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¿Cambiar la Constitución? ¡Otra vez!

A propósito del inicio de los procesos electorales en Ecuador, es frecuente escuchar de múltiples actores políticos y de principales candidatos a altas dignidades, la aparente necesidad de cambiar la Constitución. Ya sea que se haga referencia a un cambio parcial o total, de uno o de otro tema, considero que es importante debatir respecto de si es conveniente o no que se realicen tales cambios.

En Estados Unidos acaban de pasar por un proceso electoral, del cual, gracias a la creciente influencia de los medios de comunicación y redes sociales, fácilmente obtuvimos información de lo ocurrido, pero pocos han caído en cuenta que en número de votos de la población del país norteamericano, la candidata ganadora fue Hillary Clinton, quien sin embargo fue derrotada por su contrincante Donald Trump, debido al sistema del Colegio Electoral. ¿Pero qué es un Colegio Electoral? Se trata de un sistema de elección indirecta, mediante la cual no se vota por un presidente o vicepresidente, sino por electores, que en el caso de Estados Unidos cada estado tiene un número similar al de los Senadores y Representantes ante el Congreso de dicho país, por lo tanto el Colegio Electoral puede decidir distinto al voto popular como de hecho ocurrió (por cierto, no es la primera vez que esto ocurre). Un sistema de este tipo en Ecuador, hace rato hubiese sido motivo de protestas a gritos de unos y otros; y, ya se hubiese modificado unas 20 veces, así se encuentre en la Constitución.

El sistema de elecciones en Estados Unidos fue impuesto luego de una disputa entre Republicanos liderados por Thomas Jefferson y Federalistas que tenían a la cabeza a John Adams. Los primeros que contaban con el respaldo de los estados del sur, temían un creciente número de votos en los estados del norte, gracias a la liberación de esclavos y que estos obviamente votarían en su contra. Thomas Jefferson ganó la disputa y también la presidencia del país a inicios del siglo 19. ¿Y qué pasó con dicho sistema incluido en la constitución estadounidense mediante enmienda? Continúa vigente hasta el día de hoy, pero no hay tal esclavitud ya, entonces porqué se mantiene. Esto se da gracias a lo que yo denomino creatividad legislativa o jurídica que han tenido en el país del norte, lo cual ha significado que se encuentre otro justificativo para que el sistema en lugar de modificado o derogado, salga fortalecido, se adapte. Hoy en día la justificación viene dada por el equilibrio entre estados pequeños en población versus los de abundante población; entre los estados que están ubicados en los territorios costeros versus los del interior; y, en menor grado entre los estados del norte y los del sur.

¿Qué es lo que provoca tanta modificación de una constitución, o con mayor precisión, de nuestra Constitución? En Ecuador ya vamos por la número 20 y si consideramos que la primera surgió en 1830, estaríamos ante un promedio de duración de aquellas menor a los 10 años. Si el país no fuera tan turbulento políticamente hablando, creo que tendríamos casi la misma cantidad de presidentes. Por lo tanto, ya que nos encontramos hoy con una Constitución de 8 años de edad, ¿podemos hablar de que estamos frente a una reciente o a una moribunda carta magna? Al menos mi percepción en la actualidad, es bastante similar a la que tuve en 1998 cuando cursaba las aulas universitarias en la carrera de Derecho y a la del 2008 cuando incluso participé de forma más cercana en temas constitucionales. Puede ser que esté exagerando, pero al menos de arranque, no creo estar equivocado, es decir, si se da paso a tanta propuesta de reforma, vamos a llegar a lo mismo, cambiar nuevamente la Constitución.

Es probable que hayan múltiples explicaciones para determinar porqué es tan fácil cambiar la Constitución en nuestro país, pueden ser aquellas de tipo cultural, sociológico, de educación, político, entre otros. Pero no me interesa tanto descubrir sus causas[1], aunque es un tema que debe ser muy bien analizado, principalmente por los sociólogos, sino que me gustaría más bien reforzar a la Constitución, dar argumentos para que no se la cambie, para que consigamos, además de una estabilidad constitucional, maneras más creativas de carácter legislativas y jurídicas que eviten la excusa del “no se puede porque se debe cambiar la Constitución”. Hans Kelsen escribía a propósito de su Teoría Pura del Derecho que quería desarrollar “una teoría depurada de toda ideología política y de todo elemento científico-cultural”. (Kelsen, Hans, 1934: 17)[2].

¿Podremos ser capaces en el Ecuador de abstraernos de toda situación que no sea Derecho, para aceptar o no una modificación? El mismo Kelsen manifestaba que esto era bastante difícil y de hecho fue muy criticado desde todo punto de vista ideológico, tanto desde el capitalista como desde el comunista. Y a este autor en Ecuador le ocurriría lo mismo, es decir, sería combatido por uno u otro bando, en función de la necesidad que se tenga de inmiscuirse con algún aspecto en las normas constitucionales. Esto no hace sino demostrar que la abstracción es necesaria, al menos en el campo de las normas fundamentales, pues ya conocemos los resultados de hacer lo contrario.

Considero que un aspecto que nos permitiría blindar más nuestra Constitución, está en el recordar lo que Bobbio nos resume respecto de los problemas fundamentales que analiza la filosofía del derecho y que coinciden con las tres calificaciones normativas: la de la justicia, la de la validez y la de la eficacia. Específicamente el tercer tema, esto es, el problema de la eficacia que “nos lleva al terreno de la aplicación de las normas jurídicas, o sea al terreno de los comportamientos efectivos de los hombres que viven en sociedad, de sus intereses opuestos, de las acciones y reacciones frente a la autoridad, y da lugar a las investigaciones en torno a la vida del derecho, en su nacimiento, en su desarrollo, en sus cambios, investigaciones que de ordinario están relacionadas con el análisis de carácter histórico y sociológico.”[3] (Bobbio, Norberto, 2013: 24 y 25).

Es decir, si no tocamos los dos primeros aspectos relacionados con la teoría de la justicia y con la teoría general del derecho que se refieren a la justicia y a la validez (deontología y ontología), nos enfocamos exclusivamente a volver eficaz la norma constitucional según el comportamiento fenomenológico de ésta, considerando lo que nos explica Bobbio y dicha eficacia podrá estar en función de lo que ocurra en un momento dado en el país, inclusive desde el punto de vista ideológico si se quiere, pero sin afectar el texto que tenga, tanto porque el principio o los valores pueden permanecer como porque la regla sigue siendo válida. Y para citar un ejemplo de cómo podría funcionar esto, regreso al caso del Colegio Electoral vigente en Estados Unidos, es decir, es eficaz la norma constitucional para el sistema de elecciones en dicho país; solamente mediante una adaptación sociológica jurídica sin necesidad de modificación del texto.

Es cierto que pueden existir casos más complejos, en los que la tentación de modificar un texto es bastante más fuerte, pero aún en esos casos es preferible mantenerlo y creo que la solución debe recaer en la creatividad del legislador, quien puede desarrollar una norma interpretativa o una nueva norma legal (no constitucional) adaptativa; también en la decisión del juez en los casos particulares o mejor aún en la decisión del juez constitucional que a partir del número 6 del artículo 436 de la Constitución, puede expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante[4]; y, en la aportación del jurista mediante la creación de doctrina que permita una interpretación generalmente aceptada acorde a los nuevos tiempos. Según mi concepto, todos los aspectos hasta ahora esbozados por candidatos a diferentes cargos de nominación popular y también de sus asesores, pueden ser resueltos de estos otros modos y no necesariamente afectar la Constitución.

Conversaba con un amigo muy estudioso y conocedor de la historia de los Estados Unidos y le preguntaba si quizá las constituyentes originarios de dicho país, habrían proclamado como se manifestó en el último caso ecuatoriano que se había conseguido una constitución para cien años y que en dicho caso, sí podrían estar ante tal logro. Su respuesta fue de que no y más bien considera, a pesar de que aquello no consta en ninguna parte, que quienes originaron la constitución estadounidense, consideraban que debía durar una generación, toda vez que la siguiente tenía derecho a expresarse de otro modo (la generación se refiere a un periodo de 18 años). No estoy de acuerdo con que el cambio generacional justifique tener una nueva constitución, pero en todo caso, aún ese esquema hubiese permitido mayor estabilidad constitucional en nuestro país.

Lo que sí estoy seguro es que el constituyente estadounidense fue bastante precavido, no quiso complejizarse mucho, seguramente eliminó todo lo que estorbaba (aunque igual se dieron contra el piso en la norma que hizo referencia al alcohol). Hay claros indicios de que no se quisieron comprometer más allá de lo necesario y esto lo noto cuando leo que, en la Declaración de Independencia de 1776 prácticamente escrita por ellos mismos, incluyeron entre los valores además de la vida y la libertad, la búsqueda de la felicidad, lo cual es un tema de amplio análisis y debate[5], pero que no volvió a aparecer en la constitución que emitieron pocos años después. Me imagino que debieron haber discutido el tema de la búsqueda de la felicidad, tal cual como nosotros ahora discutimos el asunto del buen vivir y al final prefirieron no insistir en aquello.

Se puede identificar algunas trabas constitucionales establecidas para impedir una reforma total o parcial de las constituciones, sean estas candados constitucionales por cuestiones temporales, la exigencia de mayorías calificadas o de aprobación por parte del voto popular. Sin embargo y a manera de cierre conclusivo de este análisis, prefiero destacar lo prescrito en el número 1 del artículo 168 de la Constitución Política de España de 1978:

“1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.”

Las Cortes Generales conforme el artículo 66 de la constitución española representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. Es decir, si los diputados y senadores en España deciden avanzar con la intención de reformar parcial o totalmente lo anteriormente mencionada de su constitución, perderán inmediatamente sus cargos y serán los nuevos diputados y senadores que se elijan, quienes continuarán decidiendo sobre dicha reforma. Esto me recuerda al filósofo moralista del que habla Jostein Gaarder en referencia a una sociedad justa. Este autor indica que John Rawls inspirado por el marxismo intentó decir algo al respecto: “Imagínate que eres miembro de un consejo muy serio que va a elaborar todas las leyes de una futura sociedad. Tendrían que evaluar absolutamente todo, pues nada más haber llegado al acuerdo y haber firmado las leyes, se morirían. Pero después volverían a despertarse inmediatamente en esa sociedad para la que elaboraron las leyes. El punto clave es que no tendrían la más leve idea sobre qué lugar ocuparían en la sociedad.” (Gaarder, Jostein, 2001: 492 y 493).

“Ni calco ni copia, sino creación heroica” es la famosa frase de José Carlos Mariátegui, yo les pediría a los futuros legisladores con respecto a nuestra Constitución, ni cambio ni reforma, sino conservación heroica.

Bibliografía.-

  • Constitución de la República del Ecuador (2008). Registro Oficial No 449 del 20 de octubre del 2008.
  • Constitución Política de España (1978). Constituciones de otros países. Quito, Ecuador: Corporación de Estudios y Publicaciones.
  • Bobbio, Norberto (2013). Teoría General del Derecho, cuarta edición. Bogotá, Colombia: Editorial Temis.
  • Escrivá de Balaguer, Josemaría (2001). Amigos de Dios. México D.F.: Editorial Minos, S.A. de C.V.
  • Gaarder, Jostein (2001). El mundo de Sofía, 45ª. Edición. Madrid, España: Ediciones Siruela.
  • Kelsen, Hans (1934). La Teoría Pura del Derecho. Buenos Aires, Argentina: Editorial Lozada, S.A.
  • Nino, Carlos Santiago (1992). Fundamentos de derecho constitucional. Buenos Aires, Argentina: Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma.

 

[1] Sí debo anticipar en todo caso, que la causa en Ecuador no se trata de una disputa entre tesis hobbesiana y lockiana explicada por Bobbio en su Teoría General del Derecho, puesto que la frecuencia de los cambios constitucionales poco han tenido una discusión entre tesis positivistas y iusnaturalistas, aunque hubiese sido saludable en todo caso si por ahí hubiese ido el tema. (Bobbio, Norberto, 2013: 159 y 160).

[2] En la misma obra, Hans Kelsen refuerza este criterio de la siguiente manera: “La disputa no gira, en verdad, en torno a la posición de la Jurisprudencia dentro de la Ciencia y a las consecuencias que de ello se siguen, como ciertamente pareciera; sino en torno a la relación de la Ciencia jurídica con la Política; acerca de la pulcra separación de la una respecto de la otra; en torno a la renuncia, en nombre de la Ciencia del Derecho e invocando por tanto una instancia objetiva, a la inveterada costumbre de representar exigencias políticas que sólo pueden tener un carácter altamente subjetivo, aunque ellas aparezcan con la mejor buena fe, como ideal de una religión, de una nación, o de una clase.” (Kelsen, Hans, 1934: 19).

[3] “De aquí nace el aspecto de la filosofía del derecho que lleva a la sociología jurídica.” Concluye Bobbio. (Bobbio, Norberto, 2013: 25)

[4] Nino, a propósito de un juez, nos recuerda y además este autor más adelante lo acoge como propio, lo que el juez Marshall afirmó en el caso Mc. Culloch v. Maryland: “No debemos olvidar que es una Constitución lo que estamos interpretando, una Constitución destinada a resistir épocas futuras, y consiguientemente a ser adaptable a las variadas crisis de los asuntos humanos”. (Nino, Carlos Santiago, 1992: 81).

[5] Ya sea desde el punto de vista jurídico o de cualquier otro como el religioso por ejemplo, basta recordar lo que escribió San Josémaría Escrivá de Balaguer, quien nos invitó a reflexionar de la siguiente manera: “¿Qué buscamos siempre, aun sin especial atención, en todo lo que hacemos? Cuando nos mueve el amor de Dios y trabajamos con rectitud de intención, buscamos lo bueno, lo limpio, lo que trae paz a la conciencia y felicidad al alma. ¿Qué no nos faltan las equivocaciones? Sí; pero precisamente, reconoces esos errores, es descubrir con mayor claridad que nuestra meta es esa: una felicidad no pasajera, sino honda, serena, humana y sobrenatural.” (Escrivá de Balaguer, Josemaría, 2001: 405).

66 Respuestas

  1. Alejandra León

    La Constitución rige a las normas de una población para encaminarla , los valores q nos hacen respetarla y vivir en armonía se dan en el hogar . Cuando esta Constitución la quiera modificar estaría en gran peligro un país .

  2. Hernan Villavicencio

    Si bien es cierto estamos a visperas de lo que sera una nueva eleccion presidencial en nuestro pais, los candidatos hacen sus propuestas y no es descabellado encontrarse con algun o algunos que propogan hacer cambios en la constitucion, ya sea esta una enmienda o una reforma. Puede que suene similar, pero existe una diferencia entre enmienda y reforma, ya que las enmiendas procuran modificar uno o algunos articulos de la constitucion sin cambiar su esencia y su significado en si mientras que al hablar de reformas nos situamos en lo que podria desencadenarse en una nueva constitución ya que esta plantea cambios sustanciales y significativos, es decir cambiar de manera brusca articulos alterando de manera integra la constitucion produciendo cambios. No estoy a favor de que se modifique la constitucion y de ser asi nos estariamos encontrando en lo que resumidamente ha sido la historia politica de nuestro en la cual ha sobresalido la inestabilidad politica debido a varios factores tales como sed desenfrenada de poder, el dinero o el beneficio propio antes que el del pueblo.

    1. Estimado señor Villavicencio, siguiendo su opinión, ¿debemos comprender como que si es factible que se realicen modificaciones vía enmiendas? Es decir, las enmiendas conseguirían un efecto no cambiante de tal modo que podemos quedarnos tranquilo que no va a ocurrir nada con la Constitución o también corremos el riesgo de que éste pierda su estabilidad.

      1. Hernan Villavicencio

        No estoy tan de acuerdo con eso, pero a su vez seria la manera menos drastica porque al emplear como herramienta de cambio a las enmiendas resultaria mas facil entender lo que se pretende modificar, ya que la idea central se mantendria integramente

  3. Byron Gunsha

    A mi manera de pensar, el volver a cambiar la constitución es seguir recayendo en un círculo vicioso con el único afán que tienen los nuevos candidatos a la presidencia que es la de no cotejar varias ideas por las cuales simplemente buscan la manera de contradecir en la mayoría del tiempo sobre los hechos que se estén realizando en el país. El cambio de la constitución se lo da por los nuevos ideales y pensamientos que trae el nuevo presidente por lo cual para hacer que esto se lleve a cabo debe cambiar leyes, para que el desarrollo de sus propósitos no se vean truncados. En la actualidad existe un candidato en la república del Ecuador que quiere aprobar la pena de muerte en algunos casos, y para que esto se realice de ley debe cambiar la normativa constitucional cayendo hace en un mismo circulo vicioso. Por otro lado tenemos un candidato que desea seguir con las mismas perspectivas del actual presidente de la república Rafael Correa, pero corrigiendo varios actos con el único fin de perfeccionaros. Desde mi punto de vista debemos considerar esta constitución como una base en el país por ser una constitución muy actualizada y desarrollada por lo tanto el presidente entrante debería hacer respetar la misma constitución y de esta manera poder hacer que el Ecuador se rija a esta y así lograr que se adapte el Ecuador a unas leyes que ya llevan ocho años de vigencia para que puedan ir todos juntos por un fin de bienestar común.

      1. BYRON GUNSHA

        1) Mi posición es que no esta bien, por que al momento de aceptar esto se castigara con muerte pero de que sirve si la persona la que realiza el acto no se vera dispuesta a sufrir. Es decir pienso que se debería de dar castigos mas ceberos, castigos los cuales sientan un poco el mismo dolor de lo que a cometido.
        2) Consideración, con ninguna persona porque ante la ley todos somos iguales y cuando estos realizan los actos no ven nada ni nadie lo cual ellos tampoco sienten consideración por nadie.
        3) No es correcto porque la República del Ecuador tiene firmado un tratado con estos mismos en los cuales defienden el derecho a la vida y al momento de aceptar la pena de muerte esto se estará vulnerando.

  4. Ana Torres

    Nuestra constitución esta tan mancillada que perdió el sentido puro que alguna vez la complemento.
    Al ser remendada en reiteradas ocasiones perdió su objetividad y su integridad jurídica se ve ajustada a la conveniencia de quien ocupe el puesto de jefe estado.
    Es por eso que la opción de cambiarla, por una definitiva, marcaría un precedente, un nuevo comienzo, siempre y cuando se tome como compromiso que esta sea nombrada como la única y definitiva logrando que traspase las barreras del espacio y del tiempo , un ideal de constitución como usted ejemplifica con la de los Estados Unidos.
    Citando a Hans Kelsen a mi favor: “Se debe separar el derecho de la política ya que trata de justificar sus pretensiones”.

  5. Laura Bravo

    La constitución de cada país es la ley que rige todas las direcciones a las que se pretendan ir. El plano social cambia y la ley se debe actualizar, necesita en ocasiones, actuar a través de las necesidades actuales y futuras. Tiene mucha razón usted en ciertos puntos, en otros tantos, planeo discutirle a continuación.
    En primer lugar, se deben considerar todas las implicaciones de los involucrados y no tomar una decisión al azar. Las reformas con verdadero compromiso del Estado son efectivos. No todos los cambios son buenos, pero la ley debe actualizarse como la sociedad. Dice que se debe conservar así por su valor «heroico», a mi parecer, no puedes mantener la ley así nada más por el valor histórico. Esto es algo en el que profundizare más adelante.

    Después de tantos cambios, a la conclusión que yo llego es que, si se ha cambiado tantas veces es porque no tiene buenas bases.

    Estoy a favor del cambio. Estoy de acuerdo que se generan nuevas leyes, derechos y obligaciones constantemente, no necesariamente dentro del país sino en órganos internacionales.
    Realmente, desconozco cuales han sido y como han afectado las modificaciones o el cambio de cada constitución pasada, en la época en la que estas fueron cambiadas, pero, como antes ya mencione, cada cambio constitucional que hemos tenido fue dado debido a la falta de bases con la que (Incluso ahora) constamos, tanto legal como políticamente hablando. Me refiero, a que, en caso de que se dé un nuevo cambio debería enfocarse en conseguir lo que ninguna otra constitución pudo tener hasta el momento, bases sólidas para un seguimiento correcto de las leyes y normas de nuestro país. Si las modificaciones son cada vez más elitistas, entonces no son eficaces para un equilibrio de derecho en la población.

    En la actualidad, constamos con una constitución (con todo el respeto que esta se merece) paupérrima. Una constitución que, cada que se actualiza viene con más errores que la anterior, y así de año en año. Usada como el arma que nuestro gobierno utiliza siempre que la necesita para “cubrirse las espaldas” en cuanto a errores de estos se trata. Mas, sin embargo, considero que lo que el país en si necesita es un cambio de legislatura, ya no de poner leyes a lo “loco”, ya no usarla como el comodín que necesito porque el dinero en nuestro país es escaso.

    Las “bases” de cada constitución que mi república ha tenido se han basado en satisfacer al gobierno y no al pueblo, alguien debería recordarles a los legisladores, que la constitución debe ayudar a los 14’483.499 de ecuatorianos que hay (cifra, que admito saque de Wikipedia) y no tanto al gobierno de turno. El país necesita más que un cambio, una evolución, y que mejor que comenzar por uno de los libros más importantes de este. Pero, a pesar de todo lo que he dicho, mi pensar es muy diferente al de muchos de los ecuatorianos (Muchos de ellos, afectados por estos), así que puedo casi asegurar, que “Alianza país” el partido del “pueblo” seguirá de pie, lo que nos llevaría a mas modificaciones un poco tontas y sin sentido alguno, reformas que solo servirían para sacar dinero de donde ya no hay (mi abuela hace algún tiempo atrás decía mientras mis tíos hablaban de lo bajo que estaba el petróleo “La vaca lechera deja de serlo rápidamente, luego de eso el lechero sigue pensando que algún día volverá a tener la misma leche que dio al principio” Siguen esperando, al igual que el lechero, encontrar dinero de donde ya no hay ¿Deberíamos preguntar que hicieron con él? Lo siento, me salí del tema principal.) Reitero, nuestra constitución en vez de ser un arma de ayuda, es más el arma homicida de nosotros (los mismos ecuatorianos), a quienes aparentemente, nos encanta mentirnos a nosotros mismos y estar atrasados en cambios (necesarios). Permítame decirle algo muy a criterio personal “Al parecer, cada ser humano que nace ecuatoriano, nace con la habilidad (si se le podría decir así) de revolcarnos en los estiércol (normalmente, aquí es donde va una grosería, por respeto no mencionada) vivimos felices de saber que estamos allí, nos encanta eso, aparentemente.”

    Explayándome más en lo que usted pide y lo cito “ni cambio ni reforma, sino conservación heroica.” Considero que no podemos darnos el lujo de conservar leyes solo porque forman parte de la historia del ecuador o del libro en sí. La historia es muy importante en nuestro país, comprendo y acepto esto, pero no podemos darnos el lujo de guardar o dejar quietas leyes que no deberían existir solo por historias.
    No solo nuestra constitución, necesita un cambio correcto y merecedor de la época en la que nos encontramos, yo diría que toda la legislatura nuestra necesita una actualización, dejarnos de tener tantos “peros” en leyes que no lo necesitan.

    Un ejemplo de esto que comento, podría bien ser el art. 81 del código civil, si se me permite citarlo “Matrimonio es un contrato solemne por el cual un HOMBRE y una MUJER se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse.” Permítame explicarme por qué cito este artículo, dado que no tiene nada que ver con el tema que estamos tratando, a simple vista. En la actualidad diecinueve países (varios de ellos, potencias mundiales) aceptan el matrimonio de la comunidad LGBTTI, países más pequeños y menos desarrollados como lo es ecuador (por no decir tercer mundista) estamos en contra de algo que por derecho humano o civil (Art. 66 Constitución, numeral 3) nos indican estos “derechos” de que tenemos “vía libre” para hacer de nuestra vida, lo que nosotros queramos en ella, y esto habla de forma sexual, amorosa, familiar, etc. Entonces ¿Por qué, debemos clasificarnos en grupos debido a nuestras preferencias sexuales o sentimentales? ¿No es una contradicción entre ambos artículos de diferentes libros? ¿No debería decir la constitución entonces “solo si eres heterosexual, como tal” o algo parecido? Porque yo no entiendo cómo es que la constitución me dice que soy libre de hacer con mi persona lo que yo desee o considere correcto, y luego el código civil me dice que no puedo hacer algo que deseo por mis preferencias.

    Esto, es uno de los tantos errores que en el poco tiempo que llevo conociendo de manera “correcta” a nuestra legislatura encuentro, y estos errores son los que me hacen pensar que no solo necesitamos un cambio de legislatura, esto va más allá de eso, va de que nuestro país no está preparado para cambios, ni su gente, ni su gobierno está preparado para evolucionar.

    Con esto, llego a la triste conclusión, de que no hay nada que temer Abogado. Nuestra constitución seguirá igual o peor, definitivamente mejor no ira, de lo que ya está, y esto, no es solo culpa de los legisladores, quienes solo son títeres del Presidente de turno (que tanto daño nos ha hecho, ya) la culpa recae en nosotros como pueblo. Como un pueblo que le encanta el abuso, la prepotencia, y la inmadurez, y todo esto está basada en nuestra legislatura. La historia de nuestro país, seguirá intacta como usted (Y muchos) piden, el futuro de esta bella república que me ha visto crecer, con mucha tristeza, tengo que decir que si seguimos de esta forma (que así será) con la legislatura que poseemos, no sería muy extraño que terminemos siendo la nueva (y peor) Venezuela, en donde un libro que se supone fue creado para dar paz, orden y seguridad a los ciudadanos, solo lo hace para quienes están en lugares mas altos políticamente hablando.

    1. Estimada señorita Bravo, el tema del matrimonio entre un hombre y una mujer, no sólo es un asunto del Código Civil (ley), sino que así viene dado desde la propia Constitución, ¿o me equivoco? De tal forma que el tema sí tiene que ver, pues si usted considera que eso es un error, entonces tendríamos que cambiar la Constitución, ¿o se puede de algún otro modo? Ahí está lo heroico, lograr hacerlo sin necesidad de cambiarla y no por un asunto histórico, sino porque a mi modo de ver, es una forma de mantener una mejor sociedad y una mayor seguridad jurídica. Finalmente, ¿podría indicar alguna de las bases que considera que no es correcta y que conste en la actual Constitución, es decir, no se trata solamente de decir que no tiene buenas bases, sino de indicar cuáles son esas bases que están mal estructuradas? Como lo menciono en el artículo, muchos opinan de ese modo, pero fácilmente se les puede rebatir que eso no implica modificar la Constitución.

      1. Laura Bravo

        He de admitir, que tiene usted razón cuando dice que el matrimonio de un hombre y una mujer no solo se encuentra en el código civil, reconozco mi error y admito, que no indague en la constitución sobre el tema. Sin embargo, yo trataba de referirme a la forma en la que (muy a criterio personal) es contradictorio entre las mismas “leyes”. Comentaba y tal vez no llegue al punto donde quería llegar, que desde mi punto de vista era contradictoria la manera en la que en un artículo me hablan sobre que puedo ser libre de hacer lo que yo desee y considere correcto, y en otro, me dicen que no puedo (en este caso) casarme porque pues, me quiero casar con una persona de mí mismo sexo ¿Un poco contradictorio, no le parece? A lo que yo entiendo es como “Bien, puedes hacer lo que quieras, menos esto y esto” así que ¿Realmente somos libres de hacer lo que queramos? Este es uno de los (muchos) temas que considero que están erróneos en nuestra legislatura, tal vez en el siglo XVI hubiera estado correcto tener este tipo de leyes con “trampas” (manera en la que yo lo entiendo) pero, en pleno siglo XXI ¿No es algo, “primitivo” (por no llamarlo de otra manera) estas leyes? Déjeme y le comento, si yo tuviera el poder de “modificar” el artículo 81 de dicho código seria ““Matrimonio es un contrato solemne por el cual DOS PERSONAS se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse.” ¿Ve cómo dos palabras cambian las cosas? ¿Me estoy dando a entender lo que en el comentario pasado quise decir? No podemos elegir lo que otra persona desea, abogado, no podemos decidir sobre otras personas y no podemos prohibir un deseo solo porque no compartimos ese gusto.

        Tengo que admitir, también, que con la palabra “heroico” yo entendí que usted trataba de decir que había leyes que formaban parte de la “historia” del ecuador, a lo que yo alegaba que no podríamos mantener leyes que no sirven, tal vez en el pasado lo hicieron, pero ¿En la actualidad? Déjeme dudarlo.
        Abogado, hay un refrán que dice “cuando el rio suena, piedras trae.” ¿Le parece correcto el que cada que cambiemos (O cambiábamos) de presidente tengamos que cambiar nuestra legislatura? ¿El que sea tan fácil desecharla no da a notar las malas bases que tenemos, como tal? Por supuesto que podría darle un ejemplo sobre las bases NO solidas que tiene nuestra constitución, una de ellas bien podría ser el hecho de que sea cambiada cada que a nuestros gobernantes se les ocurre, para salvar su pellejo y no el del pueblo. En lo que a mi refiere ¿Qué no debería decir en alguna parte (desconozco si es así o si lo hace) un tiempo exacto de duración? Lo que yo veo, es que aquí cada que el presidente se mete en problemas, salen los legisladores como salvadores, y la constitución termina siendo su único salvavidas, cambiándola nuevamente.

        Antes de que lea este párrafo tengo que decir, que no recuerdo el número del artículo ni de qué libro lo leí, desafortunadamente fue algo que leí mientras viajaba de retorno a mi ciudad. Hace poco estaba en clases cuando por curiosidad ley un artículo en donde hablaba sobre el maltrato si no me equivoco, y de nuevo, clasificábamos “mujer, niño, mayor adulto” ¡Por Dios! ¿Qué no solo podíamos decir “no golpear a ningún ser humano”? ¿Realmente teníamos que clasificarnos en grupos? ¿Puede usted entender a lo que me refiero con artículos sin sentido alguno? No me mal interprete, creo que el articulo estaba en lo más posible correcto, pero ¿Realmente era clasificarnos nuevamente en grupos? Y por favor, espero y me responda a estas interrogantes, ya que las digo con la mayor ignorancia posible, solo soy una joven con muchas preguntas que todavía no tienen respuestas. Otra cosa que me tiene pensativa es ¿En algún lado de nuestra legislatura no debería decir que tipo de personas pueden postular para un puesto en la asamblea, o el gobierno en general? ¿Usted ha visto a los candidatos para asambleístas que tenemos? Parece ser, que cada partido político se esmera por sacar un candidato peor cada que enciendo mi computador. La siguiente pregunta que ronda por mi cabeza es ¿Es correcto lo que el Presidente Rafael Correa hizo con el militar? ¿Lo que hicieron con los policías que fueron destituidos por faltarle “la moral” a una “jueza” que claramente era del gobierno? ¿Nuestra constitución protege eso? Porque en ambos caso fueron o están en juicio, y por nuestra legislatura fue que destituyeron a los policías, por ella mismo fue que el militar fue destituido, también. Me lleva a pensar ¿Nuestra legislatura, es nuestra ayuda o nuestra propia arma homicida? ¿Un arma que puedes usar solo si eres del partido del gobierno de turno?

        Yo no sugiero “modificar” la constitución, sugiero tirar abajo la legislatura actual, y crear una nueva, con bases sólidas, con reglamentos que indiquen y esto por poner un ejemplo tonto “Este libro no puede ser cambiado durante 12 años” ¡Poner orden, que es lo que tanta falta nos hace! Sugiero cambiar la constitución y darnos cuenta de una vez por todas, que el mundo avanza y nosotros nos estamos quedando atrás, actualizando artículos de manera que se adapten al mundo en el que estamos. Sugiero que por primera vez en muchos años, tengamos una constitución del Ecuador, que proteja a los ecuatorianos ¿Qué para eso se supone que es, verdad?

        Después de escribir el comentario anterior, recuerdo que me acosté en mi cama y después de todo lo que había escrito y de lo que había leído en su artículo, la única pregunta que se me pasaba por la cabeza era “¿Por qué NO deberíamos cambiar la constitución?” le puedo asegurar, que tengo muchas razones del porque si yo tuviera el poder, tiraría abajo nuestra legislatura, no encuentro una sola del porque no hacerlo.

        Espero y usted pueda responder a todas las interrogantes que he presentado.

        1. Estimada señorita Bravo, cuando realizamos este tipo de análisis debemos procurar no caer en los extremos, porque por ejemplo podríamos incurrir en equivocarnos y pretender que es lo mismo libertad que libertinaje. En el ámbito político demasiada actitud extrema puede incurrir en la anarquía. Si todos aplicásemos el mismo criterio suyo, por ejemplo, el día de mañana, podríamos considerar que torturar está bien siempre que sirva para encontrar a un terrorista, cuando lo cierto es que la tortura siempre debe ser una violación de los derechos humanos; así mismo, alguien podría decir mañana que porqué el matrimonio sólo es entre personas, acaso no se podría también contraer con alguna mascota querida, ¿nota el riesgo de los extremos?

  6. Nillela Banchon

    Bueno, con respecto a lo que acabo de leer en su articulo. Es que en mi punto de vista; la constitución de la república del Ecuador ha tenido varias modificaciones a lo largo de la historia del país y al hablar de cambios o reformas en la constitución del 2008 tenemos que considerar las prohibiciones que esta misma contemplan por ejemplo que no se pueden realizar cambios de enmendaduras un año antes de las elecciones presidenciales cosa que cada constitución se ha elaborado en el transcurso de la historia se centra en atender y satisfacer las necesidades de ciertos grupos políticos de cierta clase social sin contemplar las verdaderas necesidades del pueblo soberano. La constitución siendo la norma suprema, la madre de todas las leyes tiene que estar estructurada con normas que garanticen un ordenamiento jurídico acorde con la sociedad a la cual se dirija.

  7. Gladys Riofrio

    Buenas Noches. Como lo dijo Abraham Liconln «Nosotros, el pueblo somos los amos legítimos del congreso y los tribunales, no para derrocar la Constitución, sino para derrocar a los hombres que pervierten en ella». La historia constitucional del Ecuador es bastante extensa debido a los constantes cambios que ha sufrido nuestra carta magna, como fue mencionado anteriormente, nuestro país ha tenido 20 constituciones desde 1830. Esto en lo personal me indica que esta ha sido utilizada como instrumento político más no jurídico. Se supone que al elegir a un gobierno este debe de adaptarse a las leyes fundamentales ya existentes en el Estado ya que como lo indica Kelsen en su teoría sobre la jerarquía de las leyes la constitución es la norma suprema del Estado, de la cual se deriva el fundamento de validez de todas las demás normas que se ubican por debajo de la misma. Una de las características principales de la constitución es que posee rigidez sin embargo ante tantas variaciones esta cualidad se vería en tela de duda. La actual constitución que posee nuestro país es en definitiva una de las mejores que se ha concebido iniciando desde su preámbulo donde otorga reconocimiento a nuestros ancestros, a la Pacha Mama y a la pluriculturalidad que nos caracteriza todo esto podríamos resumirlo como Sumak Kawsay, derecho al buen vivir. En definitiva según mi opinión esta constitución es netamente apta para que sea utilizada como base para los nuevos gobiernos que están por venir. Estos tienen que dejar de usar la constitución como un instrumento político y más bien a partir de ella crear leyes orgánicas, enmiendas etc. que permitan regular el derecho sin necesidad de andar en constantes modificaciones; Es de conocimiento general que la sociedad está en constante evolución por ende las legislaciones se verán obligadas a ir al mismo ritmo, sin embargo tenemos como ejemplo la constitución de Estados Unidos de Norteamérica la cual posee únicamente 7 artículos y ha estado en vigencia por más de 100 años pero la cual está acompañada de varias enmiendas, esto podríamos concebirlo como una estrategia para así crear una estabilidad y armonía constitucional en nuestro país.

      1. Gladys Riofrio

        Respondiendo sus inquietudes; Una enmienda tiene la capacidad de cambiar contenidos de la constitución mediante redacciones alternativas a las que se concibieron originalmente sin embargo una reforma tiene por objetivo una revisión de manera fragmentada de la Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura, principios y esencia fundamental del texto Constitucional. Al crear enmiendas estamos dando apertura a mecanismos útiles y de apoyo conforme a las necesidades que presenta la sociedad, más no dando pie a la creación de nuevas constituciones.

          1. Gladys Riofrio

            Pues en lo personal, soluciones las hay pero estamos contra el tiempo, se viene un año donde la política estará al rojo vivo, ya que vendrán candidatos tratando de brindarnos 1001 soluciones ante tantas adversidades que está sufriendo nuestra patria. Y pues mantengo mi postura ante las enmiendas ya que añaden leyes más no dan lugar a crear una nueva Carta Magna en el país.

  8. Natalia Zambrano

    Yo coincido plenamente en el contenido del articulo que es materia del análisis, pues esta comprobado a través de la historia la creación de nuevas constitución en el ecuador no han sido la solución para los problemas económicos, sociales, culturales, etc del País , pues los problemas han sido creados y se han hecho evidentes por la forma en que han aplicado las normas constitucionales, las personas que han estado de turno gobernando el país, si hiciéramos correctamente una aplicación de las leyes constitucionales pensando en el bien del pueblo que es el objetivo para lo cual ha sido creada no seria necesario la creación cada vez y cuando de una constitución nueva.
    Gran parte del éxito o fracaso de una Constitución esta en la capacidad de los legisladores es decir que si tuviésemos legisladores preparados y con mucho conocimiento en la problemática del País, su trabajo daría como resultado la aprobación de leyes que siendo aplicadas como corresponden no seria necesario ni siquiera pensar en crear nuevas constituciones ni cambiar la existente.

  9. Melissa Parra

    Este fue un tema que me dio mucho que pensar, a decir verdad. Conversando con una compañera y amiga de clases hablábamos del porque no o del porque si llegar al cambio de la constitución, y por supuesto, si esto sería bueno para nosotros como ecuatorianos. Llegue a la conclusión, de que ha como están las cosas peor no nos podría ir, bien dicen que todo cambio es bueno. Mi respuesta a su interrogante seria, sí. Yo considero que, en la actualidad tenemos una constitución tan manoseada y que va a favor solo de un grupo definido de personas, tendríamos que con el cambio de esta, hacer que las leyes y normas caigan nuevamente hacia todos y no solo un pequeño grupo de personas. Al fin y al cabo, el ecuador no solo lo conforma la asamblea y el presidente, hay más, mucho más que nos estamos olvidando, y peor no podría estar nuestra constitución, un cambio sería necesario, me temo.

  10. Bruno Gonzaga

    En este análisis se ha considerado a la Constitución del Ecuador como válida y legítima, cuando la realidad es que nuestra constitución fue violada antes de nacer, esto quiere decir, que el hecho que todos los asambleístas hayan votado por ella a excepción de los asambleístas Martha y León Roldós que abandonaron el pleno cuando se percataron de que se había falsificado la constitución. Al comprender la magnitud de esta situación se entiende que en el Ecuador no existe norma suprema, por lo tanto la población del Ecuador está viviendo en un estado de hecho o dictadura donde se le permite al Presidente hacer su voluntad. Y esa es la realidad del Ecuador nos guste o no.

      1. Bruno Gonzaga

        No existe ninguna aprobación porque cuando los asambleístas fueron al pleno a votar habían 3 textos y entre esos estaba el que elaboraron los asambleístas y el falsificado por Aléxis Mera y después de la votación fue que se escogió que texto iba a ser la constitución y obviamente fue el falsificado además existe una denuncia en la fiscalia general del Estado puesta por el abogado León Roldós quien era asambleístas constituyente en ese entonces acusando al Presidente de la asamblea en ese periodo

  11. Darwin Iván Jarama García

    Buenas noches, Abogado Ciro Morán.
    Ecuador tiene seguramente la constitución más avanzada del mundo ; el problema es su efectividad, su eficacia. El atolladero surge de arriba. Presidente Rafael Correa y sus secuaces, no tienen una percepción de cómo regir, de como tratar a un país, de cómo promulgar de manera justa sin sabotear a un pueblo.

    Cabe preguntarse sobre la “efectividad” ¿No hemos presenciado acaso cómo “se mete las manos a la justicia” y cómo se somete la Asamblea? ¿Ha habido independencia de la Corte Constitucional? La que va en camino, ¿se conforma acaso para asegurar su independencia?

    ¿Qué falló en Montecristi? O bien la Constitución no se cumple o bien contiene en su esencia una contradicción irresoluble entre doctrina de derechos y el régimen político hiperpresidencialista.
    ¿O quizás sea manipulada, manejada y persuadida por los que tienen el poder del país.?

    Constitución del Ecuador.
    La libertad de expresión e información y la comunicación.
    Art.16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva tienen derecho a :
    1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa.

    Viernes, 3 de abril, 2009
    El conductor de televisión del Ecuador, Carlos Vera Rodríguez, anunció sorpresivamente su despedida del espacio de noticias «Contacto Directo» de la cadena Ecuavisa.

    Lunes, 27 de Agosto del 2010
    Jorge Ortiz, periodista y entrevistador de uno de los noticieros de Teleamazonas, canal crítico al Gobierno, anunció su renuncia y la atribuyó a su decisión de no ser un «obstáculo» para la venta de ese medio de comunicación.

    Los periodistas mencionados anteriormente eran críticos del gobierno, Los canales Ecuavisa y Teleamazonas rechazan las acusaciones del Gobierno de formar parte de un supuesto plan de conspiración.
    Carlos Vera señaló que “reivindica el derecho de los ciudadanos y grupos sociales de expresar sus opiniones frente a las medidas que toma el Gobierno y que seguirá adelante con la defensa de la democracia y por la vigencia de un estado de derecho”.
    Al parecer al presidente no le gustaba que lo investiguen, no le gusta que lo critiquen, cuando no cumple o hace las cosas mal, pues si no quería eso porque se metió a un cargo público, donde todos los días va estar bajo la presión de un pueblo y de una prensa.

    Rafael correa expresó esto sobre la libertad de expresión:
    “Aquí se vive una libertad de prensa y una libertad de expresión plena,una buena prensa es vital para una democracia.

    Entonces tenemos a un funcionario amnésico o hipócrita y ambas cosas son graves cuando se maneja el estado, pero la verdad total nunca la cuenta por eso dice verdades a medias que terminan en falsedades totales.
    Por eso el presidente solo atina a desfigurar o a denigrar a sus críticos. O simplemente mentir como e probado respecto a ellos, la realidad lo desmiente cada día, se enreda con su lengua, lo vence su bilis, le gana el odio que dice no sentir pero se evidencia en los rictus de su cara, en lo fingido de su risa, pero ese análisis que quede para los psiquiatras.
    El presidente con mayor poder en la historia del Ecuador y con mayor control o influencias sobre todos los mecanismos de poder no puede cohesionar su gobierno, no logra dar empleo si no caridad, no presenta un esquema de socialismo democrático, no domina su temperamento sino que es dominado por el y no ataca a delincuentes sino a inocentes por el delito de discrepar o decirle las verdades sin esconderse.
    Tenemos a un gobernante no solo enervado sino desesperado, veremos si la asamblea se le somete yo no.

    ¿Se avanza en la consolidación de “las instituciones del estado social”? ¿O por el contrario, en la lógica del populismo, se desinstitucionalizan los procesos para atarlos a los mecanismos clientelares?

    ¿Qué es la soberanía del pueblo, cuando se trata de afirmar el pluralismo e incluso la plurinacionalidad? ¿O tal soberanía se reduce a la monocracia “legitimada” por mayorías electorales? Ni desde el liberalismo ni desde quienes reivindican que “Montecristi vive” provienen respuestas satisfactorias a mi cuestión inquietante.

    Para frisar lo que dije para mi la constitución es el instrumento de un jefe de estado, mediante el cual se exhibe su capacidad moral, ético y profesional.Donde hace prevalecer las leyes de un estado.

  12. Pedro Rosales

    Buenas noches abogado. Se pronuncia con cambiar la constitucion otra vez… En mis pocos años de vida y como estudiante de derecho me he dado cuenta que para el bien comun que necesita la sociedad no es necesario el cambio de la constitución sino de la buena lo que produce el derecho que es regular los problemas encontrar una solucion pensar que el conflicto existente establaciendo buena educación y valores que e principio son instituidos en el hogar; pero un claro ejemplo que si existe un cambio querran surgir más cambios apartir de eso un ejemplo claro es:
    Edad de candidatos
    (Art. 142) El Presidente de la República debe haber cumplido 30 años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura, entre otros requisitos.
    Si bien la constitución en su ley establecía que antes eran 35 años y ahora 30 porque no el candidato que desee cambiar ese articulo para una candidatura con menor edad a esa para que nuevos ciudadanos surgan como canditatos

  13. Alejandra Torres

    En nuestro país ya vamos la 20 constitución desde la de 1830 es decir un promedio de 10 años de duración cada una de ellas, tal es el caso que la actual que tiene 8 años ya estaría en una suerte de caducidad. Para que esto no suceda se requiere de creatividad legislativa es decir trabajar y hacer cumplir el marco jurídico existente y no hacer que en nuestro país se haga raza tabla desde mismo. Cita a “Obbio” para que con su teoría de la eficacia se pueda blindar la Constitución, ya que recordemos que eficaz es la capacidad de lograr un efecto deseado, esperado o anhelado, es decir en base a lo ya existente en la norma Constitucional dar la seguridad Jurídica necesaria y lograr que nuestra sociedad se desarrolle con ella en un Estado de Derecho y libre de atropellos y violaciones. No se debería cambiar el texto Constitucional sino más bien recurrir a que los legisladores lo interpreten creando leyes que puedan complementar a lo estipulado en la Constitución y a su vez los jueces Constitucionales puedan generar Jurisprudencia en sus fallos que sirva de ayuda a la norma constitucional, entonces al escuchar a cierto político que se había promulgado una constitución para cien años solo fue demagogia. Cada generación piensa y actúa diferente por los cambios sociales y tecnológicos de la época pero a mi parecer no por ello cada generación debería tener una constitución.
    Para evitar cambiar el texto Constitucional se ha creado los candados constitucionales que no es más que normas que impiden que se cambie el texto constitucional de manera parcial, siempre que se consiga la votación de un número de legisladores que indique la norma como por ejemplo las dos terceras partes del total de legisladores, pero el candado Constitucional que si me parece efectivo es el la Legislación Española, que manifiesta que en caso de querer cambiar de manera parcial el texto Constitucional debe disolverse las Cortes, es decir los que aprueben dichos cambios deben ser nuevos Legisladores, es así que yo dudo que en cumplimiento de un ideal la mayoría acepte quedarse sin su cargo o dignidad.
    Entrando en materia de nuestro país los cambios no sean han dado en el debate de tesis que hace alusión Obbio, sino más bien por conveniencia muchas veces de una arrolladora mayoría sin respetar las Tesis de las minorías.
    HANS Kelsen manifiesta que el cambio no obedece a la interpretación de la Jurisprudencia dentro de la ciencia sino más bien de la Ciencia respecto a la política es decir, el cambio no obedece debate tendiente a mejorar la norma sino más bien adaptarle a una circunstancia política que vive el país tomando muchas veces para esto criterios subjetivos haciéndonos creer que todo esto es por el bien de la nación.
    En tanto el juez Marshall, nos recuerda que la Constitución no para el momento sino para épocas futuras.
    San José María Escrivá de Balaguer hace una reflexión religiosa «Cuando nos mueve el amor de Dios y trabajamos con rectitud de intención, buscamos lo bueno, lo limpio, lo que trae paz a la conciencia y felicidad al alma. ¿Qué no nos faltan las equivocaciones? Sí; pero precisamente, reconoces esos errores, es descubrir con mayor claridad que nuestra meta es esa: una felicidad no pasajera, sino honda, serena, humana y sobrenatural.” (Escrivá de Balaguer, Josemaría, 2001: 405) »
    Para mi parecer la Constitución no es para una intención pasajera, política o del momento sino profunda y duradera en bien de la Seguridad Jurídica que tanto le hace falta a nuestro país.

      1. Alejandra Torres

        Si, Bobbio fue un jurista, filósofo y politólogo italiano. Es percibido como el filósofo de “La democracia en el mundo contemporáneo”, entendida como la búsqueda crítica de consensos. Según su opinión, son esenciales una participación colectiva y no coercitiva en las decisiones comunes, la alternancia no violenta de los partidos y sectores sociales en el poder, etc.

  14. Mayte Ochoa Anchundia

    Estimado Ab. En lo que a mi respecta sobre lo que de leí en su artículo, me parece curioso su punto de vista y lo comparto porque es cierto que si nos rigiéramos al mismo sistema electoral de Estados Unidos, seria una verdadera catástrofe; por otra parte es verdad que nuestra constitución ha sido tan vulnerada y ha sido bastante deslucida, hablando de forma legal en nuestra carta magna se debería imponer más coerción para el cumplimiento y honra de la misma.
    Porque no puede ser posible que en cada década o menos, haya tantas reformas de acuerdo a la conveniencia del poder ejecutivo electo, y ahora con respecto a lo actual del último cambio en el 2008 han habido tantas consultas populares y tantas leyes orgánicas u ordinarias que en cierta parte se respaldan en nuestra constitución, pero no le parece descabellado tantas reformas?.
    Para concluir dentro de la pirámide de Kelsen es relevante la constitución así debería ser en nuestro país, que prevalezca nuestra carta magna y no las buenas o no tan buenas intenciones de la asamblea y presidente actual; y dentro de la cita final que usted enfoca con respecto a la religión, la cual la comparto mucho y estoy de acuerdo que, teniendo a Dios podemos realizar las cosas claras y limpias con amor no solo por nosotros sino para el prójimo de esa forma e indistinto a que religión se pertenezca se deben modificar si es necesario la constitución tomando no solo en cuenta de cómo llenarse los bolsillos sino en las necesidades de todos y hasta de ellos mismos.

    Saludos Cordiales.

  15. Gabriel Quezada

    Planteándome la idea sobre las múltiples constituciones que han regido nuestro país es fácil para mi llegar a una conclusión: Como país: jurídicamente inestable y como mandatarios: tentados de hacer la ley su voluntad.
    Por lo tanto la creación de una nueva constitución o la reforma de sus leyes es adaptar la ley a imagen y conveniencia de quien esté a cargo del país, demostrando la falta del principio básico que Kant resaltaba con su frase: «El cielo estrellado sobre mi y la ley moral dentro de mi».

  16. Guillermo falconi viteri

    La facultad que se da al asambleista de reformar la contistucion ese es el efecto por que puede vulnerar derechos fundamentales, puede existir una proliferacion de anonias (vacios legales) y tambien irse en contra de tratados de internacionales de Derechos humanos ( punto de vista )

  17. Angeline Villalva Cortez

    Buenos días.
    El Ecuador tiene diversas historias sobre la modificación de cada constitución, creada en base a los nuevos partidos políticos, con diferentes ideologías. En donde se sabe que solo buscan el interés propio y no el de la sociedad.
    En mi opinión, según lo que usted a escrito refiriéndose al numeral 6 del articulo 436 de la Constitución del Ecuador, donde explica de manera textual que se puede expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante y, en la aportación del jurista mediante la creación de doctrina que permita una interpretación generalmente aceptada acorde a los nuevos tiempos. Yo considero, que en una sentencia judicial donde existan lagunas legales, el juez, puede considerar una doctrina en donde vea el beneficio para poder tomar una decisión sin la necesidad de la creación de enmiendas o nuevos artículos que reformen la base de la constitución, como madre de las leyes.
    En conclusión, no es necesario cambiar la constitución en cada nueva ideología propuesta por los partidos políticos electos para manejar a la república. Ya que eso crea un desequilibrio hacia la base de la constitución, la cual busca el beneficio de quienes están bajo su protección, cómo un ente que puede brindar seguridad jurídica a la sociedad.

  18. Elizabeth Chica

    No cabe duda que haciendo un símil con países del primer mundo como Estados Unidos con su única constitución, tan sugerente como sus únicas 27 enmiendas, marcan un hito histórico dentro de la coyuntura del derecho y un logro sin precedentes donde un país logra mantener una carta magna durante mucho tiempo, con obvios cambios generacionales,sociedad, y evolución filosófica, y aún si funcionalmente eficiente y eficaz. Pero para poder comparar, un tema tan prolijo y de análisis como una constitución de países diferentes, es necesario conocer cómo funcionan esas ciudades, como funciona el documento, y como ha funcionado éste dentro de la sociedad norteamericana a través de los años, no podemos lanzarnos al ruedo sin hacer análisis previos. Estados unidos propiamente cada uno de sus estados tiene sus leyes autónomas, siempre y cuando no ocasionen un impase a la constitución que rige al país en general, tal es el caso del matrimonio homosexual que antes de que declaran el fallo a favor como un problema que atañía a todo el país, cada estado tenía la potestad de permitir o no el registro de licencia del matrimonio de parejas del mismo sexo. En una posición contraria, Ecuador no se rige a través de estados federales autónomos, tienen si sus regímenes seccionales autónomos o los GAD (gobiernos autónomos descentralizados), pero todos se rigen bajo solo una carta magna, y no es que busque razones para justificar las enmiendas y el cambio de constituciones desde la existencia de la república, pero estamos en una sociedad con una idiosincrasia vacua, problemas culturales y de comportamiento que se vienen arrastrando de años, cartas magnas sin respaldos de una democracia a través de plebiscitos, a puertas cerradas, sin al menos tener decentes socializaciones, un pueblo desinformado es un pueblo sin armas dice un aforismo famoso, entonces fue necesario el cambio de constitución para respaldar bases de una buena educación, como pilar de la sociedad y su futuro, issues que necesitaban ser solucionados.Sin embargo el objeto de estudio de los sociólogos en el Ecuador es una caja de pandoras como ya lo mencioné, donde surgen nuevos problemas donde la constitución queda tullida sin poder responder a cabalidad, entonces vienen las correcciones, enmiendas, proyectos de ley, etc.Acepto indefectiblemente que se aprueben las enmiendas sin perder la esencia de la constitución, muy aparte que sean escritas con bolígrafos de izquierda o derecha, siempre y cuando se busque el bien común de la sociedad.

    1. Estimada señorita Chica, supongamos que el día de mañana existe una presión social bastante elevada con respecto a que se permita el matrimonio por ejemplo entre homosexuales, por lo que se empieza a escuchar que eso implica cambiar la Constitución ecuatoriana, ¿usted qué haría su fuese legisladora, no tanto si está de acuerdo o no con dicho matrimonio, sino en cuanto a qué tipo de solución jurídica daría? ¿Cambiar la Constitución o algún otro tipo de solución? ¿Cuál ha sido la solución por ejemplo en Estados Unidos que ha sido por usted mencionada?

  19. Gary Marlon Soria Contreras

    Me parece muy importante esta pregunta, ya que si se debe cambiar la constitución, lo que es una reforma por que siempre hay buenas propuestas, así como la que se hizo en estoy últimos años, por lo que sirvió para prefigura un nuevo modelo de sociedad democratica y para que nos sirva en el futuro, ademas; predenomine el reconocimiento jurídico.

  20. álvaro Echeverría

    ¿Cambiar la Constitución otra vez? Para muchos entendidos constitucionalistas europeos, franceses o estadounidenses sonaría como algo extremista que hacer en medidas únicas y momentos precisos que lo ameriten, considerando que Estados Unidos es un país que ha tenido una sola constitución en toda su historia política y España y Francia han tenido cambios pero no en la cantidad tan elevada como nosotros, llegando a 20.

    Partiendo por la forma de funcionar el sistema político estadounidense y en la imaginación de cómo sería eso aquí aplicable, hace rato ese sistema hubiese sido aplacado ya que nuestro país se rige por la conveniencia de los candidatos, aunque este sistema sea el que esté en la Constitución, igual se lo iba a cambiar por el simple hecho de la forma política en la cual el uso de la constitución se vuelve.

    Hablando ya más certeramente del presente y las nuevas elecciones que estamos próximos a afrontar y todo lo demás de carácter socio político, es preciso saber las reformas y las propuestas de todos los candidatos, y sus propuestas no son solo en la forma de cómo será la administración del país y el perfil del candidato y su ideología política, si no también se incluye el carácter constitucional de esto que incurre a REFORMAS de la constitución., y así en innumerables números de propuestas de reforma de los candidatos se quiere pasar nuevas leyes y otros derogarlas, tantos cambios van a derivar en una nueva constitución porque la situación ha sido así a través de los años en Ecuador.

    La problemática que se da es en sí la forma de utilizar la constitución y los cambios que se harán, que a mi parecer no son precisamente en Derecho como debería serlo y el cual se supone es la única forma de que se deba cambiar la Constitución.

    La constitución es un instrumento de Derecho y como tal debería ser rígido en sus reformas de ley, y este no es un carácter que en Ecuador tiene validez, Kelsen definía dos conceptos de constitución, lógica-jurídica en donde su función es trascender su validez en forma jurídica positiva, ejecutando la ley como tal; y el otro concepto que establecía es de carácter jurídico-positivo que a mi parecer es el concepto más propicio y con el cual debería considerar regirse nuestro país, propone la utilización de la constitución en Derecho y accionándola como tal, o sea ejerciendo la ley dentro de los rangos de ella.

    En fin, la constitución no solo va a ser reformada, en Ecuador esa situación no se da, el candidato que gane, la cambiará si y además será usada de forma que en su periodo de gobierno se acomode a sus necesidades, por la realidad de nuestro país es esa.

  21. Daniel Solano Rivas

    Hoy en día existen muchas maneras de mantener una constitución sin modificarla cada cierto tiempo. Es comprensible el hecho de que cada etapa en la política, dentro del Ecuador, se quiera añadir a la constitución nuevas enmiendas, que estén de acuerdo a la ideología y la actualidad en que se vive. Pero, no es aceptable el cambio constante que se da a la para «perfeccionar» nuestras leyes, ya que la política es muy inestable.
    ¿Es necesario tomar una decisión que afecte a la constitución, cuando gozamos de normas que nos dan diferentes opciones para poder tomar decisiones donde existen lagunas legales?
    Una de las maneras en la cual podemos proteger a la constitución, de los cambios que se deseen realizar, es
    usando el ejemplo que usted propuso, acerca del número 6 del artículo 436 de la Constitución, donde el juez constitucional, puede expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante; y, en la aportación del jurista mediante la creación de doctrina que permita una interpretación generalmente aceptada acorde a los nuevos tiempos.
    En este artículo de la constitución, se le brinda al juez constitucional la capacidad para poder dictar sentencias según una nueva doctrina, mediante una propuesta que aporte de manera justa a la resolución de un caso.
    Cambiar la constitución tiene que ser el último recurso que se deba de tomar, en caso de querer añadir enmiendas a una norma ya establecida, con la excusa de querer que todo esté perfecto, de acuerdo a la actualidad.

  22. ARIANA LARA

    Tomando en cuenta los 10 años que nuestro pais ha estado gobernado por un Sistema Constitucional super presidencialista, lo que le ha peritido captar todos los poderes de estado, cuando el presidente dijo: «que el es el jefe de todas las funciones», esto ha ocasionado graves perjuicios a la sociedad, ha aflorado la metida de mano en la justicia, la prepotencia, el insulto a todos los que discrepan de su criterio, existe la persecucion politica, tambien se ha sesatado una red incalculable de corrupcion que cuando fue denunciado por politicos, siempre los defendio. Por todas estas consideraciones, creo que si se debe cambiar la constitucion, que privilegie la independencia de las funciones del Estado, una constitucion que consiga una estabilidad constitucional, que tenga maneras mas creativas de caracter legislativas y juridicas, que se sustenten en valores ademas de la vida y la libertad,la busquedad de la felicidad de los ciudadanos.

  23. Viviana Vivanco

    Se aproximan nuevas elecciones, los candidatos no se han hecho esperar con sus propuestas , entre estas el cambio a nuestra constitución.
    Al transcurrir los años se le ha hecho un sin numero de modificaciones, siempre tratando de buscar una solución para los ciudadanos ecuatorianos en todos los aspectos (sociales, económicos ,culturales ,etc). Pero realmente solo son para ciertos grupos; cuando los cambios que deben de realizarse deben de ser para toda la población y siempre enfocados en el bienestar del pueblo.
    Gran parte de la responsabilidad de crear un nuevo ordenamiento juridico, recae en los asambleístas ; por ende deben de aplicar para estos cargos personas preparadas, personas cuya solvencia de conocimientos, al menos en política pública, sea amplia.

  24. Isaias Intriago

    A vísperas de unas nuevas elecciones, ya se habla de las propuestas de reformas de los candidatos y como planean ellos integrar nuevas leyes, derogar unas cuantas otras y demás, y por consiguiente la estructura de la constitución irá cambiando.

    La constitución en Ecuador se ha vuelto un instrumento político y así lo van a seguir utilizando porque no existe persona que aquí no la use así.

    Y en relación a la forma en que Estados Unidos se maneja, jamás podremos ser así, nuestra capacidad política no llega a desarrollarse en ese nivel solo pensamos en lo mejor para cada quién y no se ve por el interés conjunto.

  25. José Paúl Mendoza

    Sin duda alguna, suena utópico lo de mantener la ley suprema de una nación por muchos años, pero en nuestro país hablar del tema constituye un esquema de debate y contradicciones amplísimo. Empezando por lo dicho por el mismo presidente -al fin- saliente cuando dijo muy airadamente que «esta Constitución iba a durar 300 años». Lamentablemente, quien lloró peor que viuda en velorio por Castro no supo mantener su palabra (¡Oh, qué sorpresa!), esgrimiendo ya 2 paquetes de enmiendas constitucionales en menos de 8 años, que no representa ni siquiera la vigésima quinta parte de lo que vaticinó. El primer paquete, por lo menos, fue bajo aprobación del pueblo ecuatoriano mediante referéndum donde se nos preguntó acerca de los casinos, gallos y toros, y ahora me pregunto yo, si se nos preguntó por esos temas, ¿por qué chispas no se nos preguntó si queremos que haya reelección indefinida o no? Por ese lado, creo que la estabilidad de la Constitución se va a ver en juego en estas próximas elecciones gracias a estos desfases que ya han viciado la primera intención que ésta tenía.
    Ahora, si bien es cierto que en la parte dogmática esta Constitución ha avanzado mucho en materia de derechos fundamentales, sociales y los más llamativos, de la naturaleza, consiguiendo inclusive reconocimiento internacional por la inclusión de ese tipo de derechos en el esquema constitucional de la nación, también hay que decir que en la parte orgánica el mayor problema con esta Constitución es el hiperpresidencialismo que se crea en base de atribuciones especiales que se da al Presidente de la República bajo el visto bueno de los dos poderes del Estado creados por los eruditos de Montecristi que resultaron ser más sabios que el mismo Montesquieu. El problema está en que estas atribuciones que se le da al Ejecutivo han permitido que se confunda la independencia de cada Poder del Estado y exista cierta influencia del Ejecutivo sobre las demás, dando así la apertura inclusive a que existe hegemonía del partido oficialista sobre las distintas funciones del Estado. Ergo, aquí se debería entonces considerar también a Kelsen y su teoría de separar el Derecho de la Política. Para ampliar este tema hay que hablar del famoso Quinto Poder y el tan sonado Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. Su principal función se ve reflejada en el art. 208 de la Constitución y esta es designar a las primeras autoridades de Defensoría del Pueblo, Procuraduría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Contraloría General del Estado, Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura. Lo curioso del tema es que los siete funcionarios que forman este Consejo son afines a Alianza País, e inclusive se ha confirmado su afiliación a este partido. Pero el enrollo no termina ahí. Las elecciones de febrero son para escoger Presidente y Asambleístas, mas no consejeros de este Quinto Poder. Estos últimos seguirán en funciones hasta el 2020 y en lo que les queda de tiempo, deberán en el 2017 buscarle reemplazo al Contralor General, Fiscal General y Defensor del Pueblo. En el 2018, a quienes formarán el Consejo Electoral. Ahora, pensemos en el hipotético caso donde gane un candidato presidencial de oposición y donde exista una mayoría de asambleístas de oposición, ¿qué garantías existirá para la elección de estas nuevas autoridades de control sin intenciones políticas de fondo que busquen poner obstáculos? Es complejo, entonces ahí viene también el debate sobre si para que exista una administración sin trabas será necesario dar de baja a este famoso Quinto Poder, lo cual incurriría nuevamente en un cambio constitucional que poniéndome en los zapatos del posible Presidente o Presidenta de oposición, será necesario para su gobierno. Pero es aquí donde quisiera yo expresar mi opinión sobre esto. Si se llegase a eliminar este poder, opino que la solución no debería ser que esas autoridades de control como Fiscal o Contralor sean electas a dedo. No, al contrario, esas autoridades deberían ser electas por voto popular, así como lo son las autoridades de los poderes Ejecutivo y Legislativo. De esta forma se evitaría cualquier tipo de influencia innecesaria sobre estas personas y sus funciones.
    Como este singular caso, existen otros que nos ponen a pensar en lo necesario que se haría cambiar la Constitución para poder establecer un modelo de organización política que permita gobernar a las nuevas autoridades de forma favorable. Sin embargo, quiero dejar en claro que no estoy defendiendo la idea de atribuirse este concepto como excusa para volver a hacer lo mismo y hacer de la Constitución la plataforma de los proyectos políticos de los diferentes partidos políticos y que siempre tenga que ser cambiada con cada Presidente electo. Por esa parte entiendo lo que trata de explicar con este buen artículo y me parece interesante lo de la creatividad del legislador; pero también creo que reformarla si sería necesario para empezar desde nuevo con un modelo de Constitución que se abstraiga de lo político y que su principal objetivo no sea sonar bonito con delirios de Socialismo del Siglo XXI y usar un lenguaje de poetas, sino un lenguaje claro y concreto con respecto a la organización del Ecuador y de los derechos de los ciudadanos.

  26. JOSELYN TROYA TERRANOVA

    Bueno con respecto de si cambiar o no la constitución, yo diría que nos daría una inestabilidad no tanto política si no que transciende de manera internacionalmente, ya que en el caso de un candidato ante la futuras elecciones en el ecuador, quiere exponer la pena de muerte en ciertos caso como la violación etc. Involucraría el tema de cambiar de constitución y entonces como discutimos esto ante los tratados internacionales que tenemos netamente en materia de derechos humanos. Con todo esto puedo decir que si estoy de acuerdo con lo que ha hecho durante todos estos años Estados Unidos y es que para brindar estabilidad política en nuestro país sería mediante enmiendas e ir reforzando en aquellos caso que la constitución si merezca un cambio, que si estoy de acuerdo con el sistema electoral que tiene Estados Unidos en parte si y en parte no ya que recordemos que el procedimiento electoral se da por los colegios electorales que está conformado por 538 delegado, en el cual el número mágico para ganar es la mitad más 1 es decir 270 votos de los delegados a favor de una de los dos contrincantes con esto diría que si en una ciudad gana la contrincante B pero el mayor voto en el colegio electoral es del contrincante A, pues ese sería el ganador, como fue el caso recién de Estados Unidos con HILLARY CLINTON, no estaría tan de acuerdo ya que en nuestra constitución hablamos de democracia y aquí no está siendo respetada la elección del pueblo se iría esquemáticamente el art 1 de nuestra constitución. Con todo lo expuesto no estaría de acuerdo en cambiar la constitución
    En cuanto al análisis de la filosofía del derecho yo consideraría que si hay justicia que recae en dar a cada quien lo que se merece estamos entrado en demostrar que hay eficacia y validez y nuevamente recalco el art 1 de nuestra Constitución de la Republica que dice que el ecuador es un estado constitucional de derechos y Justicia y con esto lo acompaña el art 429 y 430 de la misma constitución donde menciona que la corte constitucional es el máximo órgano de control interpretación constitucional y administración de Justicia en el cual el gozara de autonomía administrativa y financiera para el cumplimiento de sus atribuciones

  27. Gerson Cevallos Apolo

    Para mí es muy importante conocer los puntos de vista de las personas expertas en el ámbito constitucional y de derechos humanos; concuerdo con usted cuando se refiere a que el cambio de generación no debería de ser un motivo por el cual se modifique una Constitución; sin embargo discrepo en que la Constitución del 2008 no deba ser cambiada. La Constitución con más artículos en el mundo es la de India con 448; tan solo tiene 4 más que la de Ecuador por lo que podemos decir que es una de las más voluminosas, he escuchado comentarios sobre nuestra Constitución, la considerada “muy avanzada” sin embargo el hecho de que tenga mayor cantidad de artículos no significa que sea más eficaz; incluso me atrevo a decir que mientras más leyes existan, habrán un número mayor de conflictos; y con justas razones… Si una persona anciana y discapacitada debe pensión alimenticia a un bebé, ¿Qué derecho pesa más? ¿El anciano discapacitado o el bebé? Ambas partes tienen sus derechos garantizados en la Constitución y se recurre a la ponderación de derechos, un método con algo de similitud a la jurisprudencia, hay muchos casos donde existe este choque de principios, por lo tanto ¿porque no solamente plasmar en la constitución los límites de las funciones del Estado y tomar a la jurisprudencia como principal herramienta para la solución de conflictos en Ecuador? Se ha hablado mucho de que las dos nuevas funciones están demás en la Constitución, yo también estoy de acuerdo y en lo que mi concierne la mayoría de la población piensa exactamente lo mismo, por lo cual, aunque algunos estén de acuerdo con su existencia, serán removidos; la Constitución y su contenido es un tema demasiado extenso como para debatirlo en un comentario y por ultimo yo opino que estabilidad no significa eficacia; la familia Castro ha estado a la cabeza de Cuba desde su revolución y bueno, todos sabemos su situación actual.
    Muy interesante el tema! Saludos Abg.

  28. Kevin Omar Ramírez Rosillo

    En mi opinión estoy de acuerdo que se mantenga la Constitución porque si hay más estabilidad en el ámbito jurídico la sociedad también estaría mejor incluso no habría esas ganas que tienen muchos políticos de cambiar la Constitución. Los políticos deberían pensar en otras cosas más importantes que necesita el país como la economía o las relaciones internacionales y comerciales con los otros países, la ideología de cada uno se podría plasmar en la eficacia que tengan en mejorar el país en ámbitos que no sea el cambiar nuestra Carta Magna ecuatoriana además pienso que la mayoría de personas que llegan al poder modifican alguna normativa a su parecer y a su conveniencia y si ya hay una Constitución que ya lleva tiempo y que ha funcionado bien deberíamos dejarla como estar y buscar que esas normas existentes sean más sólidas para que no se puedan modificar tan fácilmente y sobretodo si se consigue que no se modifiquen tanto las leyes, ganaríamos una imagen más sería como país como es el caso de algunos países más importantes del mundo dónde es muy difícil cambiar la Constitución o simplemente presentar o modificar alguna ley.

  29. José Torres

    bueno yo no comparto que después de los cambios que tuvo la consitiucion en menos de una década o casi una década volvamos hacerle una reforma, a mi parecer si quieren cambiar algo deberían hacer enmiendas y mantenernos con la misma

  30. Jaime Castro Molina

    desde mi punto de vista personal me parece que cambiar constantemente la constitucion no es bueno para el pais ya que produce inseguridad juridica tanto para nosotros como ecuatorianos como tambien para las empresas extranjeras que pretenden invertir en nuestro territorio ya que el cambio de la constitucion causa incertidumbre deberiamos tomar como ejemplo la constitucion de los estados unidos que con tanto tiempo de vigencia ha tenido muy pocos cambios en su contenido desde el momento en que se establecio

  31. Marisol Moreno

    En mi opinión el cambio de una nueva constitución crea inestabilidad e inseguridad en la ciudadanía y poca credibilidad en los políticos que prometen un «famoso cambio» para el país.
    No es una opción que cambie la situación económica social que atraviesa el Ecuador.
    Tal vez la definiría como una conveniencia propia de cada candidato electoral que considere beneficios con dichos cambios y reformas y enmiendas.
    El País necesita una constitución firme, eficaz e intocable, que sea mayormente respetada por los políticos ambiciosos que solo buscan favorecer sus equilibrios económicos sin importar la población.

  32. Hector Espinoza

    Desde mi punto de vista no deberían de estar haciendo cambios en la constitución cada tantos años, si no seguir con un mismo modelo que se acople a nuestro sistema, en tal caso se podría hacer algún cambio solo si es únicamente necesario, y sobre el sistema electoral que tiene estados unidos en mi opinión me parece muy bueno y a pesar de que no se lo puede emplear en el Ecuador, si se podría tomar en cuentaalguna idea de este

  33. Ruth Briggitte Bonilla

    La constitución es el fundamento y la fuente de la autoridad jurídica que sustenta la existencia del Ecuador y de su gobierno. La supremacía de esta constitución la convierte en el texto principal dentro de la política ecuatoriana, y está por sobre cualquier otra norma jurídica .La constitución del Ecuador se debe actualizar, necesita en ocasiones actuar a través de las necesidades actuales y futuras. Tiene mucha razón usted en ciertos puntos, por lo tanto hay algunos de los candidatos a la Presidencia y la Asamblea se han propuesto modificar por ‘retazos’ la Constitución que nos rige porque no les gusta y porque votaron en contra de ella en septiembre de 2008

  34. Alejandra Muñoz López

    A mi manera de ver las cosas, lo que necesita el país no es una nueva constitución o algo por el estilo. Lo que se necesita a mi criterio, es realizar un cambio en las personas que ejecutan y verifican que dichos estatutos se cumplan. Debido a que tenemos una constitución garantista que benéficia y vela por la seguridad social, jurídica, económica y política de cada persona.

  35. Fabián Rosado

    En mi opinión nuestra élite política no va a poder llegar a hacer como la de Estados Unidos que con su única constitución que tiene sus 27 enmiendas y si l comparamos con Ecuador que viene un nuevo presidente con sus grupos político y creen que son la solución a todo e imponen su visión y no buscan legislar ni tratan de lograr vía enmiendas lo que se le ocurre lo más fácil y cómodo es cambiar la constitución

  36. emilio cantos medina

    segun mi punto de vista reformar una constitucion no es mas que una vulnerabilidad en el sistema politico ya que no se ponen de acuerdo los legisladores y asambleistas e incluso presidentes y hacen estas cosas
    para sus propios intereses entonces ahi es cuando hay este problema de la adapcion a una nueva constitucion y esto provocaria una inestabilidad.
    si tan solo el pais tuviera mas politicos con jerarquia y con experiencias internacionales fueran mejor
    deberian pensar mas en los demas y no en ellos mismo .
    Desde la separación de la Gran Colombia en el año de 1830, la República del Ecuador ha tenido 20 textos constitucionales a lo largo de su historia. Tal cantidad puede interpretarse como un síntoma de inestabilidad debido a una historia demasiado convulsionada para un país relativamente pequeño.
    seria mejor que se centren en corregir otras cosas no en lo mismo y lo mismo, como por ejemplo invertir dar nuevos trabajos empleos e incluso nuevos proyectos turistico asi invertira mas el pais no tan solo reformar y reformar.

  37. Dayana Castro

    Existen muchas formas de cambiar la constitución lo malo es que en Ecuador la constitución es un objeto político que sirve para conveniencia de ellos, estamos cerca de las elecciones y muchos candidatos sacan a flote sus propuestas y proyectos muchos están alterando de una forma muy brusca la constitución, existen maneras de que Ecuador tenga una constitución definitiva sin tener que ser alterada casa cierto tiempo esto a la larga afecta al país

  38. CAMILA ISABEL VACA CROW

    En mi opinión muchos de los políticos que han llegado al poder han creado una contitución que vaya de acuerdo a lo que ellos creen conveniente mas no una constitución que identifique al pueblo ecuatoriano, al momento de elegir a un gobierno este debe de adaptarse a las leyes fundamentales ya existentes en el Estado, como lo indica Kelsen en su teoría sobre la jerarquía de las leyes la constitución es la norma suprema del Estado. Estoy de acuerdo a que se cree una nueva constitución basada en la identidad ecuatoriana, y asi tener un nuevo comienzo ya que en estos tiempos el país lo necesita. En referencia a los colegios electorales que existen la sociedad ecuatoriana no lo aceptaria debido a que seria un cambio muy radical.

  39. Roxana Guillén Buenaire

    Buenas tardes, con respecto a lo leído en su artículo Doctor, pues queda manifestar expresamente mi punto de vista a favor con el cambio de Constitución en cada generación, como lo dice en uno de sus párrafos. Ya que sin duda alguna y recalcando a manera muy partiular, estamos atravezando conflictos y muchas discrepancias entre sí por el manejo y el control diseñado sobre los ciudadanos hace siglos, las leyes no han cambiado se mantiene un contexto maquillado cuya finalidad es mantenernos cumpliendo un régimen a beneficio propio.
    Son tantas las interrogantes al respecto, pero porque no se simplifica la constitución? A una en la que sea perpetua, ejemplo la de EEUU. si de diseño, control, manejo, derechos, obligaciones se trata. la constitución no llevaría tantos artículos¡ logrando eficacia en procesos que llevan años en ser resueltos.
    solo la constitución de Bolivia y la de Ecuador integran leyes en donde reflejan la protección del medio ambiente, por lo que no es que quiero dar a notar mi oposición con el actual gobierno porque estoy de acuerdo con la inclusión de la naturaleza, mi imparcialidad va mucho más allá.
    Si de creación o eliminación de constituciones se trata, lo que los ciudadanos de un Pais, en este caso Ecuador necesitan sería la tom de consciencia, las repeticiones en conflictos, el darse cuenta del bloqueo de sus propios potenciales al momento de crear o realizar algo que puedan mantener sin necesidad de enfrentarse a obstáculos que en este caso sería el Gobierno con leyes que en realidad solo frenan y generan conflictos entre todos.

  40. Jorge Rodriguez

    Estoy casi de acuerdo con la opción de «mejorar» la constitución, siempre y cuando exista un impacto beneficioso para todas las clases sociales que en nuestro país radican. Por lo que si ese es el objetivo, no está mal cambiar o reformar la constitución. Lamentablemente en presentes o antiguos gobiernos no se a sabido encaminar este herramienta jurídica, y por tanto se deben de aceptar las consecuencias y aprender de los errores. Es de pésima imagen, como país tener unos de los récords en cambios de contitucion, causa estremecimiento al saberlo, pero solo se necesita una oportunidad más hacer la cosas como se deben de ser. Ya que también está involucrado el tema electoral, a mi parecer, una de las mejores prevenciones para evitar este tipo de consecuencias y mala reputación, sería sacándo de la ignorancia al pueblo ecuatoriano, ya que gran parte del error depende de este.
    Concluyó con la idea de que si hay buenas opciones de cambio en la constitución, debería de darse el cambio, de lo contrario, hacer todo lo opuesto.

  41. Andrea Rodriguez

    La constitución es la ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política. En cuanto norma jurídica suprema de un Estado de derecho, establece el origen de la soberanía en la nación o el pueblo, por ende mi criterio es de que no se debería cambiar, indistintamente quien gane las elecciones el próximo febrero. El cambiar la constitución seria un retroceso de todo lo que se ha logrado en temas de estabilidad, caso contrario volveríamos a la misma inestabilidad política que vivimos hace 15 años atrás en donde cada dos años cambiábamos de presidente.

  42. Eva Cabrera Torres

    Buenas Tardes Doctor, La Constitución es la máxima expresión de las leyes de un país y a la misma vez es el alma del país, los cambios parciales o totales de la constitución o las constituciones, se han hecho no solo por necesidad de actualización para las nuevas generaciones o por el mundo cambiante que tenemos a nivel global que nos obliga a renovarnos día a día como pueblo. Sino que también estos cambios se deben a los beneficios del gobernante o grupo de paso por el sillón presidencial o Congreso Nacional actualmente Asamblea Nacional. Como Ud. menciono en una parte del artículo en nuestro país una constitución dura entre 8 a 10 años, pero también nos tenemos que dar cuenta que en ese periodo de tiempo es cuando cambiamos de tendencias políticas, ideales ya que nuestro pueblo es un pueblo cambiante, novelero del momento, claro existes excepciones. Ahora en estas vísperas de estas elecciones cualquier candidato o tendencia política marcara la diferencia de volver a cambiar hacia una nueva tendencia o mantener la tendencia que ha venido teniendo este país durante este periodo de vida de actual constitución. La verdad como criterio propio, es que comenzar desde cero con una nueva constitución es perder valiosos tiempo en un país que tiempo es lo que menos tiene, lo recomendable es analizar la constitución que tenemos modificar lo que no funcione y seguir adelante en bien del país dejando a una lado que tipo de tendencia tenga la constitución vigente del país.

  43. joel moran

    buenas noches , en base a lo leído y conocimientos cada candidato a la república del ecuador cuando sea nombrado presidente , siempre querrá dejar su nombre en lo mas alto de la historia , haciendo cambios reformas o enmiendas en la constitucion , pero el final del día termina siendo un completo utilitarismo unicamente para su bienestar único de ellos y sus familias , maquillan mas de un art con una enmienda , no es necesario alardear mucho ya que ECUADOR esta RANKING DE REFORMAS CONSTITUCIONALES mas de 30 reformas , con mas de 400 art , entonces como es que una nación puede facultar derecho (USA) teniendo solo 4 articulados , según los políticos como este país democrático uno de ellos quiere imponer la ley en la constitución que por cometer dicho delito , sea ejecutado , cosa que contra el derecho humano , no se enfocan en un buen PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR , en proyectos nuevos que ayuden al pueblo ecuatoriano , solo están enfocados en su bienestar único para posterior de su periodo vivir bien ellos y su familia varias décadas.

  44. Alberto Calle

    Mi punto de vista es que hasta la actualidad se ha reformado nuestra constitución 20 veces, esto es debido a que cada vez que llega un nuevo presidente al mandato quiere imponer sus ideales y crear nuevas leyes porque cree que serán de mucho más beneficio para los ciudadanos.
    Tomando en cuenta que en Estados Unidos es una potencia mundial y tiene más estabilidad politica que nuestro pais debido a que ellos tienen todos sus derechos establecidos que ninguno afecte ni vulnere a los ciudadanos estados unidenses por lo cual no necesitan cambiar la constitución sino lo único que hacen es reformarla.
    Respondiendo su pregunta si estoy a favor de que exista una sola constitución como en Estados Unidos y que en nuestra constitución nadie derogue ni altere los derechos fundamentales ya que son lo mas importante para los ciudadanos ecuatorianos y debería garantizarse su existencia sin que sean cambiados así mismo como en Estados Unidos brindando así una estabilidad politica en nuestro país.

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