámara de Comercio de Guayaquil determina lo siguiente con respecto al proyecto de ley “La propuesta plantea reformas tributarias, aduaneras, societarias y monetarias. Pero a pesar de que se proponen incentivos tributarios para micro y pequeños empresarios y para exportadores, las reformas para aumentar la recaudación tributaria son más impactantes. No queda claro cuáles son las políticas para reactivar la economía, sí las direccionadas a facilitar el financiamiento y crecimiento del Estado.” A mi parecer el estado trata de ahondar en situaciones internas de los ciudadanos para solventar una sucesión administrativa deficiente y saturada, buscando con sus manotadas de ahogado generar ingresos al estado; creando impuestos que muchas veces no terminan aportando tanta eficiencia. El gobierno quiere cobrar más Impuesto a la Renta a empresas y personas. Las reformas al Impuesto a la Renta propuestas por el presidente están direccionadas a aumentar la recaudación proveniente tanto de las personas jurídicas como de las naturales. En conclusión aspiro que el ejecutivo designe una terna de peritos especializados en temas tributarios, invirtiendo algo para ideas traídas del extranjero, de economías mas estables las cuales pueden redireccionar al Ecuador. Considero que si se plantea un proyecto de ley debe ser literalmente general para todos los ciudadanos; opinando que todos tendríamos la misma contribución de ayuda para la deplorable situación en la que se encuentra el estado actualmente. Referente a los antecedentes expuestos dentro de su ensayo hago hincapié en determinada parte de la gloriosa e histórica etapa del Derecho Romano, en la que el monarca solo decide implementar tributos a los ciudadanos, los cuales no poseen un porcentaje mínimo de participación dentro de la mala administración económica que arrastra a toda una nación, por las deplorables ideologías socialistas del siglo XXI, las mismas que considero caducas porque encaminan de una manera negativa al estado.
Yo considero que si es discriminatorio esa ley porque todas las personas somos iguales y por culpa de la clase media baja que no supo organizar el numero de integrantes de la familia a las otras personas les toque pagar mas, también estoy de acuerdo con algunos compañeros de crear la ley de natalidad para poder llevar un mejor control, y de esa manera los niños tengan un hogar establece y con todos los servicios para poder subsistir de una forma muy armonizada, también considero que si crean esa ley deberían de poner rangos por ejemplo la clase bajo tener un promedio de máximo dos hijos, la clase media un promedio de tres hijos y la clase alta lo que ellos crean convenientes, hay que tomar en cuenta que en China hay una ley de que solo tengan un solo hijo esa ley fue creada por la sobrepoblación de dicho país, en cambio Ecuador sería para radicar y dar un buen estado de vida a los menores, hay encuesta que la mayora de la clase pobre en el Ecuador tiene más de tres hijos por lo cual es una irresponsabilidad de los padres, ya que no le pueden dar todos los beneficios como son alimentos, educación, vivienda, salud entre otros.
Yo considero que si es discriminatorio esa ley porque todas las personas somos iguales y por culpa de la clase media baja que no supo organizar el numero de integrantes de la familia a las otras personas les toque pagar mas, también estoy de acuerdo con algunos compañeros de crear la ley de natalidad para poder llevar un mejor control, y de esa manera los niños tengan un hogar establece y con todos los servicios para poder subsistir de una forma muy armonizada, también considero que si crean esa ley deberían de poner rangos por ejemplo la clase bajo tener un promedio de máximo dos hijos, la clase media un promedio de tres hijos y la clase alta lo que ellos crean convenientes, hay que tomar en cuenta que en China hay una ley de que solo tengan un solo hijo esa ley fue creada por la sobrepoblación de dicho país, en cambio Ecuador sería para radicar y dar un buen estado de vida a los menores, hay encuesta que la mayora de la clase pobre en el Ecuador tiene más de tres hijos por lo cual es una irresponsabilidad de los padres, ya que no le pueden dar todos los beneficios como son alimentos, educación, vivienda, salud entre otros.
Buenas Noches Ab. Ciro Moran
Hablar de este tema es complicado ya que la economía del país no es buena y tanto como el país este endeudado con países extranjeros, existen algunas propuestas para reactivar la economía del país, pero cada propuesta tiene puntos a favor y en contras, algunos podrán estar de acuerdo con ciertas propuestas y otros no, pero el presidente es el que debe ver y asegurarse la propuesta ideal y la que mejor le convenga al país, si bien es cierto desde un punto de vista esta bien que quieran reactivar la economía del Ecuador ya que era el máximo exportador de petróleo y eso afecto demasiado al país y su baja de precio.
A continuación las seis propuestas:
1. Mayor impulso a las alianzas
2. Eliminación del impuesto mínimo y necesario
3. Una menor carga tributaria para las empresas
4. Asociarse para mejorar la cadena productiva
5. Constructores piden eliminar la ley de plusvalías
6. Aranceles para proteger a la industrial nacional
En mi opinión la que mejor convendría para la reactivación de la economía seria la eliminación del impuesto mínimo y necesario y la eliminación de la plusvalía, ya que se sostiene que es importante conocer qué parte de la crisis va a absorber el Gobierno, con el fin de que no solo el sector privado se tenga que encargar de reactivar la economía nacional. Una de las alternativas que se plantea para impulsar al sector de la construcción es la derogación de la Ley de Plusvalía, aprobada en el Gobierno anterior.
Dr. Ciro Morán
Un Impuesto a la Renta ideal trata de establecer un patrón redistributivo en el intento mejorar la equidad, lo cual no se refleja en la propuesta del Ejecutivo; ya que dicha propuesta parece una medida desesperada de recaudar fondos públicos debido a la mala administración de recursos y por confirmados delitos penales de servidores públicos. Con respecto a los contras de la propuesta, que supongo ya han sido analizados debido a que el actual Presidente de la República eliminó la reforma, todas las personas sin «cargas familiares» manejan sus finanzas y pago de impuestos de manera distinta, como por ejemplo: las personas con cierto tipo de discapacidad, enfermedades catastróficas, enfermedades degenerativas y demás enfermedades crónicas van a requerir un tipo de tratamiento específico (la mayoría de por vida), lo cual es un egreso fuerte para dichas personas, o también en casos de infertilidad de alguna persona soltera o casada que lógicamente no ha decidido no procrear por decisión propia, o inclusive una persona que se encuentre ejerciendo el cargo de tutor, debe proporcionar al menor todas sus necesidades básicas y esta no seria considerada una carga familiar como tal a mi punto de vista, por ser un cargo por discernimiento. Se deben analizar distintos parámetros al momento de poner en vigencia una reforma de tal magnitud, ya que seria un daño bilateral: un aumento considerable en la tasa de natalidad, menos recursos económicos para cierto porcentaje de ciudadanos sin un fundamento válido o justo (los que no han procreado), y más gastos en instituciones estatales que brindan servicios los cuales con garantías constitucionales tales como educación, salud, alimentos y vivienda.
Saludos.
Estimado Abg. Ciro Moran
Considero que la situación económica del país se encuentra atravesando por una etapa muy complicada debido a los actos de corrupción cometidos en el seno de gobierno pasado a cargo del Econ. Rafael Correa, los mismos que han comprometido a todos los ciudadanos ecuatorianos a enfrentarse a diferentes contextos para reestructurar el estado desde su interior.
Los tiempos de la época romana se los ha llevado el tiempo y los recordará la historia, pero la costumbre de la monarquía y el exceso de poder, considero que es algo que seguirá un largo camino dentro de estos sectores políticos que buscan sus beneficios de una manera u otra; así como se lo hacia en los tiempos romanos cuando los monarcas establecían las sanciones para sus conciudadanos, las normas de convivencia, la religión y como no… los pagos de tributos e impuestos, que se imponían arbitrariamente a la sociedad; la misma que no tiene participación dentro de este sector, que considero que deben ser ocupado estos cargos por gente que se haya preparado en los temas precitados, no cualquier sobrino o encargo político o de influencias para de una manera estar a manos.
El proyecto de ley del ejecutivo trata de salir del fondo del mar poniendo de manera grafica la cabeza hacia el fondo pretendiendo soplar burbujas para salir del fondo. Porque a mi parecer este proyecto no beneficia a un porcentaje considerable de ecuatorianos, beneficia únicamente a las vías de conseguir sustentos para la burocracia, puesto que no plantea medidas económicas notables, plantea políticas que benefician a los sectores financieros del estado y para tapar de cierta manera esta situación. Determinan cambios en los pagos de impuestos que no son necesarios, que son excluyentes y separan a las clases sociales como en la antigüedad. Ahora plantean cambiar la estructura económica del estado dependiendo del interior del hogar de un ciudadano.
Estimado Doctor Morán:
Resulta interesante la connotación del artículo, ya que no solamente abarca el punto de vista jurídico, sino histórico, social e inclusive religioso. El proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo, que desde luego ha despertado interés y críticas de parte de diversos sectores, es controversial, ya que apunta a que quienes tengan más de tres hijos podrán aplicar en el 100% la deducción respecto al impuesto a la renta, discriminando a quienes tengan menos hijos o ninguno. Entonces, cabe preguntarse ¿qué persigue el Ejecutivo con esta medida? En principio, pensaríamos en solamente aumentar la recaudación de un estado obeso, que necesita desesperadamente más ingresos para cubrir sus gastos, pero, indirectamente se está «fomentando», si así se puede llamar, a que los contribuyentes tengan familias grandes para poder aplicar la deducción del impuesto a la renta en un 100%. Sobre este aspecto, considero que la medida del Ejecutivo no ha considerado el punto de vista social del tema, puesto que incluso para alguien soltero sin mayores obligaciones, vivir en Ecuador resulta caro, pues los sueldos no se compadecen con la situación real del país; ahora no se diga para quienes tienen que mantener una familia, por lo que el proyecto de Ley debería ser reformado sustancialmente o archivado en la Asamblea, porque no va a conseguir la recaudación extraordinaria que el Estado persigue, por el contrario, va a incidir en que familias crezcan en aras de lograr el máximo porcentaje de deducción permitido y por ende la responsabilidad del Estado también aumente.
Carlos Loor
Alumno de Sucesiones
Estimado Dr.,
Es claro que una restricción en los derechos hereditarios como la que se refiere su articulo, aplicada en tiempos del Derecho Roma por Cesar Augusto, se contrapone con lo previsto por la legislación actual, sin perjuicio de que nuestra legislación, en comparación con otras, ya es restrictiva y limitante respecto a la libre disposición del acervo.
Pensar que el celibato pudiese ser considerado una causal de indignidad para heredar, o limitar a recibir parcialmente la herencia, es claramente una forma promover, y hasta cierto punto, imponer la celebración del matrimonio, y no solo eso, sino la reproducción.
Ahora bien, en parte, no es totalmente alejado de la realidad actual lo alguna vez propuesto por Cesar Augusto. El Art. 1231 de nuestro Código Civil prevé como causal de desheredamiento lo que este llama como «granjerias infames». Esta expresión puede ser un poco difícil de definir, pero con un poco de búsqueda podemos establecer que, entre otros actos, las granjerías infames se refiere a quienes comentan aborto y homosexualidad, lo que quizás se vea un poco menos riguroso que lo propuesto por Cesar Augusto, pero que, sin embargo, claramente promueve la reproducción y la unión hombre – mujer, a través de la causal de desheredamiento y lo cual aun se encuentra vigente en nuestro Código Civil.
Si bien la reforma a la que se refiere su articulo no tiene como núcleo la sucesión, pues se refiere a un beneficio tributario, es importante destacar que el tema, al menos en el ámbito de la sucesión no es muy alejado de la realidad, sin perjuicio de que se ponga en practica o no. Como ya sabemos, nuestra legislación civil viene pidiendo un cambio y muchas cosas, a pesar de estar contempladas, son obsoletas o hasta inconstitucionales, pero eso no le quita el carácter de ley vigente que tiene.
En cuanto al beneficio tributario al que se refiere, creo que para poder entenderlo habría que remitirnos al espíritu de la ley, por que si bien quizás se pueda ver o entender como un intensivo tributario para promover la reproducción, pudo ser creada para contrarrestar el gasto proveniente de impuestos cuando hay de medio muchas cargas, lo que implicaría un ahorro para una familia numerosa.
Ahora, hablando tributaria y constitucionalmente, concuerdo con su punto de vista, pues al final ¿que tenemos como efecto?, indiferente del motivo real de la reforma, la reproducción con la finalidad de obtener beneficios tributarios; y, por otro lado, a mi se contrapone a lo previsto en el Art. 11 numeral 2 de la Constitucion, «Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades».
Leonardo Defilippi O.
Estimado señor Defilippi, gracias por su comentario. ¿Usted cree que también se violenta la disposición constitucional que señala que se tiene el derecho a decidir cuándo y cuántos hijos tener? Saludos.
Bueno, a mi parecer no se violenta como tal ese derecho, por que no impone, mas bien promueve e incentiva a las personas a tener mas hijos con la finalidad de poder acceder al beneficio tributario, sin embargo, sigue quedando a libre albedrío de cada uno cuando y cuantos hijos tener. Mas bien creo que, como lo indicaba antes, puede tornarse un poco injusto en el sentido que una persona acceda a mayores beneficios que el resto en virtud de que posee mas del lo que el resto no tiene (hijos), e incluso que algunos no pueden tener.
Estimado Dr, primero debo felicitarlo por tan buen artículo, tuve la oportunidad de leerlo más de 2 veces y poderlo analizar punto por punto, con esto pude darme cuenta de ciertos aspectos. Como punto principal me doy cuenta que en nuestro país se debe incentivar a la clase media-baja a tener un control de natalidad, si bien es cierto, en nuestro Código Civil Ecuatoriano encontramos que unos de los principales fines de casarse es el procrear, pero esto se puede salir de control y causar graves problemas. Cuando no se tiene un correcto control de natalidad la pobreza crítica aumenta rápidamente, la economía del país se ve afectada, las tasas de desempleo crecen notablemente, las historias de numerosas familias se repiten generación tras generación, lo que causa que este mal jamás acabe. Veo que con la dicha propuesta , es notable como la clase media-baja son los que por lo general tienen un grupo familiar amplio,estos llevan más de 3 hijos y de acuerdo con sus situación económica no le dan una buena calidad de vida a sus hijos, sin embargo estas personas no toman conciencia de ello y lo siguen haciendo sin control alguno, por esto considero que se podría comenzar a mejorar por medio de capacitaciones , se debe iniciar por el ámbito social para así poder implementar una nueva propuesta de ley y que esta sea aceptada por la sociedad.
Saludos Cordiales,
Ariana Zambrano
Estimada señorita Zambrano, en el ámbito de responsabilidad del control de natalidad de los menores de edad, en quién debe recaer dicha responsabilidad en el Estado, en los padres de familia o en un sistema mixto, me gustaría saber su opinión. Saludos.
Buenas tardes.
Como tantas otras cosas la zozobra ante la escasa natalidad nos llegó de la Antigua Roma. En los inicios del Imperio Romano empezó a menguar el número de nacimientos sobre todo entre las familias patricias. Diezmados por las guerras, acomodados al boato y a la promiscuidad, no estaban para ponderar en el matrimonio. Al mismo tiempo los casados procuraban no portar al mundo más de dos hijos evitando así el reparto de sus bienes. Ante este escenario Augusto decidió aplicar medios y por ello promulgó las Iuliae Rogationes. Eran un conjunto de leyes, la lex Iulia de maritandis ordinibus y la lex Papia Poppaea, que determinaron que todos los hombres entre 25 y 60 años y todas las mujeres entre los 20 y los 50 pertenecientes al Senado y la orden ecuestre debían casarse obligatoriamente. Los que incumplían la ley eran penalizados.
Ahora, hablando tributaria mente, concuerdo con lo argumentado en el ensayo, pues al final de cuentas ¿que tenemos como efecto?, indiferente del motivo real de la reforma, la reproducción con la finalidad de obtener beneficios tributarios; y, por otro lado, a mi se contrapone a lo previsto en el Art. 11 numeral 2 de la Constitución, “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”.
Muy bien señor Jarama, quisiera que me indicara ¿si usted cree que también se estaría violando el derecho constitucional de la mujer de decidir cuándo y cuántos hijos tener? Saludos.
Buenos días Doctor, según el Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva el estado Ecuatoriano es un Estado de derecho, soberano, unitario, independiente, democrático,
laico, multiétnico y pluricultural; que garantiza el derecho a la salud como un derecho fundamental,
vinculado al ejercicio de otros derechos, que sustentan el buen vivir (Constitución 2008, Art. 32) (1). La
Constitución de la República del Ecuador evidencia que la salud sexual y la salud reproductiva es un
derecho humano, en línea con el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre Población
y Desarrollo, Cairo 1994 (2), que fue el primer instrumento internacional que incluyó explícitamente
la “Salud Sexual y Salud Reproductiva (SS y SR)” como uno de los derechos que deberán ser
garantizados por los Estados.
Este se basa en el reconocimiento de las personas como titulares de derechos fundamentales,
universales, inalienables, intransferibles, irrenunciables, interdependientes e indivisibles que generan
obligaciones por parte del Estado, quien debe garantizar y crear condiciones para el ejercicio de los
mismos. Este enfoque plantea un cambio en la forma de aproximarse a la ciudadanía, pues repiensa
a esta figura como sujeto de participación y concepción de las políticas públicas, que se constituyen
en las herramientas requeridas para la construcción de la dinámica e interrelación entre diferentes
actores sociales, y que sirven para potenciar el ejercicio de derechos y la exigibilidad de los mismos.
Estimado Abg. Ciro Camilo Moran
Nos encontramos en una época muy distinta de la de Augusto, hemos evolucionado en todos los aspectos igual que en el ámbito jurídico, sin mencionar el cuadro de natalidad totalmente diferente al de ese entonces, hoy el mundo al paso que va, estamos desarrollando una sobrepoblación crítica la cual ya es irreversible e incontrolable, 360.000 bebes nacen contra 151.600 personas que mueren diariamente, me parece absurdo que con esta propuesta de ley quieran reactivar la economía del país, pero con la tasa de desempleo actual como proponen o como creen que las personas van a mantener a sus hijos? puede que de algún modo logren activarla por diversos medios, sea por pago de impuestos, rentas salariales, etc., pero de que sirve si estan afectando la vida futura de los nuevos nacidos, el mundo se está acabando, existen cada vez menos recursos vitales, menos agua, menos comida, etc., es cuestion de tiempo que acabemos todos los recursos de la tierra por completo, como lo dice un estudio de la oenegé Global Footprint Network la humanidad agotó el 1 de agosto pasado todos los recursos renovables del 2018, cada año el día va retrocediendo, hasta que lleguemos a agotar todos estos recursos. Despúes de todo lo anteriormente manifestado presumo que dicha propuesta ya tuvo que haber sido aprobada o negada, ojala que el Presidente de la República haya utilizado su derecho de veto y haya existido oposicion por parte de él a semejante incoherente proyecto de ley. Mi pregunta a todo esto es ¿Porque se está incentivando a una mayor fecundidad en Ecuador? Acaso no saben como se encuentra el mundo actualmente como para hacer semejante barbarie, lo entiendo de parte de Augusto hace miles de años, cuando no existía tanta población y querer que Roma crezca como Imperio dominante, pero no en esta actualidad incierta, y ni hablar del tema inconstitucional, porque se está dando un tema de desigualdad, en el cual a unos por tener más hijos se los apremia, les dan beneficios extras y a los que no tienen hijos se los trata de marginar o hacer a un lado, si segun nuestra constitucion todos somos iguales porque hacer esto?. Mi punto de vista mas que jurídico se basa en lo humanitario y en los derechos fundamentales establecidos no solo en la Constitucion, sino tambien en tratados internacionales, leyes orgánicas, convenios. Para culminar solo basta decir que por mi parte no aprobaría tal proyecto de ley, porque a mi criterio no encuentro fundamentos técnicos, ni motivación suficiente como para aceptarla.
Estimado señor Icaza, a propósito de su comentario, ¿usted conoce cuando el Ecuador agotaría sus recursos de este año, de conformidad con los mismos parámetros de estudio que señala en su comentario? Saludos.
En primer lugar es muy interesante que dentro del Ejecutivo de la Asamblea Nacional, antes de ser expedida esta ley, de como poder reactivar la economía al país, lo que más me llamo la atención es que dentro de ese debate, son las reacciones a favor y en contra y si bien se ha interpretado sobre muchos cambios sobre la misma, sea que el presidente pueda ejercer su derecho de veto consagrado en la Constitución, si es que no está de acuerdo con lo que se termine aprobando, ya que la decisión si se expide o no un ley es plenamente de la asamblea y por votación, para que esta ley entre en vigencia, en mi opinión, es correcto que le otorguen al presidente esta facultad ya que debería debería estar presente en todas lsas deciciones qaue se tomen cuando se expide una ley y mas si es como esta, que es muy importante ya que es el problema que el país, tienew actualmente.
Una vez leído el texto que sin duda alguna es muy interesante el aprender las teorías, o formas, la legislación vigente dentro de roma como lo hizo el emperador Cayo Julio César Octavio Augusto, en el año 27 a.C. en sus últimos años como República, se aproximaba el inicio de una larga y brillante época imperial, llena de tantas historias de hombres y mujeres en campos, como la milicia, el arte, la ingeniería, la economía, la pesca, el religioso etc. Empezó a preocuparse por lo que ocurría en el interior de Roma, es decir, casa adentro, ya que él estaba perdiendo lo que se denomina” la mos maiorum ” por lo que César Augusto decide, en lo que se consideró un proceso revolucionario el “sanear la base misma de la sociedad: el matrimonio” un tema que era de índole personal, familiar y que en ese sentido las leyes no regían. El matrimonio en la antigua Roma, carecía de formalidad y más capacidad regulatoria poseía el “pater familiae” que el propio Estado, un dato muy curioso ya que en ese tiempo es realmente increíble como el “pater familiae”, se consideraba mucho más que un estado en sí ya que la confianza y las decisiones las podía tomar de forma arbitraria y de forma más regulatoria pensando en el bienestar de su familia.
Dentro de su proceso revolucionario Cesar Augusto decidió expedir una ley a la que cito:”Lex Iulia de Maritandis Ordinibus el 18 a.C., que unida a la Lex Iulia de Adulteriis Coercendis (18 a.C.) y a la Lex Papia Poppaea (9 d.C.),” en la cual ofrece incentivos para contraer matrimonio, el emperador, una vez expedida esa ley, el motivo era que rehaga la pureza del matrimonio en el cual implica su fertilidad, promueve evitar los matrimonios sin descendencia y favorece a los casados con hijos que restringe los derechos hereditarios de los célibes o casados sin descendencia quienes no podrían recibir la totalidad de los bienes que le hubiesen sido deferidos por herencia o legado, mortis causa, ni por donación, esta ley también permite reprimir el adulterio y el estupro, además de dificultar el divorcio.
Así también las personas que no que no contrajese nupcias en los tiempos y al modo que Augusto ha expedido dicha ley, se encontraba en la difícil posición del caelebs, con las restricciones testamentarias, que era el no poder heredar más que parcial y condicionalmente, no poder acceder a puestos de poder, falta de reconocimiento entre sus pares por su dudosa situación conyugal y no poder acceder a la política. Concede también beneficios para los casados y más aún si son casados con descendencia cuyos beneficios para ser capaces de heredar mayores partes, de asumir cargos, entre otras facultades.
El ius liberorum, es un tema muy debatible ya que para concluir con este comentario, se semeja con lo del articulo cuando indica que la nueva ley que se quiere expedir en el Ecuador es similar a la del emperador augusto, como es concedida en la norma tributaria con respecto al pago del impuesto a la renta, solamente se podrá aplicar en un 100% si es que la persona tiene al menos 3 hijos, mientras que si tiene dos un porcentaje menor y si es que no se tiene sólo podrá acceder al 50% de la deducción. Y según las normas Augustas, él podía concedía a la mujer la capacidad de liberarse de la tutela a la que estaba sometida siempre que tenía tres o más hijos y así poder disponer libremente de sus bienes mediante testamento, la cual cito “La cantidad de tres hijos es anotada reiteradamente en las normas augustas, de tal forma que podemos concluir que se trata de un número óptimo de hijos para acceder a los premios que la ley concedía, inclusive para liberar una hija del cargo de vestal si había sido electa para aquel o el que la mujer pueda utilizar una vestimenta honrosa, la stola instita.”. En conclusión, y a mi parecer la nueva ley que el gobierno ecuatoriano, para poder reactivas a la economía del país, además de ser similar a la del emperador Augusto, no me parece una correcta decisión el pago al impuesto a la renta según el número de hijos que se tiene dentro de una familia, ya que existen otras maneras de como poder reactivas la economía del país, por ejemplo generando impuestos en los subsidios ejemplo:
(Agua, luz, teléfono) y ahí poder rescatar una mínima cantidad para poder subsanar los problemas económicos del país. Creo que tener el número de hijos dentro de una familia no debe de ser la razón para poder pagar el 100, 50, 25%, para poder reactivar la economía del país.
Buen día estimado,
En atención a lo expuesto por usted, me permito hacer unos breves comentarios en torno a la muy cuestionada Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, y, la Lex Iulia et Papia Poppaea.
La Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera, nació, como su nombre lo indica, para reactivar la economía de nuestro país, pero, a mi criterio la propuesta de ley nunca le dio a nuestra economía el giro tan anhelado que permita salir al país del estado de recesión en el que se encuentra, si bien consideraba en su proyecto de ley beneficios de carácter tributario para las personas que tuvieran al más hijos, propuesta un tanto alineada a la Lex Iulia et Papia Poppaeaa – establecida en el gobierno del primer emperador romano Augusto – esta propuesta nunca fue plasmada en el texto definitivo; a mi parecer ese articulado no iba a solucionar los problemas de fondo que tiene nuestra economía, sino más bien iba a premiar la fertilidad, trayendo como consecuencia el nacimiento de más niños en nuestra patria.
La Lex Iulia et Papia Poppaea, si bien fue concebida para formalizar la institución del matrimonio – que en la época de Augusto estaba en decadencia, comenzando con la falta de manifestación del consentimiento entre los contrayentes- y que en parte de su recopilación, otorgaba beneficios a los que constituían una familia numerosa; trajo como resultado que las sanciones establecidas en la ley antes mencionada tuvieran mayor efecto social que los premios, como ejemplo las incapaces por no tener hijos y reglas en torno a la sucesión. Cabe resaltar que esta ley era para los patricios y nobles del desaparecido imperio romano, que aparte del aumentar el nacimiento de hijos de ciudadanos romanos, trajo como resultado la creación del Registro de Nacimientos, en el que los progenitores podían exigir en el Registro un testimonio acreditativo de la inscripción, en el que constaban los nombres y la ciudadanía de los padres y de la persona nacida, y la fecha del nacimiento.
Saludos Cordiales,
Kevin Echeverria Cedeño
En mi opinión creería que esta ley por parte del ejecutivo perjudica considerablemente al país, si en este caso se hubiese aprobado, puesto a que las familias se pueden basar en la propia Constitución que garantiza el derecho de cuándo y cuántos hijos una pareja quiera tener de forma libre y voluntaria, y si llegase a un acuerdo a no tener ninguno el Estado no debería de intervenir puesto que una decisión libre de la pareja ya garantizada en la norma, además de que la decisión de tener dos hijos con esta ley no beneficiaría a las partes, la pregunta sería ¿porque? , si como pareja se toma la decisión de solo tener dos hijos es por el simple hecho de brindarle lo mejor a ellos de tener una vida digna en cuenta a su desarrollo y formación para la vida, tras eso pagar impuesto a la renta de cierto porcentaje el cual no reduce mucho a lo comparado con el 100% con la opción de tener tres hijos que si disminuye el valor a pagar el impuesto, el Ejecutivo no está viendo todo el panorama, las consecuencias que hubiese sucedido con la aprobación de esta ley, al aumentar la natalidad en el país sobre todo con la tasa de desempleo que hay no garantiza que los niños y niñas tengan estabilidad en su hogar, afectaría considerablemente a sus derechos, y a los bolsillos de muchas familias que dan del todo para darle lo mejor a sus hijos.
¿Usted cree que es una violación de los derechos del niño, el hecho de que una madre continúe teniendo más hijos, a pesar de que no les ha dado a los que ya tenía una adecuada estabilidad en el hogar? Si su respuesta es afirmativa, ¿qué cree usted que el Estado podría hacer sin que eso implique otra violación de los derechos de la mujer, por ejemplo?
Buenas tardes Abg
Tengo entendido que en China se implementó a finales de los 70 una planificación familiar que fue considerada muy estricta, la cual es la política de un solo hijo. Como mencione, solo se podía tener un solo hijo por pareja. Para esto, el Estado daba beneficios tales como educación gratuita, rápido acceso a vivienda, etc. Los que incumplían con dicha planificación no tenían los beneficios que el Estado brindaba y recibían multas altas equivalentes a más de 3 años de salario y hasta pérdida del empleo. Como conclusión, no se lo consideró eficaz debido a que esta política afectó más la economía.
Ahora bien, en Ecuador existe una alta tasa de natalidad de 2.45 por mujer (2017) y considero que esta ley no aplica para Ecuador, debido a que todavía existe una gran cantidad de desempleo y pobreza. El Estado al querer incentivar el nacimiento de más niños perjudicará lo antes mencionado. Es necesario recalcar que un niño merece una familia con estabilidad tanto económica como emocional. Sin embargo, si considero que el Estado debe presentar propuestas que se ajuste a todas las familias ecuatorianas y no a un cierto estereotipo de familia.
Que el Estado promueva que una mujer ya no tenga más hijos o que no tenga hijos, ¿se puede aquello considerar como una violación de su garantía de libertad a tomar la decisión de cuándo y cuántos hijos tener? Es decir, no me refiero a que se la obligue, porque aquello sí se puede encuadrar más fácilmente en una violación, le consulto es si una promoción en ese sentido, podría ser considerada violatoria, por ejemplo, que el Estado dé beneficios, premios, entre otros, a las que acojan la iniciativa.
Estimado Dr. Ciro Moran
La alta fecundidad de las sociedades antiguas estaba dictada sin lugar a dudas por el imperativo de la supervivencia. Durante largo tiempo, muchos nacimientos no fueron más que nacimientos de reemplazo destinados simplemente a compensar la desaparición de los primogénitos muertos. Posteriormente, la limitación de los nacimientos fue compensada por una mejora de la supervivencia antes de las edades fecundas. Sin embargo, la fuerte reducción de finales de siglo XX, fruto del descenso del número de hijos no deseados y la revisión a la baja del número de hijos deseados, no ha llegado a compensarse con las mejoras
en la supervivencia de los más jóvenes.
En resumen, la cronología del descenso de la fecundidad sigue el guión marcado por la teoría de transición demográfica, el mismo que se basa en la baja de la mortalidad y fecundidad, las cuales están correlacionadas con el proceso de modernización de la sociedad.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) informa que según el Registro Estadístico de Nacidos Vivos 2017, entre los años 1990 a 2017, la tasa de natalidad disminuyó en 13,4 nacidos vivos por cada mil habitantes.
En el mismo periodo, la natalidad masculina bajó de 13,3 nacidos vivos por cada mil habitantes; en las mujeres, esta tasa se redujo en 13,5 por cada mil nacidos vivos.
Saludos cordiales.
Estimada señorita Román, ¿considera usted que si la legislación ecuatoriana aprueba una norma que permita el aborto de embarazos no deseados, también podría posteriormente aprobar una norma donde obligue a que no se tengan más hijos? ¿Cuál sería su argumento para tener distintas respuestas o cuál si usted considera responder ambas de forma afirmativa?
Estimado Dr. Ciro, Según mi criterio personal, la pérdida de valores sociales y el fracaso rotundo en el ámbito de la pedagogía en salud sexual y reproductiva, que ha convertido el aborto en un método más de anticoncepción, especialmente entre jóvenes de 13 a 19 años. Por otro lado, si realmente lo que se quiere es “normalizar” el aborto a petición, sería exigible que tuviesen la osadía política de plantear una reforma legal y lo expusieran abiertamente.
Referente al tema de aprobar una norma para la cantidad de hijos, nuestro país estaría en advertencia de una economía que envejecerá, antes de volverse rica, debido a la política de restricción de hijos.
buenas tardes abg. Ciro Moran
en mi punto de vista y mi opinión puedo observar que se repitió la historia de un modo muy parecido , en la Lex Papia Poppaea los hombres se debían casar de tal edad de 25-60 años y para las mujeres de 20-50 años de no ser así se sufría una consecuencia y eran declarados cebiles y enfrentaron sanciones, lo que también podría pesar sobre la herencia. Si se dejaba una herencia o legado a una persona que estaba en condiciones de no casarse, o en una condición que realmente impedía el matrimonio, las condiciones eran ilegales y la donación era condicionada.
En el caso de la actualidad no se tiene las mismas intenciones pero se da a entender la cantidad de numero de hijos para beneficiarse de esa norma que fue estipulada por la asamblea nacional , es una alternativa muy buena para reactivar la economía
pero esta ley solo ampara a las familias grandes y no a todos .
Estimado Ab.. Ciro Camilo Morán Maridueña
La propuesta esta muy interesante, nosotros hemos avanzado de una manera que el civilización pasada no se lo creerían, a pesar de que nuestro país, es muy pequeño y tiene 17.5 millones de habitantes en si buscan recaudar fondos para el presupuesto del estado ecuatoriano, a pesar de que estamos por así decirlo vulgarmente a China, yo considero que no debería aplicarse la deducción del impuesto a la renta así tenga mas de 5 hijos, me parece injusto, deberían hacer una tabla diseñada para programar a sus familias, para así con el dinero que entra en su día a día, podrían tener el numero de hijos que ellos deseen y vivan cómodamente. En nuestro país se debe incentivar a la clase media baja a tener un control de natalidad, porque si es preocupante. En la mayoría de familias ecuatorianas existe un alto indice de hijos y muchas veces no alcanza para mantener a la familia y eso es una carga para el Estado. Esta propuesta debería ser revisada y modificada para que favorezca a los ciudadanos y no sea una carga para el Estado.
Por cierto Ab, que buen articulo, muy interesante.
Remontarnos a la antigua Roma, una de las civilizaciones más iluminadas, la cual nos dio una idea muy formada sobre el código civil actual de muchos países a nivel mundial y siendo un punto muy importante al estudiar derecho civil y familia, pero no creo que sea comparable con el hecho económico y mucho menos si se trata de nuestro paí, una cultura que aunque sea la nuestra, deja en amplio margen de errores y muchos huecos en sus resoluciones o conflictos.
César Augusto uno de los mayores y recordados emperadores de Roma propuso dicha ley o normal para fomentar »la familia», pero ¿Quizo fomentar la familia?, Yo creo que no, siempre se tiene una segunda intensión y los de el aunque suene fuera de contexto era formar un gran ejército, ya que mientras tengas mayor población, mayor es la cantidad con la que podía contar y con ello llegar a tener un gran imperio, cómo lo fue Roma.
En nuestro país se intentó tomar una medida desesperada y con un gobierno incompetente , dar una propuesta de ley que carecía de fundamentos, con vacíos que daban a entender muchas cosas y entre unas es la idea de fomentar a tener más hijos, algo que ciertamente el país a criterio de sus gobernantes no sería bueno.
En mi opinión esta norma estaría promoviendo a las Familias a tener mas hijos teniendo en cuenta la gran problemática que vive y seguirá viviendo el país con su Economía y teniendo en cuenta que las mayorías de familias tienen un desequilibrio en cuanto a sus números de integrantes con su ingresos en materia económica y teniendo en cuenta que la mayoría de los Ecuatorianos siempre buscan la manera de pagar menos impuestos yo creo que si esta norma busca ayudar a las familias y a las nuevas familias no deberían tener como condición tener cierto número de hijos para pagar menos.
La propuesta de ley económica planteada con el fin de mejor el sistema tributario considero acertada la opción de la deducción de gastos para el pago del impuesto a la renta según el número de cargas familiares, este factor incide en la economía familiar la cual es el núcleo de la sociedad de donde proviene los recursos para el estado, considero que en nuestro país se debe incentivar a la poblacion sobre todo de clase media baja, a llevar un control de natalidad sugiriendo a cada familia un maximo de 2 hijos por familia debido a la capacidad económica promedio y con lo cual se podría garantizar una vida digna para sus familias.
Buenos días abogado
Leyendo este ensayo se me vienen tanto contras como pros por esta ley que se están hablando (aprobada o no) . El estado ecuatoriano con lo dicho en esa propuesta económica en mi punto de vista digo que para tener una economía mejor en el ámbito tributaria no debe de discriminación y limitar el pensamiento moral personal de cada ciudadano, pues hay personas que han tomada la decisión de no tener hijos o simplemente no pueden tenerlos. Y en la constitución dice claramente “tomar decisiones libres responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva y a decidir cuántas y cuántos hijas e hijos quiere tener”. y estos da a que el estado este incitando ha procrear y así suba la tasa de nacimiento en el país subiendo por ende la pobreza y la falta de calidad de vida de los niños, también estará el crecimiento de desempleos.
No estaría para nada bien intentar cambiar la estructura económica del estado dependiendo del interior del hogar de un ciudadano. También creo de una manera es inconstitucional porque “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”. Y con esa ley separa a las familias en si por su número de hijos.
Saludos Gabriela Palacios
Buenas tardes Doctor Ciro Camilo Moran Maridueña
Mi opinión sobre este artículo , con respeto a la ley económica de un planteamiento para mejorar el sistema tributario consideró yo que acertada la opción de la deducción de gastos del impuesto a la renta según el número de integrantes de las familias , se debería plantear que los ciudadanos de pocos recursos en el Ecuador no tengan más de 2 o 3 hijos por familias , para que sus hijos puedan tener una vida sin trabajo infantil y puedan criarse como se debe y con eso evitaríamos muchos problemas que vivimos en la actualidad , creo que es un tema muy discutido y muy interesante
Estimado señor Díaz, efectivamente es un tema muy discutido, pero coménteme usted si considera que el Estado a tomar una medida de prohibición de tener hijos, en esos casos donde la madre no tiene para su cuidado, es factible hacer o en ningún caso el Estado debe o puede intervenir, ¿cuál es el análisis jurídico que usted puede hacer al respecto?
Buenas tardes, Abg. Yo pienso que en el texto, en la actualidad algo de eso se mantiene. Aunque hemos avanzado progresivamente en todo aspecto aun considero que existen ciertas costumbre como el derecho a elegir cuando hijos tener y de que manera hacerlo ya sea dentro o fuera de matrimonio pero con la diferencia de que hoy en dia ese tema ya no es discriminatorio, del tener un hijo fuera de matrimonio. Considero que la mujer hoy en dia se ha modernizado bastante pues anteriormente las mujeres tenía muchos hijos, hoy por hoy la mujer se cuida siendo consciente de que ya tener un hijo ya no es como antes pues la evolución del mundo nos enseña a pensar antes de traer sin dejar a un lado el derecho, a diferencia de China que en la actualidad si limita la procreación de los hijos. Por ende pienso que la natalidad se ha reducido por la evolución del pensamiento en nuestro país y el mundo.
Buenas tardes Abg. Yo considero que en la actualidad basado en el texto escrito aun se mantiene, solo que de una manera mas moderna, avanzada y formal. Por ejemplo anteriormente las mujeres tenían máximo diez hijos y esta bien porque al fin de acabo es su derecho de elegir cuantos hijos tener pero con la diferencia de que hoy en día la mujer es mas cuidadosa en ese tema, pues su pensamiento ha ido evolucionando a manera de que el mundo también lo ha hecho, en este tema, el derecho a elegir cuantos hijos tener se sigue manteniendo y respetando pero con la diferencia de que su natalidad ha reducido un alto porcentaje, por el cuidado, la concientizaciòn del conllevar a traerlo al mundo. Ahora la mujer piensa mas en la independencia, formación y preparación de su vida, dejando el tema de la maternidad en lo ultimo. Así mismo el tema de tener hijos fuera o dentro de matrimonio ya ha dejado de ser un tema discriminatorio para la sociedad.
Pero hay que recalcar que a nivel mundial si existe esa objeción de no tener muchos hijos como lo es el caso de China donde limita la reproducción, en este caso si considero una violación del derecho para la realización personal pues como dije es un tema personal y no de la sociedad porque al fin y acabo quien los mantiene son los padres y no una sociedad de diversidades de vidas. Por ende considero que se debería eliminar ese derecho en China. Pero trayendo ese contexto a nuestro país, tenemos la fortuna de que no existe pues es un derecho que en la actualidad se respeta pero así mismo se mantiene de una forma mas consientizada y con una idealización mas formada.
Estimada señorita Pacheco, ¿qué ocurre entonces en los casos donde los padres y especialmente la madre, no tienen para el cuidado de sus hijos? ¿puede el Estado intervenir con alguna ley que prohiba por ejemplo o que sancione que tenga más hijos, o eso no importa, da igual si tiene o no para mantenerlos?
Desde mi punto de vista este artículo puede perjudicar al país en varios aspectos, uno de ellos es derecho a la libertad ya que al momento de poner un límite a las familias con respecto a los hijos que tienen, estamos vulnerando los derechos de esas personas, pero también se debe ver tener en cuenta con respecto a los niños, ya que existe muchos niños que son explotados por sus padres, por lo cual no se está respetando los derechos del Niño, como es el derecho a la educación, a la salud y a tener una vida digna y por eso existe varios personas que se dedican a drogas a robar por el hecho de que no han tenido la educación necesaria para llegar a ser alguien en la vida.
Estimada señorita García, ¿considera usted que el Estado podría en algún evento, por ejemplo, si una madre de familia sin trabajo y que vive del bono que ya tenga más de dos hijos, pueda ser limitada a no seguir teniendo más hijos? Le agradezco su respuesta bajo un análisis jurídico más allá de lo económico y político.